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Ley Federal Sobre Metrología y Normalización Artículo 89 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley Federal Sobre Metrología y Normalización Federal
Artículo 89.

Para efectos de control del cumplimiento con normas oficiales mexicanas las dependencias podrán integrar sistemas de información conforme a los requisitos y condiciones que se determinen en el reglamento de esta Ley, y aquellos que establezcan las dependencias a través de disposiciones de carácter general, evitando trámites adicionales.

Las dependencias deberán proporcionar a solicitud del secretariado técnico de la Comisión Nacional de Normalización o de cualquier dependencia competente la información contenida en dichos sistemas y otorgar facilidades para su consulta por las partes interesadas.

Federal de México Artículo 89 Ley Federal Sobre Metrología y Normalización
Artículo 1o ...87‑B 88 89 90 91 ...127

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  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

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