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Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Articulo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 19 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Articulo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Federal
Artículo 19.

Son causas de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para los trabajadores y las instituciones, las contenidas en este artículo. En los casos de las fracciones I y II la suspensión temporal solamente operará para la obligación de prestar el servicio.

I.- La enfermedad contagiosa del trabajador;

II.- La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo;

III.- La prisión preventiva del trabajador seguida de sentencia absolutoria. Si el trabajador obró en defensa de los intereses de la institución, tendrá ésta la obligación de pagar los salarios que hubiese dejado de percibir aquél;

IV.- El arresto del trabajador;

V.- El cumplimiento de los servicios y el desempeño de los cargos mencionados en el artículo 5o. de la Constitución, y el de las obligaciones consignadas en el artículo 31 fracción III de la misma Constitución; y

VI.- La falta de los requisitos o documentos que exijan las leyes y reglamentos, necesarios para la prestación del servicio, cuando sea imputable al trabajador.

Federal de México Artículo 19 Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Articulo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
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