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Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal Artículo 1 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal Federal
Artículo 1. Objeto general

Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional y tienen por objeto establecer los principios, bases, requisitos y condiciones de los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal que conduzcan a las Soluciones Alternas previstas en la legislación procedimental penal aplicable.

Los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal tienen como finalidad propiciar, a través del diálogo, la solución de las controversias que surjan entre miembros de la sociedad con motivo de la denuncia o querella referidos a un hecho delictivo, mediante procedimientos basados en la oralidad, la economía procesal y la confidencialidad.



Federal de México Artículo 1 Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal
Artículo 1 2 3 ...52

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