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Ley General de Cultura Física y Deporte Artículo 4 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley General de Cultura Física y Deporte Federal
Artículo 4.

Para efectos de la presente Ley, se entenderá por:

I.Ley: La Ley General de Cultura Física y Deporte;

II.Reglamento: El Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte;

III.CONADE: La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte;

IV.COM: El Comité Olímpico Mexicano, Asociación Civil;

V.COPAME: El Comité Paralímpico Mexicano, Asociación Civil;

VI.CAAD: La Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte;

VII.CONDE: Los Consejos Nacionales del Deporte Estudiantil;

VIII.SINADE: El Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte;

IX.RENADE: El Registro Nacional de Cultura Física y Deporte;

X.SEP: La Secretaría de Educación Pública;

XI.Comisión Especial: La Comisión Especial Contra la Violencia en el Deporte, y

XII. COVED: Consejo de Vigilancia Electoral Deportiva.

Federal de México Artículo 4 Ley General de Cultura Física y Deporte
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