Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes Federal de México
Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes Federal de México
- Artículo 1. Ámbito de aplicación
- Artículo 2. Objeto de la Ley
- Artículo 3. Glosario
- Artículo 4. Niñas y Niños
- Artículo 5. Grupos de edad
- Artículo 6. Aplicación de esta Ley a la persona mayor de edad
- Artículo 7. Comprobación de la edad
- Artículo 8. Presunciones de edad
- Artículo 9. Interpretación
- Artículo 10. Supletoriedad
- Artículo 11. Salvaguarda de Derechos de las personas sujetas a esta Ley
- Artículo 12. Interés superior de la niñez
- Artículo 13. Protección integral de los derechos de la persona adolescente
- Artículo 14. Integralidad, indivisibilidad e interdependencia de los derechos de las personas adolescentes
- Artículo 15. Prohibición de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes
- Artículo 16. No Discriminación e igualdad sustantiva
- Artículo 17. Aplicación favorable
- Artículo 18. Mínima intervención y subsidiariedad
- Artículo 19. Autonomía progresiva
- Artículo 20. Responsabilidad
- Artículo 21. Justicia Restaurativa
- Artículo 22. Principios generales del procedimiento
- Artículo 23. Especialización
- Artículo 24. Legalidad
- Artículo 25. Ley más favorable
- Artículo 26. Presunción de inocencia
- Artículo 27. Racionalidad y proporcionalidad de las medidas cautelares y de sanción
- Artículo 28. Reintegración social y familiar de la persona adolescente
- Artículo 29. Reinserción social
- Artículo 30. Carácter socioeducativo de las medidas de sanción
- Artículo 31. Medidas de privación de la libertad como medida extrema y por el menor tiempo posible
- Artículo 32. Publicidad
- Artículo 33. Celeridad procesal
- Artículo 34. Enunciación no limitativa
- Artículo 35. Protección a la intimidad
- Artículo 36. Confidencialidad y Privacidad
- Artículo 37. Registro de procesos
- Artículo 38. Garantías de la detención
- Artículo 39. Prohibición de incomunicación
- Artículo 40. Información a las personas adolescentes
- Artículo 41. Defensa técnica especializada
- Artículo 42. Presencia y acompañamiento de la persona responsable o por persona en quien confíe
- Artículo 43. Derecho a ser escuchado
- Artículo 44. Ajustes razonables al procedimiento
- Artículo 45. Abstención de declarar
- Artículo 46. Derechos de las personas sujetas a medidas cautelares o de sanción privativa de libertad
- Artículo 47. Alojamiento adecuado
- Artículo 48. Incidir en el Plan Individualizado
- Artículo 49. Cercanía con sus familiares
- Artículo 50. Acceso a medios de información
- Artículo 51. Educación
- Artículo 52. Equivalencia para el acceso al derecho a la salud
- Artículo 53. Conservar la custodia
- Artículo 54. Prohibición de aislamiento
- Artículo 55. Recibir visita íntima
- Artículo 56. Trabajo
- Artículo 57. Derechos de las adolescentes en un Centro Especializado
- Artículo 58. Obligaciones de las personas adolescentes sujetas a medidas cautelares o de sanción
- Artículo 59. Derechos de las víctimas
- Artículo 60. Reparación del daño a la víctima u ofendido
- Artículo 61. Reglas Generales
- Artículo 62. Competencia Auxiliar
- Artículo 63. Especialización de los órganos del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
- Artículo 64. Especialización de los operadores del Sistema Integral
- Artículo 65. Profesional de Carrera
- Artículo 66. El Ministerio Público Especializado en Justicia para Adolescentes
- Artículo 67. Obligaciones de los defensores en justicia para adolescentes
- Artículo 68. Obligaciones de los Órganos de Mecanismos Alternativos
- Artículo 69. Funciones de los Facilitadores
- Artículo 70. De los Órganos Jurisdiccionales Especializados en adolescentes
- Artículo 71. Autoridad Administrativa
- Artículo 72. Áreas especializadas de la Autoridad Administrativa
- Artículo 73. Autoridades Auxiliares
- Artículo 74. Obligaciones generales para las instituciones de Seguridad Pública
- Artículo 75. Consultores técnicos y peritos
- Artículo 76. Organizaciones Coadyuvantes
- Artículo 77. Coordinación y Colaboración de otras autoridades
- Artículo 78. Sistematización de la información
- Artículo 79. Obligaciones del Instituto Nacional de Estadística y Geografía
- Artículo 80. Registros en materia de Seguridad
- Artículo 81. Información sobre las personas adolescentes privadas de libertad
- Artículo 82. Objeto
- Artículo 83. Principios de los mecanismos alternativos de solución de controversias
- Artículo 84. Mecanismos alternativos
- Artículo 85. Concepto
- Artículo 86. Desarrollo de la sesión
- Artículo 87. Oralidad de las sesiones y encuentro entre las partes
- Artículo 88. Modelos aplicables
- Artículo 89. Reuniones previas
- Artículo 90. Reunión de la víctima con la persona adolescente
- Artículo 91. Junta restaurativa
- Artículo 92. Círculos
- Artículo 93. Del acuerdo
- Artículo 94. Uso prioritario
- Artículo 95. Procedencia
- Artículo 96. Violencia familiar
- Artículo 97. Trámite
- Artículo 98. Contenido de los acuerdos reparatorios
- Artículo 99. Efectos del cumplimiento e incumplimiento del acuerdo
- Artículo 100. Procedencia
- Artículo 101. Condiciones y Plan de Reparación
- Artículo 102. Condiciones
- Artículo 103. Audiencia
- Artículo 104. Revocación de la suspensión
- Artículo 105. Cesación provisional de los efectos de la suspensión condicional del proceso
- Artículo 106. Objeto
- Artículo 107. Las medidas privativas de libertad
- Artículo 108. Plazos
- Artículo 109. Plazos especiales de prescripción
- Artículo 110. De la posible acumulación y separación de procesos
- Artículo 111. Suspensión e interrupción
- Artículo 112. Prescripción de la medida de sanción por sustracción
- Artículo 113. Incompetencia
- Artículo 114. Validez de actuaciones
- Artículo 115. Utilización de medios electrónicos
- Artículo 116. Separación de procedimientos
- Artículo 117. Duración del proceso para adolescentes
- Artículo 118. Del procedimiento
- Artículo 119. Medidas cautelares personales
- Artículo 120. Reglas para la imposición de medidas cautelares
- Artículo 121. Revisión de la medida cautelar de internamiento preventivo
- Artículo 122. Reglas para la imposición del internamiento preventivo
- Artículo 123. Máxima prioridad en la tramitación efectiva del procedimiento en que el adolescente se encuentre en internamiento preventivo
- Artículo 124. Supervisión de la medida cautelar
- Artículo 125. Prohibición del arraigo
- Artículo 126. Protección especial para persona detenida menor de doce años de edad
- Artículo 127. Formas de terminación de la investigación
- Artículo 128. Criterios de Oportunidad
- Artículo 129. Detención en flagrancia
- Artículo 130. Audiencia inicial
- Artículo 131. Plazo para la investigación complementaria
- Artículo 132. Cierre del plazo de la investigación complementaria
- Artículo 133. Consecuencias de la conclusión del plazo del cierre de la investigación complementaria
- Artículo 134. Disposiciones supletorias
- Artículo 135. Objeto de la etapa intermedia
- Artículo 136. Contenido de la acusación
- Artículo 137. Actuación de la víctima u ofendido
- Artículo 138. Contestación a la acusación
- Artículo 139. Descubrimiento probatorio
- Artículo 140. Citación a la audiencia
- Artículo 141. Unión y separación de acusación
- Artículo 142. Oralidad y publicidad
- Artículo 143. Sentencia
- Artículo 144. Comunicación del fallo
- Artículo 145. Reglas para la determinación de Medidas de Sanción
- Artículo 146. De la aplicación de la medida de sanción privativa de la libertad en casos de intervención a título de participación
- Artículo 147. De la aplicación de la medida de sanción privativa de la libertad en casos de concurso de delito
- Artículo 148. Criterios para la imposición e individualización de la medida de sanción
- Artículo 149. Obediencia debida
- Artículo 150. Audiencia de individualización
- Artículo 151. Contenido de la Sentencia
- Artículo 152. Audiencia de notificación de la sentencia
- Artículo 153. Finalidades de las medidas de sanción
- Artículo 154. Medios para lograr la reintegración y reinserción
- Artículo 155. Tipos de medidas de sanción
- Artículo 156. Reincidencia
- Artículo 157. Amonestación
- Artículo 158. Apercibimiento
- Artículo 159. Prestación de servicios a favor de la comunidad
- Artículo 160. Sesiones de asesoramiento colectivo y actividades análogas
- Artículo 161. Restauración del daño
- Artículo 162. Libertad Asistida
- Artículo 163. Estancia domiciliaria
- Artículo 164. Internamiento
- Artículo 165. Cómputo de la duración del internamiento
- Artículo 166. Excepción al cumplimiento de la medida de sanción
- Artículo 167. Semi-internamiento
- Artículo 168. Reglas generales
- Artículo 169. Queja y su procedencia
- Artículo 170. Procedencia del recurso de revocación
- Artículo 171. Trámite
- Artículo 172. Trámite de la apelación
- Artículo 173. Derecho a la adhesión
- Artículo 174. Emplazamiento a las otras partes
- Artículo 175. Resolución
- Artículo 176. Definición
- Artículo 177. Competencia del Órgano Jurisdiccional
- Artículo 178. Competencia
- Artículo 179. Facultades del Juez de Ejecución
- Artículo 180. Cumplimiento de las medidas
- Artículo 181. Convenios
- Artículo 182. Expediente de Ejecución
- Artículo 183. Concurrencia de diversas medidas de sanción
- Artículo 184. Concurrencia en la aplicación de sanciones y penas
- Artículo 185. Participación de las personas responsables de las personas adolescentes durante el cumplimiento de las medidas
- Artículo 186. Informes a las personas responsables de las personas adolescentes
- Artículo 187. Del Plan Individualizado de Ejecución
- Artículo 188. Contenido del Plan Individualizado de Ejecución
- Artículo 189. Personal especializado para la elaboración y revisión del Plan Individualizado de Ejecución
- Artículo 190. Supervisión Extraordinaria a los Centros de Internamiento
- Artículo 191. De la implementación de los programas
- Artículo 192. Objeto de la justicia restaurativa en la ejecución de medidas de sanción
- Artículo 193. Procedencia
- Artículo 194. Efectos del cumplimiento de acuerdos derivados de procesos restaurativos
- Artículo 195. Procesos restaurativos
- Artículo 196. Hechos señalados como delitos que ameriten la medida de sanción de internamiento
- Artículo 197. Mediación en internamiento
- Artículo 198. Audiencia de Inicio de Ejecución
- Artículo 199. Inicio de cumplimiento de la medida
- Artículo 200. Revisión periódica del Plan Individualizado de Ejecución
- Artículo 201. Peticiones administrativas
- Artículo 202. Legitimación
- Artículo 203. Debido proceso
- Artículo 204. Formulación de la petición
- Artículo 205. Acuerdo de inicio
- Artículo 206. Trámite del procedimiento
- Artículo 207. Acumulación de peticiones
- Artículo 208. Resolución de peticiones administrativas
- Artículo 209. Actos de imposible reparación
- Artículo 210. Controversias
- Artículo 211. Controversias sobre condiciones de internamiento y cuestiones relacionadas con las mismas
- Artículo 212. Traslados involuntarios con autorización previa
- Artículo 213. Traslados involuntarios por razones urgentes
- Artículo 214. Controversias sobre la duración, modificación y extinción de la medida de sanción
- Artículo 215. Sustitución de la medida de sanción de internamiento por estancia domiciliaria
- Artículo 216. Sustitución de la medida de sanción de internamiento por prestación de servicios a favor de la comunidad
- Artículo 217. Criterios para la sustitución de la medida de sanción
- Artículo 218. Reglas del procedimiento
- Artículo 219. Partes procesales
- Artículo 220. Formulación de la solicitud
- Artículo 221. Auto de inicio
- Artículo 222. Trámite del procedimiento
- Artículo 223. Reglas de la audiencia
- Artículo 224. Desarrollo de la audiencia
- Artículo 225. Resolución
- Artículo 226. Ejecución de la resolución
- Artículo 227. Audiencia de modificación de la medida
- Artículo 228. Ofrecimiento de medios de prueba en la audiencia de adecuación de la medida
- Artículo 229. Decisión del Juez sobre la sustitución o modificación de la medida
- Artículo 230. Modificación de la medida por incumplimiento
- Artículo 231. Audiencia de modificación por incumplimiento
- Artículo 232. Determinación
- Artículo 233. Reiteración de incumplimiento
- Artículo 234. Ingreso de la persona adolescente al Centro de Internamiento
- Artículo 235. Condiciones del Centro de Internamiento
- Artículo 236. Reglamento del Centro de Internamiento
- Artículo 237. Egreso del adolescente
- Artículo 238. Seguridad
- Artículo 239. Medidas para garantizar la seguridad
- Artículo 240. Disposiciones generales
- Artículo 241. Revocación
- Artículo 242. Apelación
- Artículo 243. Procedencia del recurso de apelación
- Artículo 244. Efectos de la apelación
- Artículo 245. Emplazamiento y remisión
- Artículo 246. Tramitación
- Artículo 247. Efectos
- Artículo 248. Nulidad
- Artículo 249. Medios de Prueba
- Artículo 250. Prevención social de la violencia y delincuencia
- Artículo 251. Factores de riesgo en personas adolescentes
- Artículo 252. Principios de la prevención social de la violencia y delincuencia
- Artículo 253. Criterios de la prevención social de la violencia y la delincuencia
- Artículo 254. De seguridad pública
- Artículo 255. Del enfoque interdisciplinario
- Artículo 256. De las políticas públicas
- Artículo 257. De los programas
- Artículo 258. De la coadyuvancia de las familias
- Artículo 259. De la atención de las familias
- Artículo 260. De la colocación familiar
- Artículo 261. De la formación de las personas responsables de las personas adolescentes
- Artículo 262. la relevancia de las personas adolescentes en la sociedad
- Artículo 263. De la educación
- Artículo 264. De las autoridades directivas
- Artículo 265. Normas igualitarias
- Artículo 266. De la función preventiva de la comunidad
Otras regulaciones
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares Ley de Seguridad Interior Ley Reglamentaria del Articulo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2022 Estatuto de Gobierno del Distrito FederalMejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??
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