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Código Civil Artículo 1507 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Civil Morelos
Artículo 1507. PROCEDIMIENTO DE LA CONSIGNACION

La consignación se hará siguiéndose el procedimiento que establezca el Código de la materia.



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Los comentarios de los usuarios

Hola, buenas tardes, es posible consignar las cuotas ordinarias y/extraordinarias de un condominio en morelos?

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