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CCF Artículo 942 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/09/2023

Código Civil Federal Federal
Artículo 942.

El concurso de los partícipes, tanto en los beneficios como en las cargas será proporcional a sus respectivas porciones.

Se presumirán iguales, mientras no se prueba lo contrario, las porciones correspondientes a los partícipes en la comunidad.

Federal de México Artículo 942 Código Civil Federal
Artículo 1o ...940 941 942 943 944 ...3074

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