LFT Artículo 836-C Federal de México
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024
Ley Federal del Trabajo Federal
Artículo 836-C.
La parte que ofrezca algún documento digital o cualquier medio electrónico, deberá cumplir con lo siguiente: I.Presentar una impresión o copia del documento digital; y
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Los comentarios de los usuarios
Ferney Rodríguez Peña
03/06/20 15:58:15
La empresa puede leer los correos electrónicos de los empleados en casos de fraude sin orden judicial o sin violar los derechos fundamentales. Que se debe tener en cuenta para que no exista una violación.
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