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Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias Artículo 91 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias Federal
Artículo 91.

Además de los derechos previstos en esta Ley para las partes, tendrán los siguientes:

I.Elegir de forma libre y voluntaria el uso de estos sistemas;

II.Conocer detalladamente la forma en que funcionan, de conformidad con los principios de pleno conocimiento y transparencia algorítmica;

III.Ser informados sobre las normas, reglamentos o lineamientos aplicables;

IV.Que sus datos personales e información sean tratados de forma segura y confidencial;

V.Recibir orientación y asistencia para usar correctamente los sistemas de solución de controversias en línea, y

VI.Conocer si se utilizarán de alguna forma sistemas automatizados o sistemas de justicia descentralizada.

Federal de México Artículo 91 Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias
Artículo 1 ...89 90 91 92 93 ...144

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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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