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Código Civil Artículo 2360 Estado de Campeche


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Civil Campeche
Artículo 2360.

Cuando para garantía del cumplimiento de un contrato de arrendamiento de predio destinado a habitación, el arrendador exija fianza y el arrendatario no pueda darla, no podrá el arrendador exigir más garantía que el depósito de dinero que corresponda a un mes de renta



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