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Ley Federal Sobre Metrología y Normalización Artículo 33 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley Federal Sobre Metrología y Normalización Federal
Artículo 33.

El Consejo Directivo tendrá las siguientes atribuciones:

I. Expedir su estatuto orgánico;

II. Estudiar y, en su caso, aprobar el programa operativo anual;

III. Analizar y aprobar, en su caso, los informes periódicos que rinda el Director General, con la intervención que corresponda a los comisarios;

IV. Aprobar los presupuestos de ingresos y egresos;

V. Vigilar el ejercicio de los presupuestos a que se refiere la fracción anterior;

VI. Examinar y, en su caso, aprobar el balance anual y los informes financieros del organismo, debidamente auditados;

VII. Autorizar la creación de comités técnicos y de apoyo;

VIII. Expedir el reglamento a que se refiere el artículo 36;

IX. Aprobar la realización de otras actividades tendientes al logro de las finalidades del Centro Nacional de Metrología; y

X. Las demás que le señalen las leyes, reglamentos y disposiciones legales aplicables.

Federal de México Artículo 33 Ley Federal Sobre Metrología y Normalización
Artículo 1o ...31 32 33 34 35 ...127

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