Imprimir

Ley para el Tratamiento de Menores Infractores, para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal Artículo 25 Federal de México


Derogado

Ley para el Tratamiento de Menores Infractores, para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal Federal
Artículo 25.

Son atribuciones de los secretarios de acuerdos de los consejeros unitarios:

I.- Acordar con el Consejero Unitario los asuntos de su competencia;

II.- Llevar el control del turno de los negocios de que conozca el Consejero;

III.- Documentar las actas, diligencias, acuerdos y toda clase de resoluciones que se expidan, o dicten por el Consejero;

IV.- Auxiliar al Consejero en el despacho de las tareas que a éste corresponden;

V.- Integrar, tramitar y remitir las actuaciones a las autoridades correspondientes, en los casos de incompetencia;

VI.- Integrar, tramitar y remitir la documentación necesaria al área técnica correspondiente, para la práctica del diagnóstico y la aplicación de las medidas de orientación, de protección y de tratamiento;

VII.- Expedir y certificar las copias de las actuaciones;

VIII.- Requerir a las autoridades depositarias de objetos, para los efectos legales a que haya lugar;

IX.- Requerir a las autoridades, las actuaciones y elementos necesarios para la integración de los expedientes que se instruyan;

X.- Librar citatorios y notificaciones en el procedimiento que se tramite ante el Consejero;

XI.- Guardar y controlar los libros de gobierno;

XII.- Remitir al Comité Técnico Interdisciplinario el expediente instruido al menor, para los efectos que se señalan en la presente Ley; y

XIII.- Las demás que determinen las leyes, los reglamentos, la Sala Superior y el Presidente del Consejo.

Federal de México Artículo 25 Ley para el Tratamiento de Menores Infractores, para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal
Artículo 1o ...23 24 25 26 27 ...128

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse