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Ley Orgánica de los Tribunales Militares Artículo 18 Federal de México


Derogado

Ley Orgánica de los Tribunales Militares Federal
Artículo 18.

Son atribuciones del Presidente del Supremo Tribunal Militar:

I.- Recibir quejas e informes de palabra y por escrito, sobre demoras, excesos o faltas en el despacho de los negocios. Si las faltas fuesen leves, dictará las providencias oportunas para su corrección, pero si fueren graves, dará cuenta al Tribunal para que éste resuelva.

II.- Comunicar a la Secretaría de la Defensa Nacional, las faltas absolutas o temporales de los Magistrados, Secretarios, Oficiales Mayores y demás subalternos del Supremo Tribunal.
Fracción reformada DOF 09-04-2012

III.- Conceder licencias hasta por tres días al personal citado.

IV.- Llevar la correspondencia oficial, dictando los acuerdos económicos conforme al Reglamento Interior.

V.- Despachar excitativas de justicia, a petición de parte, contra los Jueces Militares.

VI.- Glosar y llevar las cuentas de los gastos de oficio.

VII.- Ejercer las atribuciones económicas que le asigne el Reglamento.

VIII.- Las demás que determinen las leyes.



Federal de México Artículo 18 Ley Orgánica de los Tribunales Militares
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En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


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