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Ley General de Sociedades Mercantiles Artículo 229 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley General de Sociedades Mercantiles Federal
Artículo 229.

Las sociedades se disuelven:

I.- Por expiración del término fijado en el contrato social;

II.- Por imposibilidad de seguir realizando el objeto principal de la sociedad o por quedar éste consumado;

III.- Por acuerdo de los socios tomado de conformidad con el contrato social y con la Ley;

IV.- Porque el número de accionistas llegue a ser inferior al mínimo que esta Ley establece, o porque las partes de interés se reúnan en una sola persona;

V.- Por la pérdida de las dos terceras partes del capital social.

VI.- Por resolución judicial o administrativa dictada por los tribunales competentes, conforme a las causales previstas en las leyes aplicables.

Federal de México Artículo 229 Ley General de Sociedades Mercantiles
Artículo 1o ...228 228 Bis 229 230 231 ...273

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