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Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos Artículo 2o Federal de México


Derogado

Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos Federal
Artículo 2o.

Para efectos de esta Ley, se entenderá por:

I. Beneficiarios: Los Ex trabajadores Migratorios Mexicanos o, en su caso, sus cónyuges, o concubinas que acrediten su calidad mediante resolución judicial, o hijos o hijas, o legítimos herederos que sobrevivan y que cumplan con los requisitos a que se refiere el artículo 6o. de la presente Ley;


II. Comisión: la Comisión Especial para dar Seguimiento a los Fondos de los Trabajadores Mexicanos Braceros de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión;

III. Comité Técnico: el Comité Técnico del Fideicomiso a que se refiere el Artículo 3o. de la presente Ley;

IV. Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos: las personas que hayan sido contratadas por el Gobierno de los Estados Unidos de América o patrones de ese país en virtud del Programa de Trabajadores Migratorios 1942-1964;

V. Fideicomiso: el Fideicomiso constituido de conformidad con lo dispuesto por la presente Ley;

VI. Fideicomitente: el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

VII. Fiduciaria: la institución de crédito con la que el Fideicomitente celebre el Fideicomiso en términos de la presente Ley;

VIII. Ley: la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos 1942-1964;


IX. Se deroga


X. Segob: la Secretaría de Gobernación.

Federal de México Artículo 2o Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos
Artículo 1o 2o 3o 4o ...9o

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