CCF Artículo 2408
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/06/2025
Código Civil Federal
Artículo 2408.
El contrato de arrendamiento no se rescinde por la muerte del arrendador ni del arrendatario, salvo convenio en otro sentido.
Artículo 2408 Código Civil Federal
Mejores juristas

Ciudad de Mexico
Сomentarios: 5
Duración total

Ciudad de México
Duración total

San francisco de Campeche, Campeche
Duración total

Duración total

Duración total
Los comentarios de los usuarios
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios