Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Federal de México
Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Federal de México
- Artículo 1. Objeto de la Ley
- Artículo 2. Atribuciones del Ministerio Público
- Artículo 3. Investigación de los delitos
- Artículo 4. Consignación
- Artículo 5. Proceso
- Artículo 6. Vigilancia en la procuración e impartición de justicia
- Artículo 7. Protección de los Derechos Humanos
- Artículo 8. Asuntos no penales
- Artículo 9. Niños, niñas, adolescentes, declarados incapaces y otros
- Artículo 10. Política criminal y reforma jurídica
- Artículo 11. Prevención del delito
- Artículo 12. los ofendidos y víctimas del delito
- Artículo 13. Atribuciones en materia de Extinción de Dominio
- Artículo 14. Atribuciones en materia de Justicia para Adolescentes
- Artículo 15. Servicios a la comunidad
- Artículo 16. Visitas a centros de reclusión
- Artículo 17. Apoyo de otras autoridades
- Artículo 18. Convenios y otros instrumentos de coordinación y cooperación
- Artículo 19. Colaboración con otras autoridades
- Artículo 20. Auxiliar en la Investigación de delitos federales
- Artículo 21. Autoridad jerárquica de la Procuraduría
- Artículo 22. Requisitos para ser Procurador
- Artículo 23. Instrumentos de organización
- Artículo 24. Atribuciones no delegables
- Artículo 25. Serán atribuciones delegables del Procurador
- Artículo 26. Requisitos para ser Subprocurador
- Artículo 27. Los Subprocuradores tendrán las atribuciones siguientes
- Artículo 28. La Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales, tendrá bajo su...
- Artículo 29. Las Fiscalías Centrales de Investigación previstas en la presente Ley, serán...
- Artículo 30. La Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Desconcentradas tendrá bajo su...
- Artículo 31. La Subprocuraduría de Procesos, tendrá bajo su dirección y supervisión a las...
- Artículo 32. La Subprocuraduría Jurídica, de Planeación,...
- Artículo 33. La Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la...
- Artículo 34. La Oficialía Mayor tendrá a su cargo, el manejo y supervisión de los...
- Artículo 35. Por su parte, la Visitaduría Ministerial tendrá a su cargo la supervisión,...
- Artículo 36. Requisitos para ingresar y permanecer como Agente del Ministerio Público
- Artículo 37. Requisitos para ingresar y permanecer como Oficial Secretario
- Artículo 38. El Oficial Secretario será responsable de dar fe de la legalidad de los...
- Artículo 39. Requisitos para ingresar y permanecer como Agente de la Policía de Investigación
- Artículo 40. Policía de Investigación
- Artículo 41. Servicios periciales
- Artículo 42. Requisitos para ingresar y permanecer como perito
- Artículo 43. Habilitación de peritos
- Artículo 44. Adscripción de unidades administrativas
- Artículo 45. Del ingreso
- Artículo 46. Dispensa del concurso de ingreso
- Artículo 47. Adscripción de los servidores públicos
- Artículo 48. Trabajadores de confianza
- Artículo 49. Personal administrativo
- Artículo 50. Naturaleza del Instituto
- Artículo 51. Atribuciones del Instituto
- Artículo 52. Coordinador General del Instituto de Formación Profesional
- Artículo 53. Consejo Consultivo del Instituto
- Artículo 54. Reglas que orientan el Servicio Profesional de Carrera
- Artículo 55. Los Agentes del Ministerio Público, Oficiales Secretarios, Agentes de la...
- Artículo 56. Los procedimientos para la selección, ingreso, formación, capacitación,...
- Artículo 57. Las disposiciones sobre el Servicio Profesional de Carrera de la...
- Artículo 58. Para efectos de promoción del personal Ministerial, Policial y Pericial, el...
- Artículo 59. La promoción a que se refiere el artículo anterior, se realizará a través de...
- Artículo 60. Los Oficiales Secretarios podrán acceder a la categoría básica de Agente del...
- Artículo 61. Las categorías de Peritos se determinarán por materia, y dentro de ellas se...
- Artículo 62. El personal sustantivo de la Procuraduría General de Justicia del Distrito...
- Artículo 63. El Reglamento establecerá los procedimientos conforme a los cuales se...
- Artículo 64. Los servidores públicos serán citados a la práctica de los exámenes...
- Artículo 65. Los resultados de los procesos de evaluación deberán ser públicos, con...
- Artículo 66. El personal sustantivo de la Procuraduría que resulte no apto en los...
- Artículo 67. Derechos
- Artículo 68. Obligaciones
- Artículo 69. Impedimentos
- Artículo 70. Intervenciones autorizadas por la autoridad judicial
- Artículo 71. El Consejo de Honor y Justicia, en términos de la Ley de Seguridad Pública...
- Artículo 72. El régimen disciplinario de los Agentes del Ministerio Público, Oficiales...
- Artículo 73. Los Agentes del Ministerio Público tendrán las obligaciones siguientes:...
- Artículo 74. Son obligaciones de los Oficiales Secretarios: I. Dar fe de la...
- Artículo 75. Los Peritos tienen las obligaciones siguientes: I. Emitir los informes...
- Artículo 76. Sanciones de la Contraloría
- Artículo 77. Los Agentes del Ministerio Público, Oficiales Secretarios, Peritos y Agentes...
- Artículo 78. Los Agentes del Ministerio Público, Oficiales Secretarios, Peritos, Agentes...
- Artículo 79. Procedimiento en caso de denuncia contra el Procurador
- Artículo 80. Observancia de las obligaciones
- Artículo 81. Causas de impedimento
- Artículo 82. Expedición de copias
- Artículo 83. Régimen laboral del personal
- Artículo 84. La Procuraduría contará con un Centro de Evaluación y Control de Confianza...
Otras regulaciones
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Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??
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