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Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público Artículo 67 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público Federal
Artículo 67.

Declarada preferente una postura, el servidor público del SAE designado al efecto, preguntará si alguno de los postores la mejora. En caso de que alguno la mejore antes de transcurrir cinco minutos de hecha la pregunta, interrogará si algún postor puja la mejora, y así sucesivamente, se procederá con respecto a las pujas que se hagan. En cualquier momento en que, pasados cinco minutos de hecha cualquiera de las mencionadas preguntas, no se mejorare la última postura o puja, se declarará fincado el remate en favor del postor que hubiere hecho aquélla.

No procederá recurso ni medio de impugnación alguno contra la resolución que finque el remate.

Federal de México Artículo 67 Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
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