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Ley General de Víctimas Artículo 93 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley General de Víctimas Federal
Artículo 93.

La Comisión Ejecutiva cuenta con un comité interdisciplinario evaluador con las siguientes facultades:

I. Elaborar los proyectos de dictamen de acceso a los recursos para el otorgamiento de los Recursos de Ayuda;

II.Elaborar los proyectos de dictamen de reparación integral y, en su caso, la compensación, previstas en la Ley y el Reglamento;

III.Elaborar los proyectos de dictamen para la creación de fondos de emergencia, y

El Decreto de reforma DOF 06-11-2020, en su Artículo Décimo Octavo estableció que se deroga el artículo “93, fracción III” de esta LeySin embargo, en el articulado del mismo decreto no se incluyó de forma expresa la derogación de la fracción III del artículo 93.

IV.Las demás establecidas en la Ley y el Reglamento.

Federal de México Artículo 93 Ley General de Víctimas
Artículo 1 ...91 92 93 94 95 ...189

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En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


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