Código Civil Estado de Querétaro
Código Civil Estado de Querétaro
- Artículo 1. Las disposiciones de este Código regirán en el Estado de Querétaro en...
- Artículo 2. La capacidad jurídica es igual para el hombre y para la mujer; en...
- Artículo 3. Las leyes, reglamentos, circulares o cualesquiera otras disposiciones de...
- Artículo 4. Si la ley, reglamento, circular o disposición de observancia general fija el...
- Artículo 5. A ninguna ley, ni disposición gubernativa, se dará efecto retroactivo en...
- Artículo 6. La voluntad de los particulares no los exime de la observancia de la ley, ni...
- Artículo 7. La renuncia referida en el artículo anterior, no produce efecto alguno si no...
- Artículo 8. Los actos ejecutados contra el tenor de las leyes prohibitivas o de interés...
- Artículo 9. La ley sólo queda abrogada o derogada por otra posterior que así lo declare...
- Artículo 10. Contra la observancia de la ley no puede alegarse desuso, costumbre o...
- Artículo 11. Las leyes que establezcan excepción a las reglas generales, no serán...
- Artículo 12. Las leyes del Estado rigen a todas las personas que se encuentren en la...
- Artículo 13. La determinación del derecho aplicable, se hará conforme a las siguientes...
- Artículo 14. En la aplicación del derecho extranjero se observará lo siguiente: I.Se...
- Artículo 15. En la aplicación del derecho extranjero se observará lo siguiente: I.Se...
- Artículo 16. Los habitantes del Estado tienen la obligación de ejercer sus actividades y...
- Artículo 17. El silencio, obscuridad o insuficiencia de la ley, no autoriza a los jueces...
- Artículo 18. Las controversias judiciales del orden civil deberán resolverse conforme a...
- Artículo 19. Cuando haya conflicto de derechos, a falta de ley expresa que sea aplicable,...
- Artículo 20. Si el conflicto fuere entre derechos iguales o de la misma especie, se...
- Artículo 21. La ignorancia de las leyes no excusa su cumplimiento, pero los jueces,...
- Artículo 22. La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento...
- Artículo 23. La minoría de edad, el estado de interdicción y demás incapacidades...
- Artículo 24. El mayor de edad tiene la facultad de disponer libremente de su persona y de...
- Artículo 25. Son personas morales: I.La nación, los estados y los municipios;...
- Artículo 26. Las personas morales pueden ejercitar todos los derechos que sean necesarios...
- Artículo 27. Las personas morales obran y se obligan por medio de los órganos que las...
- Artículo 28. Las personas morales se regirán por las leyes correspondientes, por su...
- Artículo 29. El domicilio de las personas físicas es el lugar donde residen...
- Artículo 30. Se presume el propósito de establecerse en un lugar, cuando se habita por...
- Artículo 31. El domicilio legal de una persona, es el lugar donde la ley le fija su...
- Artículo 32. Se reputa domicilio legal: I.Del menor de edad no emancipado, el de la...
- Artículo 33. El domicilio de las personas morales se determina: I.Por la ley que las...
- Artículo 34. Cuando una persona física tenga dos o más domicilios, se le considerará...
- Artículo 35. El nombre es el vocativo con el cual se designa a una persona y se compondrá...
- Artículo 36. El nombre propio podrá constar de uno o varios vocativos, con los que se...
- Artículo 37. Cuando la filiación se establezca por ser hijo nacido del matrimonio, la...
- Artículo 38. El matrimonio no modifica los apellidos de los contrayentes
- Artículo 39. El nombre de las personas físicas es inmutable, inalienable e...
- Artículo 40. El seudónimo, mote o sobrenombre, no es elemento constitutivo del nombre de...
- Artículo 41. El nombre de las personas morales, será aquel que, con sujeción a las leyes...
- Artículo 42. La usurpación del nombre por terceros, así como su utilización indebida,...
- Artículo 43. Los derechos de la personalidad son inalienables, imprescriptibles,...
- Artículo 44. Con relación a las personas físicas son ilícitos los hechos o actos que:...
- Artículo 45. La protección del derecho a la individualidad o identidad personal por medio...
- Artículo 46. Toda persona capaz, tiene derecho a disponer parcialmente de su cuerpo en...
- Artículo 47. Salvo lo que dispongan las leyes sobre imprenta, la exhibición o...
- Artículo 48. El Registro Civil, es la institución por medio de la cual, el Estado...
- Artículo 49. El Registro Civil del Estado, se coordinará con la Dirección General del...
- Artículo 50. El Registro Civil se integra por: I.La Dirección Estatal del Registro...
- Artículo 51. En las actas del Registro Civil intervendrán: el Oficial del Registro Civil...
- Artículo 52. Las actas del Registro Civil se referirán exclusivamente a los hechos...
- Artículo 53. Una vez inscritas, firmadas y autorizadas las actas, el Oficial del Registro...
- Artículo 54. Los Oficiales del Registro Civil, bajo su más estricta responsabilidad,...
- Artículo 55. Si se perdiera o destruyera alguna de las actas o volúmenes que integran el...
- Artículo 56. En relación a cada una de las actas del Registro Civil que se levanten,...
- Artículo 57. Toda persona puede solicitar copia certificada de las actas del Registro...
- Artículo 58. Cuando ocurra la pérdida o destrucción de actas o libros, así como de sus...
- Artículo 59. No podrá asentarse en las actas, ni por vía de nota o advertencia, algo que...
- Artículo 60. Los actos del Registro Civil son estrictamente formales, por lo que para su...
- Artículo 61. El Oficial del Registro Civil podrá acordar, a petición de parte interesada,...
- Artículo 62. En la formación de las actas del estado civil, se observarán las reglas...
- Artículo 63. La nulidad de un acta inscrita, la falsedad de las actas del Registro Civil,...
- Artículo 64. La inscripción de actas decretada por la autoridad judicial, respecto de...
- Artículo 65. Las declaraciones falsas para obtener el registro de un acto del estado...
- Artículo 66. Para acreditar el estado civil adquirido por los mexicanos fuera del...
- Artículo 67. Si el registro de los actos a que se refiere el artículo anterior, se lleva...
- Artículo 68. Para la inscripción de los actos del Registro Civil, los interesados...
- Artículo 69. En las actas del Registro Civil, se harán las anotaciones que establece la...
- Artículo 70. Los actos y actas del estado civil, relativos al Oficial, a su consorte y a...
- Artículo 71. El matrimonio celebrado entre menores de edad que cumpla con los requisitos...
- Artículo 72. Tratándose de la celebración de actos del estado civil en que intervengan...
- Artículo 73. Las declaraciones del nacimiento, se harán presentando al infante ante el...
- Artículo 74. Tienen obligación de declarar el nacimiento, dentro de los sesenta días...
- Artículo 75. El acta de nacimiento deberá contener: Del registrado: el día, la hora,...
- Artículo 76. Cuando al presentar al menor se exhiba copia certificada del acta de...
- Artículo 77. Cuando no se presente la copia certificada a que se refiere el artículo...
- Artículo 78. En las actas de nacimiento, por ningún motivo se pondrán palabras que...
- Artículo 79. Los recién nacidos que sean encontrados en situación de desamparo, deberán...
- Artículo 80. La obligación que señala el artículo anterior la tienen también los jefes,...
- Artículo 81. Queda prohibido al Oficial del Registro Civil y a los testigos que deban...
- Artículo 82. Las constancias de nacimiento de los hijos de ciudadanos mexicanos...
- Artículo 83. Los Oficiales del Registro Civil inscribirán las actas de nacimiento de los...
- Artículo 84. Si al dar aviso de un nacimiento, se comunica también la muerte del recién...
- Artículo 85. Cuando se presentaren al Oficial, para su registro, hermanos de un mismo...
- Artículo 86. El acto de presentar ante el Oficial del Registro Civil a un hijo nacido...
- Artículo 87. Para el reconocimiento de un hijo nacido fuera de matrimonio, hecho con...
- Artículo 88. El acta de reconocimiento deberá contener: I.Del reconocido:...
- Artículo 89. Para levantar un acta de reconocimiento de hijos, es requisito indispensable...
- Artículo 90. Si el reconocimiento se hace por alguno de los otros medios establecidos por...
- Artículo 91. Si el reconocimiento se hiciere en Oficialía diferente a aquella en donde se...
- Artículo 92. Dictada la resolución judicial que autorice la adopción, el juez enviará al...
- Artículo 93. Derogado
- Artículo 94. El Juez o Tribunal que resuelva la nulidad de una adopción, remitirá de...
- Artículo 95. Las personas que pretendan contraer matrimonio presentarán al Oficial del...
- Artículo 96. Al escrito a que se refiere el artículo anterior se acompañará: I.Copia...
- Artículo 97. El Oficial del Registro Civil a quien se presenten una solicitud de...
- Artículo 98. Cubiertos los requisitos para contraer matrimonio y previo a la celebración...
- Artículo 99. El matrimonio se celebrará dentro de los ocho días siguientes en el local de...
- Artículo 100. En el lugar, día y hora designados para la celebración del matrimonio,...
- Artículo 101. Se levantará luego el acta de matrimonio en la cual se hará constar:...
- Artículo 102. La celebración conjunta de matrimonios no exime al Oficial, del cumplimiento...
- Artículo 103. Los pretendientes que declaren maliciosamente un hecho falso, los testigos...
- Artículo 104. El Oficial del Registro Civil que tenga conocimiento de que los...
- Artículo 105. Antes de remitir el acta al Juez de Primera Instancia, el Oficial del...
- Artículo 106. Las denuncias de impedimento pueden ser hechas por cualquier persona. Las...
- Artículo 107. Las denuncias anónimas o hechas por cualquier otro medio, si no se...
- Artículo 108. Denunciado un impedimento, el matrimonio no podrá celebrarse aun cuando el...
- Artículo 109. El desistimiento de la denuncia no exime de las responsabilidades que...
- Artículo 110. Los Oficiales del Registro Civil, sólo podrán negarse a autorizar un...
- Artículo 111. El Oficial del Registro Civil que, sin motivo justificado, retarde la...
- Artículo 112. Dictada la sentencia de divorcio, el juez remitirá copia certificada de ésta...
- Artículo 113. El acta de divorcio deberá contener: los nombres, apellidos, edades,...
- Artículo 114. Ninguna inhumación o cremación se hará sin acta de defunción expedida por el...
- Artículo 115. En el acta de defunción, se asentarán los datos que el Oficial del Registro...
- Artículo 116. El acta de defunción deberá contener: I.El nombre, apellidos, edad,...
- Artículo 117. Quienes habiten la casa en que ocurra un fallecimiento, los directores,...
- Artículo 118. Cuando el Oficial del Registro Civil sospeche que el fallecimiento de una...
- Artículo 119. En caso de muerte en el mar, a bordo de un buque nacional o en el espacio...
- Artículo 120. Cuando alguna persona falleciere en lugar que no sea su domicilio, se...
- Artículo 121. El jefe de cualquier puesto a destacamento militar, tiene obligación de dar...
- Artículo 122. En todos los casos de muerte, en los establecimientos de reclusión, no se...
- Artículo 123. Las autoridades judiciales que declaren la ausencia, la presunción de muerte...
- Artículo 124. Las actas a que se refiere el artículo anterior, deberán contener: el...
- Artículo 125. El Director del Registro Civil ordenará también que se anote el acta de...
- Artículo 126. Cuando se recobre la capacidad legal para administrar bienes, se revoque la...
- Artículo 127. La nulidad de las actas del Registro Civil, sólo podrá ser decretada por la...
- Artículo 128. Declarada la nulidad, el juez remitirá copia de la resolución al Director...
- Artículo 129. Las actas del Registro Civil podrán ser aclaradas o rectificadas en los...
- Artículo 130. Pueden pedir la nulidad, la rectificación o aclaración de las actas del...
- Artículo 131. El trámite para la rectificación de actas, se verificará de la siguiente...
- Artículo 132. El trámite para la inscripción de personas mayores de cuatro años se...
- Artículo 133. La tramitación o rectificación de actas del Registro Civil, realizadas de...
- Artículo 134. Las leyes civiles del Estado son protectoras de la familia y del estado...
- Artículo 135. La familia es una institución social, compuesta por un conjunto de personas...
- Artículo 136. Son fines de la familia garantizar la convivencia armónica, el respeto, la...
- Artículo 137. El matrimonio es una institución en la que se establece un vínculo jurídico...
- Artículo 138. El matrimonio debe celebrarse ante los funcionarios que establece la ley con...
- Artículo 139. El matrimonio tiene como fin la creación de una comunidad íntima de vida...
- Artículo 139 bis. Las personas que pretendan contraer matrimonio deberán acudir ante el...
- Artículo 140. Para contraer matrimonio, ambos contrayentes deberán tener 18 años...
- Artículo 141. Derogado
- Artículo 142. Derogado
- Artículo 143. Derogado
- Artículo 144. Si el juez se niega a otorgar la autorización para que se celebre un...
- Artículo 145. Derogado
- Artículo 146. Derogado
- Artículo 147. El juez que hubiere otorgado autorización a un menor para contraer...
- Artículo 148. Impedimento es todo hecho que legalmente imposibilita la celebración del...
- Artículo 149. El adoptante no puede contraer matrimonio con el adoptado o sus...
- Artículo 150. La mujer y el hombre están en aptitud de contraer nuevo matrimonio, al día...
- Artículo 151. El tutor no puede contraer matrimonio con la persona que ha estado o está...
- Artículo 152. Si el matrimonio se celebrare en contravención de lo dispuesto en el...
- Artículo 153. Tratándose de queretanos que se casen en el extranjero, dentro de tres meses...
- Artículo 154. Los derechos y obligaciones que nacen del matrimonio son iguales para los...
- Artículo 155. Los cónyuges deberán vivir juntos en el domicilio conyugal. Se considera...
- Artículo 156. Los cónyuges contribuirán económicamente al sostenimiento del hogar, a su...
- Artículo 157. Los cónyuges y los hijos, en materia de alimentos, tendrán derecho...
- Artículo 158. El marido y la mujer tendrán en el hogar autoridad y consideraciones...
- Artículo 159. Los cónyuges podrán desempeñar cualquier actividad excepto las que dañen la...
- Artículo 160. El marido y la mujer, mayores de edad, tienen capacidad para administrar,...
- Artículo 161. El marido y la mujer, menores de edad, tendrán la administración de sus...
- Artículo 162. El contrato de compraventa sólo puede celebrarse entre los cónyuges cuando...
- Artículo 163. El marido y la mujer, durante el matrimonio, podrán ejercitar los derechos y...
- Artículo 164. El matrimonio se celebrará bajo los siguientes regímenes de:...
- Artículo 165. Todos los bienes que se adquieran a partir de la celebración del matrimonio...
- Artículo 166. Los cónyuges podrán en todo tiempo variar el régimen patrimonial sujetándose...
- Artículo 167. Las capitulaciones matrimoniales pueden comprender bienes determinados que...
- Artículo 168. El menor que con arreglo a la Ley pueda contraer matrimonio, puede también...
- Artículo 169. Son nulos los pactos que los esposos hicieren contra las leyes o los...
- Artículo 170. La sociedad conyugal se regirá por las capitulaciones matrimoniales que la...
- Artículo 171. La sociedad conyugal nace al celebrarse el matrimonio o durante él. Puede...
- Artículo 172. Las capitulaciones matrimoniales en que se constituya la sociedad conyugal,...
- Artículo 173. En este caso, la modificación que se haga de las capitulaciones deberá...
- Artículo 174. La sociedad conyugal puede terminar antes de que se disuelva el matrimonio...
- Artículo 175. Puede terminar la sociedad conyugal durante el matrimonio, a petición de...
- Artículo 176. Las capitulaciones matrimoniales en que se establezca la sociedad conyugal,...
- Artículo 177. Es nula la capitulación en cuya virtud uno de los consortes haya de percibir...
- Artículo 178. Cuando se establezca que uno de los consortes sólo debe recibir una cantidad...
- Artículo 179. Todo pacto que importe cesión de una parte de los bienes propios de cada...
- Artículo 180. No pueden renunciarse anticipadamente las ganancias que resulten de la...
- Artículo 181. El dominio de los bienes comunes reside en ambos cónyuges mientras subsista...
- Artículo 182. La suspensión de la sociedad conyugal procede: I.Por el abandono del...
- Artículo 183. En los casos de violencia familiar la suspensión de la sociedad conyugal y...
- Artículo 184. La sociedad conyugal termina por disolución del matrimonio, por voluntad de...
- Artículo 185. En los casos de nulidad, la sociedad se considera subsistente hasta que se...
- Artículo 186. Cuando uno solo de los cónyuges tuvo buena fe, la sociedad subsistirá...
- Artículo 187. Si los dos cónyuges procedieron de mala fe, la sociedad se considera nula...
- Artículo 188. Si la disolución de la sociedad procede de nulidad del matrimonio, el...
- Artículo 189. Si los dos procedieron de mala fe, las utilidades se aplicarán a los hijos y...
- Artículo 190. Para disolver la sociedad se procederá a formar inventario, en el cual no se...
- Artículo 191. Terminando el inventario, se pagarán los créditos que hubiere contra el...
- Artículo 192. En caso de que hubiere pérdidas, el importe de éstas se deducirá del haber...
- Artículo 193. Muerto uno de los cónyuges, continuará el que sobreviva en la posesión y...
- Artículo 194. Todo lo relativo a la formación de inventarios y solemnidades de la...
- Artículo 195. En el régimen de separación de bienes los cónyuges conservarán la propiedad...
- Artículo 196. Serán también propios de cada uno de los consortes los salarios, sueldos,...
- Artículo 197. Los bienes que los cónyuges adquieran en común por donación, herencia,...
- Artículo 198. Ni el marido podrá cobrar a la mujer ni ésta a aquél, retribución u...
- Artículo 199. El marido y la mujer que ejerzan la patria potestad de los hijos, se...
- Artículo 200. El marido responde a la mujer y ésta a aquél de los daños y perjuicios que...
- Artículo 201. Se llaman antenupciales las donaciones que antes del matrimonio hace uno de...
- Artículo 202. Son también donaciones antenupciales las que un extraño hace a alguno de los...
- Artículo 203. Las donaciones antenupciales entre futuros esposos, aunque fueren varias, no...
- Artículo 204. Las donaciones antenupciales hechas por un extraño, serán inoficiosas en los...
- Artículo 205. Para determinar si es inoficiosa una donación antenupcial, el cónyuge...
- Artículo 206. Si al hacerse la donación no se formó inventario de los bienes del donador,...
- Artículo 207. Las donaciones antenupciales no necesitan para su validez de aceptación...
- Artículo 208. Las donaciones antenupciales no se revocan por sobrevenir hijos del donante
- Artículo 209. Tampoco se revocarán por ingratitud, a no ser que el donante fuere un...
- Artículo 210. Las donaciones antenupciales son revocables y se entienden revocadas por el...
- Artículo 211. Los menores pueden hacer donaciones antenupciales, siempre y cuando exista...
- Artículo 212. Las donaciones antenupciales quedarán sin efecto si el matrimonio dejare de...
- Artículo 213. Son aplicables a las donaciones antenupciales las reglas de las donaciones...
- Artículo 214. Los cónyuges pueden hacerse donaciones, con tal de que no sean contrarias a...
- Artículo 215. Estas donaciones no se anularán por la superveniencia de hijos, pero se...
- Artículo 216. Son causas de nulidad de un matrimonio: I.El error acerca de la persona...
- Artículo 217. La acción de nulidad que nace del error, sólo puede deducirse por el cónyuge...
- Artículo 218. La minoría de edad de uno de los cónyuges o de ambos dejará de ser causa de...
- Artículo 219. Derogado
- Artículo 220. Derogado
- Artículo 221. La nulidad por falta de consentimiento del juez, podrá pedirse dentro del...
- Artículo 222. El parentesco de consanguinidad no dispensado anula el matrimonio; pero si...
- Artículo 223. La acción que nace de esta clase de nulidad, puede ejercitarse por...
- Artículo 224. La acción de nulidad proveniente del atentado contra la vida de alguno de...
- Artículo 225. El miedo y la violencia serán causa de nulidad del matrimonio si concurren...
- Artículo 226. La nulidad que se funde en alguna de las causas previstas en el Capítulo...
- Artículo 227. Tienen derecho de pedir la nulidad por embriaguez habitual, uso indebido y...
- Artículo 228. El vínculo de un matrimonio anterior, existente al tiempo de contraerse el...
- Artículo 229. La nulidad que se funde en la falta de formalidades esenciales para la...
- Artículo 230. No se admitirá demanda de nulidad por falta de solemnidades en el acta de...
- Artículo 231. El derecho para demandar la nulidad del matrimonio corresponde a quienes la...
- Artículo 232. Ejecutoriada la sentencia que declare la nulidad, el tribunal, de oficio,...
- Artículo 233. El matrimonio tiene a su favor la presunción de ser válido; sólo se...
- Artículo 234. Los cónyuges no pueden celebrar transacción ni compromiso en árbitros,...
- Artículo 235. El matrimonio contraído de buena fe, aunque sea declarado nulo, produce...
- Artículo 236. Si ha habido buena fe de parte de uno solo de los cónyuges, el matrimonio...
- Artículo 237. La buena fe se presume; para destruir esta presunción se requiere prueba...
- Artículo 238. Si la demanda de nulidad fuere entablada por uno solo de los cónyuges, desde...
- Artículo 239. Luego que la sentencia sobre nulidad cause ejecutoria, el padre y la madre,...
- Artículo 240. El juez, en todo tiempo, podrá modificar la determinación a que se refiere...
- Artículo 241. Declarada la nulidad del matrimonio se procederá a la división de los bienes...
- Artículo 242. Declarada la nulidad del matrimonio, se observarán respecto de las...
- Artículo 243. Si al declararse la nulidad del matrimonio la mujer estuviera encinta, se...
- Artículo 244. Es ilícito, pero no nulo el matrimonio: I.Cuando se ha contraído,...
- Artículo 245. El divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en...
- Artículo 246. El divorcio podrá solicitarse por uno o ambos cónyuges cuando cualquiera de...
- Artículo 247. Verificada la legalidad del emplazamiento, los presupuestos procesales, y...
- Artículo 248. Derogado
- Artículo 249. Cuando ambos consortes convengan en divorciarse y sean mayores de edad, no...
- Artículo 250. El oficial del Registro Civil, previa identificación de los consortes,...
- Artículo 251. El divorcio así obtenido no surtirá efectos legales si se comprueba que los...
- Artículo 252. Los consortes que no puedan divorciarse de manera administrativa podrán...
- Artículo 253. Derogado
- Artículo 254. Mientras que se decreta el divorcio, el juez procederá a la separación de...
- Artículo 255. Derogado
- Artículo 256. Derogado
- Artículo 257. Derogado
- Artículo 258. Derogado
- Artículo 259. La reconciliación de los cónyuges pone término a la petición de divorcio en...
- Artículo 260. Derogado
- Artículo 261. Al admitirse la solicitud de divorcio o antes si hubiere urgencia, el juez...
- Artículo 262. En el procedimiento donde se haya decretado el divorcio, la sentencia que...
- Artículo 263. Antes de que se provea definitivamente sobre el ejercicio de la patria...
- Artículo 264. El padre y la madre, aunque pierdan el ejercicio de la patria potestad,...
- Artículo 265. Derogado
- Artículo 266. En el procedimiento donde se haya decretado el divorcio, una vez...
- Artículo 267. En caso de divorcio, el juez resolverá sobre el pago de alimentos a favor...
- Artículo 268. En el caso de divorcio, cuando por convenio tácito o expreso, uno de los...
- Artículo 269. Derogado
- Artículo 270. Derogado
- Artículo 271. La muerte de uno de los cónyuges pone fin al juicio de divorcio, conservando...
- Artículo 272. Ejecutoriada la sentencia de divorcio voluntario o dictada la resolución que...
- Artículo 273. El concubinato es la unión de un hombre y una mujer, libres de matrimonio,...
- Artículo 274. Los concubinarios tendrán los derechos y obligaciones que se especifican en...
- Artículo 275. Los hijos nacidos de una relación de concubinato, tendrán los mismos...
- Artículo 276. La ley no reconoce más parentescos que los de consanguinidad, afinidad y el...
- Artículo 277. El parentesco de consanguinidad es el que existe entre personas que...
- Artículo 278. El parentesco por afinidad es el que surge por el matrimonio, entre un...
- Artículo 279. El parentesco que nazca de la adopción surtirá los mismos efectos jurídicos...
- Artículo 280. Cada generación forma un grado y la serie de grados constituye lo que se...
- Artículo 281. La línea es recta o transversal: la recta se compone de la serie de grados...
- Artículo 282. La línea recta es ascendente o descendente: ascendente es la que liga a una...
- Artículo 283. En la línea recta los grados se cuentan por el número de generaciones o por...
- Artículo 284. En la línea transversal los grados se cuentan por el número de generaciones,...
- Artículo 285. El derecho a alimentos es una prerrogativa derivada de la pertenencia a una...
- Artículo 286. Los cónyuges deben darse alimentos. La ley determinará cuándo queda...
- Artículo 287. Los concubinarios están obligados a otorgarse alimentos, en igual forma que...
- Artículo 288. Los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos. A falta o por...
- Artículo 289. Los hijos están obligados a dar alimentos a los padres. A falta o por...
- Artículo 290. A falta o por imposibilidad de los ascendientes o descendientes, la...
- Artículo 291. Los hermanos y demás parientes colaterales a que se refiere el artículo...
- Artículo 292. El adoptante y el adoptado tienen el deber de darse alimentos, en los casos...
- Artículo 293. Los alimentos comprenden la comida, el vestido, la habitación, el...
- Artículo 294. El obligado a dar alimentos cumple la obligación asignando una pensión al...
- Artículo 295. El deudor alimentario no podrá pedir que se incorpore a su familia el que...
- Artículo 296. Los alimentos han de ser proporcionados de acuerdo a las posibilidades del...
- Artículo 297. Si fueren varios los que deben dar los alimentos y todos tuvieren...
- Artículo 298. Si sólo algunos tuvieren posibilidad, entre ellos se repartirá el importe de...
- Artículo 299. La obligación de dar alimentos no comprende la de proveer de capital a los...
- Artículo 300. Tienen acción para pedir el aseguramiento de los alimentos: I.El...
- Artículo 301. Si las personas a que se refieren las fracciones II, III y IV del artículo...
- Artículo 302. El aseguramiento podrá consistir en hipoteca, prenda, fianza, depósito de...
- Artículo 303. El tutor interino dará garantía por el importe anual de los alimentos. Si...
- Artículo 304. Cuando los que ejerzan la patria potestad gocen de la mitad del usufructo de...
- Artículo 305. Cesa la obligación de dar alimentos: I.Cuando el que la tiene carece de...
- Artículo 306. El derecho de recibir alimentos no es renunciable ni puede ser objeto de...
- Artículo 307. Cuando el deudor alimentario no estuviere presente o estándolo rehusare...
- Artículo 308. El cónyuge que se haya separado del otro, sigue obligado a cumplir con los...
- Artículo 309. Los integrantes de la familia tienen derecho a desarrollarse en un ambiente...
- Artículo 310. Por violencia familiar se considera todo acto de poder u omisión...
- Artículo 311. Quien incurra en violencia familiar, deberá reparar los daños y perjuicios...
- Artículo 312. Se presumen hijos de los cónyuges: I.Los nacidos después de la...
- Artículo 313. Contra esta presunción, se admite cualquier prueba excluyente o determinante...
- Artículo 314. El marido no podrá desconocer a los hijos alegando adulterio de la madre,...
- Artículo 315. El marido podrá desconocer al hijo nacido después de trescientos días...
- Artículo 316. El marido no podrá desconocer que es padre del hijo nacido dentro de los...
- Artículo 317. Las cuestiones relativas a la paternidad del hijo nacido después de...
- Artículo 318. En todos los casos en que el marido tenga derecho de contradecir que el...
- Artículo 319. Si el marido está bajo tutela por cualquier causa, la impugnación puede ser...
- Artículo 320. Cuando el marido, teniendo o no tutor, haya muerto sin recobrar la razón,...
- Artículo 321. Los herederos del marido, excepto en el caso del artículo anterior, no...
- Artículo 322. Si la viuda, la divorciada o aquella cuyo matrimonio fuere declarado nulo,...
- Artículo 323. El desconocimiento de un hijo, de parte del marido o de los herederos, se...
- Artículo 324. En el juicio de contradicción de la paternidad serán oídos la madre y el...
- Artículo 325. Para los efectos legales, sólo se reputa nacido el feto que, desprendido...
- Artículo 326. No puede haber sobre la filiación, ni transacción ni compromiso en árbitros
- Artículo 327. Puede haber transacción o arbitramento sobre los derechos pecuniarios que de...
- Artículo 328. La filiación de los hijos nacidos de matrimonio se prueba con la partida de...
- Artículo 329. A falta de actas o si éstas fueren defectuosas, incompletas o falsas, se...
- Artículo 330. Si hubiere hijos nacidos de dos personas que han vivido públicamente como...
- Artículo 331. Si un individuo ha sido reconocido constantemente como hijo de matrimonio...
- Artículo 332. Declarado nulo un matrimonio, haya habido buena o mala fe en los cónyuges al...
- Artículo 333. No basta el dicho de la madre para excluir de la paternidad al marido....
- Artículo 334. Las acciones civiles que se intenten contra el hijo por los bienes que ha...
- Artículo 335. La acción que compete al hijo para reclamar su estado, es imprescriptible...
- Artículo 336. Los demás herederos del hijo podrán intentar la acción de que trata el...
- Artículo 337. Los herederos podrán continuar la acción intentada por el hijo, a no ser que...
- Artículo 338. Los acreedores legatarios y donatarios tendrán los mismos derechos que los...
- Artículo 339. Las acciones de que hablan los tres artículos precedentes, prescriben a los...
- Artículo 340. La posesión de hijo nacido de matrimonio no puede perderse sino por...
- Artículo 341. Si el que está en posesión de los derechos de padre o de hijo fuere...
- Artículo 342. El matrimonio subsecuente de los padres hace que se tengan como nacidos de...
- Artículo 343. Para que el hijo goce del derecho que le concede el artículo que precede,...
- Artículo 344. Si el hijo fue reconocido por el padre y en su acta de nacimiento consta el...
- Artículo 345. Aunque el reconocimiento sea posterior, los hijos adquieren todos sus...
- Artículo 346. Pueden gozar también del derecho que les concede el artículo 343, los hijos...
- Artículo 347. Pueden gozar también de ese derecho los hijos no nacidos, si el padre al...
- Artículo 348. La filiación de los hijos nacidos fuera de matrimonio resulta, con relación...
- Artículo 349. Pueden reconocer a sus hijos los que tengan la edad exigida para contraer...
- Artículo 350. El varón menor de edad, no emancipado, podrá reconocer a sus hijos, previa...
- Artículo 351. No obstante, el reconocimiento hecho por un menor es revocable si se prueba...
- Artículo 352. Puede reconocerse al hijo que no ha nacido y al que ha muerto, si ha dejado...
- Artículo 353. Los padres pueden reconocer a su hijo conjunta o separadamente
- Artículo 354. El reconocimiento hecho por uno de los padres produce efectos respecto de él...
- Artículo 355. El reconocimiento no es revocable por el que lo hizo y si se ha hecho en...
- Artículo 356. El reconocimiento puede ser contradicho por un tercero interesado. El...
- Artículo 357. El reconocimiento de un hijo nacido fuera de matrimonio deberá hacerse de...
- Artículo 358. Cuando el padre o la madre reconozcan separadamente a un hijo, no podrán...
- Artículo 359. El oficial del Registro Civil, el juez competente y, en su caso, el notario...
- Artículo 360. El Cónyuge podrá reconocer al hijo habido antes de su matrimonio sin el...
- Artículo 361. El hijo de una mujer casada no podrá ser reconocido como hijo por otro...
- Artículo 362. EL hijo mayor de edad no puede ser reconocido sin su consentimiento, ni el...
- Artículo 363. Si el hijo reconocido es menor, puede reclamar contra el reconocimiento...
- Artículo 364. El plazo para deducir esta acción será de dos años, que comenzarán a correr...
- Artículo 365. La mujer que cuida o ha cuidado de la lactancia de un niño, a quien le ha...
- Artículo 366. Cuando la madre contradiga el reconocimiento hecho sin su consentimiento,...
- Artículo 367. Cuando el padre y la madre que no vivan juntos reconozcan al hijo en el...
- Artículo 368. En caso de que el reconocimiento se efectúe sucesivamente por los padres que...
- Artículo 369. La investigación de la paternidad de los hijos nacidos fuera de matrimonio...
- Artículo 370. Se presumen hijos de los concubinarios: I.Los nacidos después de ciento...
- Artículo 371. La posesión de estado, para los efectos de la fracción II del artículo 370,...
- Artículo 372. Está permitido al hijo nacido fuera de matrimonio y a sus descendientes...
- Artículo 373. No obstante lo dispuesto en la parte final del artículo anterior, el hijo...
- Artículo 374. El hecho de dar alimentos no constituye por si sólo prueba, ni aún...
- Artículo 375. Las acciones de investigación de paternidad o maternidad sólo pueden...
- Artículo 376. El hijo reconocido por el padre, por la madre o por ambos, tiene derecho:...
- Artículo 377. La adopción es un acto jurídico por el cual se establece un vínculo de...
- Artículo 378. La adopción crea entre los adoptantes y el adoptado, los mismos vínculos...
- Artículo 379. La adopción internacional es la promovida personalmente por ciudadanos de...
- Artículo 380. Los menores o incapaces podrán ser adoptados por cónyuges o concubinos...
- Artículo 381. Cuando se presente conflicto de leyes entre la legislación del lugar de...
- Artículo 382. El tutor no puede adoptar al pupilo, sino hasta después de que hayan sido...
- Artículo 383. Derogado
- Artículo 384. El que adopta tendrá, respecto de la persona y bienes del adoptado, los...
- Artículo 385. El adoptado tendrá, para con la persona o personas que lo adopten, los...
- Artículo 386. Para que la adopción pueda tener lugar, deberán consentir en ella, en sus...
- Artículo 387. Si el tutor o el Ministerio Público no consienten la adopción, deberán...
- Artículo 388. El procedimiento para hacer la adopción será fijado en el Código de...
- Artículo 389. Tan luego como cause ejecutoria la resolución judicial que se dicte...
- Artículo 390. El juez que apruebe la adopción remitirá copia de las diligencias...
- Artículo 391. Las adopciones serán irrevocables, pero pueden ser anuladas cuando no se...
- Artículo 392. En las adopciones, los derechos y obligaciones que resultan del parentesco...
- Artículo 393. La adopción producirá sus efectos aunque sobrevengan hijos al adoptante
- Artículo 394. Para obtener el Certificado de Idoneidad expedido por el Consejo Técnico de...
- Artículo 395. Para determinar la vinculación entre adoptante y adoptado, en los casos en...
- Artículo 396. Derogado
- Artículo 397. Derogado
- Artículo 398. Derogado
- Artículo 399. La adopción de embriones es el procedimiento mediante el cual, un embrión,...
- Artículo 400. Las parejas adoptantes de embriones no podrán procurar la maternidad...
- Artículo 401. La adopción de embriones sólo procederá respecto de los supernumerarios...
- Artículo 402. Podrán llevar a cabo la adopción de embriones, las parejas casadas o en...
- Artículo 403. Para los casos anteriores, sólo procederá la adopción cuando los...
- Artículo 404. Una vez alcanzada la mayoría de edad por la persona que haya sido producto...
- Artículo 405. El procedimiento de adopción de embriones crioconservados preexistentes, se...
- Artículo 406. La patria potestad es el conjunto de derechos y obligaciones reconocidos por...
- Artículo 407. Los hijos menores de edad no emancipados están bajo la patria potestad,...
- Artículo 408. La patria potestad se ejerce sobre la persona y los bienes de los hijos. Su...
- Artículo 409. La patria potestad sobre los hijos se ejerce: I.Por el padre y la...
- Artículo 410. Cuando los dos progenitores han reconocido al hijo nacido fuera de...
- Artículo 411. Cuando por cualquier circunstancia deje de ejercer la patria potestad alguno...
- Artículo 412. Cuando los padres del hijo nacido fuera de matrimonio que vivían juntos se...
- Artículo 413. A falta de padres, ejercerán la patria potestad sobre los hijos, los...
- Artículo 414. La patria potestad sobre el hijo adoptivo se ejercerá conforme a lo...
- Artículo 415. Solamente por falta o impedimento de todos los llamados preferentemente,...
- Artículo 416. Mientras estuviere el hijo bajo la patria potestad, no podrá dejar la casa...
- Artículo 417. Los que ejercen la patria potestad, aun cuando no tengan la custodia del...
- Artículo 418. A las personas que tienen un menor bajo su custodia o ejercen patria...
- Artículo 419. Los que ejerzan la patria potestad o tengan menores bajo su custodia, tienen...
- Artículo 420. El que está sujeto a la patria potestad no puede comparecer en juicio, ni...
- Artículo 421. Los que ejercen la patria potestad son legítimos representantes de los que...
- Artículo 422. Cuando la patria potestad se ejerza a la vez por el padre y por la madre o...
- Artículo 423. Las personas que ejerzan la patria potestad representarán indistintamente a...
- Artículo 424. Los bienes del hijo, mientras esté bajo la patria potestad, se dividen en...
- Artículo 425. Los bienes de la primera clase pertenecen en propiedad, administración y...
- Artículo 426. En los bienes de la segunda clase, la propiedad y la mitad del usufructo...
- Artículo 427. Los padres pueden renunciar a su derecho de usufructo, haciendo constar su...
- Artículo 428. La renuncia del usufructo hecha en favor del hijo, se considera como...
- Artículo 429. Los réditos y rentas que se hayan vencido antes de que los padres, abuelos o...
- Artículo 430. El usufructo de los bienes concedidos a las personas que ejerzan la patria...
- Artículo 431. Cuando por la ley o por voluntad de quienes ejercen la patria potestad, el...
- Artículo 432. Los que ejercen la patria potestad no pueden enajenar ni gravar de ningún...
- Artículo 433. Siempre que el juez conceda licencia a los que ejercen la patria potestad...
- Artículo 434. El derecho de usufructo concedido a las personas que ejercen la patria...
- Artículo 435. Las personas que ejercen la patria potestad, tienen la obligación de dar...
- Artículo 436. En todos los casos en que las personas que ejercen la patria potestad tienen...
- Artículo 437. Los jueces tienen facultad de tomar las medidas necesarias para impedir que,...
- Artículo 438. Las personas que ejerzan la patria potestad deben entregar a sus hijos,...
- Artículo 439. La patria potestad se a acaba: I.Con la muerte del que la ejerce y no...
- Artículo 440. La patria potestad se pierde: I.Cuando el que la ejerza es condenado...
- Artículo 441. La patria potestad podrá ser limitada en los casos de divorcio o separación,...
- Artículo 442. Los padres, abuelos o adoptantes que contraigan segundas nupcias no pierden...
- Artículo 443. La patria potestad se suspende: I.Por incapacidad declarada...
- Artículo 444. La patria potestad no es renunciable, pero aquellos a quienes corresponde...
- Artículo 445. El ejercicio de la patria potestad podrá ser recuperado, aún cuando exista...
- Artículo 446. La suspensión o pérdida del ejercicio de la patria potestad no afecta la...
- Artículo 447. Todo menor tiene derecho a vivir con ambos padres, pero cuando no cohabiten...
- Artículo 448. Los padres, aunque no tengan la custodia del menor, tienen derecho a...
- Artículo 449. Los jueces, negarán o limitarán las convivencias por falta de ministración...
- Artículo 449 bis. Los menores puestos a disposición de la Procuraduría de la Defensa del menor...
- Artículo 450. El objeto de la tutela es la guarda de la persona y bienes de los que, no...
- Artículo 451. Tienen incapacidad natural y legal: I.Los menores de edad; II.Los...
- Artículo 452. Los menores de edad emancipados por razón del matrimonio, tienen incapacidad...
- Artículo 453. La tutela es un cargo de interés público, que sólo podrá eximirse ante causa...
- Artículo 454. Ningún incapaz puede tener a un mismo tiempo, más de un tutor y de un...
- Artículo 455. Los que tienen derecho a nombrar tutor, lo tienen también de nombrar...
- Artículo 456. El curador está obligado a: I.Defender los derechos del incapacitado...
- Artículo 457. Las funciones del curador terminarán cuando el incapacitado salga de la...
- Artículo 458. Cuando los intereses de alguno o algunos de los incapaces sujetos a una...
- Artículo 459. Los cargos de tutor y de curador de un incapaz no pueden ser desempeñados al...
- Artículo 460. No pueden ser nombrados tutores o curadores las personas que desempeñan los...
- Artículo 461. Cuando fallezca una persona que ejerza la patria potestad sobre un...
- Artículo 462. La tutela es testamentaria, legítima o dativa
- Artículo 463. Ninguna tutela puede conferirse sin que previamente se declare, en los...
- Artículo 464. Los tutores y los curadores no pueden ser removidos de su cargo sin que...
- Artículo 465. El menor de edad que se encuentre en cualquiera de los casos a que se...
- Artículo 466. El cargo de tutor, respecto de las personas comprendidas en los casos a que...
- Artículo 467. La interdicción de que habla el artículo anterior, no cesará sino por la...
- Artículo 468. El juez competente del domicilio del incapacitado, cuidará provisionalmente...
- Artículo 469. El juez que no cumpla las prescripciones relativas a la tutela, además de...
- Artículo 470. El ascendiente que sobreviva, de los dos que en cada grado deben ejercer la...
- Artículo 471. El nombramiento de tutor testamentario, hecho en los términos del artículo...
- Artículo 472. Si los ascendientes excluidos estuvieren incapacitados o ausentes, la tutela...
- Artículo 473. El que en su testamento, aunque sea un menor no emancipado, deje bienes, ya...
- Artículo 474. Si fueren varios los menores, podrá nombrárseles un tutor común o conferirse...
- Artículo 475. El padre que ejerza la tutela de un hijo sujeto a interdicción por...
- Artículo 476. En ningún otro caso hay lugar a la tutela testamentaria del incapacitado
- Artículo 477. Siempre que se nombren varios tutores, desempeñará la tutela el primero...
- Artículo 478. Lo dispuesto en el artículo anterior, no regirá cuando el testador haya...
- Artículo 479. Deben observarse todas las reglas, limitaciones y condiciones puestas por el...
- Artículo 480. Si por un nombramiento condicional de tutor o por algún otro motivo faltare...
- Artículo 481. El adoptante que ejerza la patria potestad tiene derecho de nombrar tutor...
- Artículo 482. Ha lugar a tutela legítima: I.Cuando no hay quien ejerza la patria...
- Artículo 483. La tutela legítima corresponde: I.A los hermanos, prefiriéndose a los...
- Artículo 484. Si hubiere varios parientes del mismo grado, el juez elegirá entre ellos al...
- Artículo 485. La falta temporal del tutor legítimo se suplirá en los términos establecidos...
- Artículo 486. El marido es tutor legítimo y forzoso de su mujer y ésta lo es de su marido
- Artículo 487. Los hijos mayores de edad son tutores de su padre o madre libres de...
- Artículo 488. Cuando haya dos o más hijos, será preferido el que viva en compañía del...
- Artículo 489. Los padres son por derecho tutores de sus hijos solteros, cuando éstos no...
- Artículo 490. A falta de tutor testamentario y de persona que con arreglo a los artículos...
- Artículo 491. El tutor del incapacitado que tenga hijos menores bajo su patria potestad,...
- Artículo 492. La ley coloca a los menores en situación de desamparo bajo la tutela de la...
- Artículo 493. Los directores de instituciones de asistencia pública o privada legalmente...
- Artículo 494. Los responsables de las instituciones de asistencia pública o privada donde...
- Artículo 494 bis. Toda persona o institución de asistencia pública o privada que acoja a un...
- Artículo 495. La tutela dativa tiene lugar: I.Cuando no hay tutor testamentario, ni...
- Artículo 496. El tutor dativo será designado por el menor, si hubiere cumplido dieciséis...
- Artículo 497. Si el menor no ha cumplido dieciséis años, el nombramiento de tutor lo hará...
- Artículo 498. Si el juez no hace oportunamente el nombramiento de tutor, será responsable...
- Artículo 499. Siempre será dativa la tutela para asuntos judiciales del menor de edad...
- Artículo 500. A los menores de edad que no estén sujetos a patria potestad ni a tutela...
- Artículo 501. En el caso del artículo anterior, tienen obligación de desempeñar la tutela,...
- Artículo 502. Si un menor que no se encuentre sujeto a patria potestad, ni tutela...
- Artículo 503. No pueden ser tutores, aunque estén anuentes a recibir el cargo: I.Los...
- Artículo 504. Serán separados de la tutela: I.Los que sin haber caucionado su manejo...
- Artículo 505. Derogado
- Artículo 506. No pueden ser tutores ni curadores de las personas comprendidas en la...
- Artículo 507. El Ministerio Público y los parientes del pupilo, tienen derecho de promover...
- Artículo 508. El tutor que fuere procesado por cualquier delito, quedará suspendido del...
- Artículo 509. En el caso de que trata el artículo anterior, se proveerá a la tutela...
- Artículo 510. Absuelto el tutor, volverá al ejercicio de su cargo. Si es condenado a una...
- Artículo 511. Pueden excusarse de ser tutores: I.Los empleados y funcionarios...
- Artículo 512. Si el que teniendo una excusa legítima para ser tutor acepta el cargo, se...
- Artículo 513. El tutor debe proponer sus impedimentos o excusas dentro del plazo de cinco...
- Artículo 514. Si el tutor tuviere dos o más excusas las propondrá simultáneamente, dentro...
- Artículo 515. Mientras que se califica el impedimento o la excusa, el juez nombrará un...
- Artículo 516. El tutor testamentario que se excuse de ejercer la tutela, perderá todo...
- Artículo 517. El tutor que sin excusa o desechada la que hubiere propuesto no desempeñe la...
- Artículo 518. Muerto el tutor que está desempeñando la tutela, sus herederos o ejecutores...
- Artículo 519. El tutor, antes de que se le discierna el cargo, prestará caución para...
- Artículo 520. Están exceptuados de la obligación de dar garantía: I.Los tutores...
- Artículo 521. Los comprendidos en la fracción I del artículo anterior, sólo estarán...
- Artículo 522. La garantía que presten los tutores no impedirá que el juez, a moción del...
- Artículo 523. Cuando la tutela del incapacitado recaiga en el cónyuge, en los ascendientes...
- Artículo 524. Siempre que el tutor sea también coheredero del incapaz y éste no tenga más...
- Artículo 525. Siendo varios los incapacitados cuyo haber consista en bienes procedentes de...
- Artículo 526. El tutor no podrá dar fianza para caucionar su manejo sino cuando no tenga...
- Artículo 527. Cuando los bienes que tenga no alcancen a cubrir la cantidad que ha de...
- Artículo 528. La hipoteca o prenda y, en su caso, la fianza, se darán: I.Por el...
- Artículo 529. Si los bienes del incapacitado, conforme al artículo que precede, aumentan o...
- Artículo 530. El juez responde subsidiariamente con el tutor de los daños y perjuicios que...
- Artículo 531. Si el tutor, dentro de tres meses después de aceptado su nombramiento, no...
- Artículo 532. Durante los tres meses señalados en el artículo precedente, desempeñará la...
- Artículo 533. Al presentar el tutor su cuenta anual, el curador debe promover información...
- Artículo 534. Es también obligación del curador y del Ministerio Público, vigilar el...
- Artículo 535. Cuando el tutor tenga que administrar bienes no podrá entrar a la...
- Artículo 536. El tutor que entre a la administración de los bienes sin que se haya...
- Artículo 537. El tutor está obligado: I.A alimentar y educar al incapacitado;...
- Artículo 538. Los gastos de alimentación y educación del menor deben regularse de manera...
- Artículo 539. Cuando el tutor entre en el ejercicio de su cargo, el juez fijará, con...
- Artículo 540. El tutor destinará al menor a la carrera u oficio que éste elija, según sus...
- Artículo 541. Si el que tenía la patria potestad sobre el menor lo había dedicado a alguna...
- Artículo 542. Si las rentas del menor no alcanzan a cubrir los gastos de su alimentación y...
- Artículo 543. Si los pupilos fuesen indigentes o careciesen de suficientes medios para los...
- Artículo 544. Si los pupilos indigentes no tienen personas que estén obligadas a...
- Artículo 545. Los incapacitados indigentes que no puedan ser alimentados y educados por...
- Artículo 546. El tutor de los incapacitados a que se refiere la fracción II del artículo...
- Artículo 547. Para la seguridad, alivio y mejoría de las personas a que se refiere el...
- Artículo 548. La obligación de hacer inventario no puede ser dispensada ni aún por los que...
- Artículo 549. Mientras que el inventario no estuviere formado, la tutela debe limitarse a...
- Artículo 550. El tutor está obligado a inscribir en el inventario, el crédito que tenga...
- Artículo 551. Los bienes que el incapacitado adquiera después de la formación del...
- Artículo 552. Hecho el inventario no se admite al tutor rendir prueba contra de él en...
- Artículo 553. Si se hubiere omitido listar algunos bienes en el inventario, el menor...
- Artículo 554. El tutor, dentro del primer mes de ejercer su cargo, fijará, con aprobación...
- Artículo 555. Lo dispuesto en el artículo anterior no libera al tutor de justificar, al...
- Artículo 556. Si el padre o la madre del menor ejercían algún comercio o industria, el...
- Artículo 557. El dinero que resulte sobrante después de cubiertas las cargas y atenciones...
- Artículo 558. Si para hacer la imposición dentro del plazo señalado en el artículo...
- Artículo 559. El tutor que no haga las imposiciones dentro de los plazos señalados en los...
- Artículo 560. Mientras que se hacen las imposiciones del dinero que corresponda de la...
- Artículo 561. Los bienes inmuebles, los derechos anexos a ellos y los muebles preciosos no...
- Artículo 562. Cuando la enajenación se haya permitido para cubrir con su producto algún...
- Artículo 563. La venta de bienes inmuebles del menor es nula si no se hace judicialmente...
- Artículo 564. Cuando se trate de enajenar, gravar o hipotecar, a título oneroso, bienes...
- Artículo 565. Para todos los gastos extraordinarios que no sean de conservación ni de...
- Artículo 566. Se requiere licencia judicial para que el tutor pueda transigir o...
- Artículo 567. El nombramiento de árbitros hecho por el tutor deberá sujetarse a la...
- Artículo 568. Para que el tutor transija, cuando el objeto de la reclamación consista en...
- Artículo 569. Ni con licencia judicial, ni en almoneda o fuera de ella, puede el tutor...
- Artículo 570. Cesa la prohibición del artículo anterior, respecto de la venta de bienes,...
- Artículo 571. El tutor no podrá hacerse pago de sus créditos contra el incapacitado, sin...
- Artículo 572. El tutor no puede aceptar para sí, a título gratuito u oneroso, la cesión de...
- Artículo 573. El tutor no puede dar en arrendamiento los bienes del incapacitado por más...
- Artículo 574. El arrendamiento hecho de conformidad con el artículo anterior subsistirá...
- Artículo 575. Sin autorización judicial no puede el tutor recibir dinero prestado en...
- Artículo 576. El tutor no puede hacer donaciones a nombre del incapacitado
- Artículo 577. El tutor tiene, respecto del menor, la obligación de observar una conducta...
- Artículo 578. Durante la tutela no corre la prescripción entre el tutor y el incapacitado
- Artículo 579. El tutor tiene obligación de admitir las donaciones simples, legados y...
- Artículo 580. La expropiación por causa de utilidad pública de bienes de incapacitados, no...
- Artículo 581. Cuando el tutor de un incapaz sea el cónyuge de éste, continuará ejerciendo...
- Artículo 582. Cuando la tutela del incapaz recaiga en el cónyuge, solo podrá gravar o...
- Artículo 583. Cuando la tutela recaiga en cualquiera otra persona, se ejercerá conforme a...
- Artículo 584. En casos de maltrato, negligencia en los cuidados debidos al incapacitado o...
- Artículo 585. El tutor tiene derecho a una retribución sobre los bienes del incapacitado,...
- Artículo 586. En ningún caso bajará la retribución del cinco ni excederá del diez por...
- Artículo 587. Si los bienes del incapacitado tuvieren un aumento en sus productos, debido...
- Artículo 588. Para que pueda hacerse en la retribución de los tutores el aumento...
- Artículo 589. El tutor no tendrá derecho a remuneración alguna y restituirá lo que por ese...
- Artículo 590. El tutor está obligado a rendir al juez cuenta detallada de su...
- Artículo 591. También tiene obligación de rendir cuenta cuando, por causas graves que...
- Artículo 592. La cuenta de administración comprenderá no sólo las cantidades en numerario...
- Artículo 593. El tutor es responsable del valor de los créditos activos si dentro de...
- Artículo 594. Si el incapacitado no está en posesión de algunos bienes a que tiene...
- Artículo 595. Lo dispuesto en el artículo anterior, se entiende sin perjuicio de la...
- Artículo 596. Las cuentas deben rendirse en el lugar en que se desempeña la tutela
- Artículo 597. Deben abonarse al tutor todos los gastos hechos debida y legalmente, ya sea...
- Artículo 598. El tutor será igualmente indemnizado, según el prudente arbitrio del juez,...
- Artículo 599. Ninguna anticipación ni crédito contra el incapacitado se abonará al tutor,...
- Artículo 600. La obligación de dar cuenta no puede ser dispensada en contrato o última...
- Artículo 601. El tutor que sea reemplazado por otro, estará obligado y lo mismo sus...
- Artículo 602. El tutor o, en su falta, quien lo representa, rendirá las cuentas generales...
- Artículo 603. La obligación de dar cuenta pasa a los herederos del tutor; si alguno de...
- Artículo 604. La garantía dada por el tutor no se cancelará, sino cuando las cuentas hayan...
- Artículo 605. Hasta pasado un mes de la rendición de cuentas, será nulo todo convenio...
- Artículo 606. La tutela se extingue: I.Por la muerte del pupilo o porque desaparezca...
- Artículo 607. El tutor, concluida la tutela, está obligado a entregar todos los bienes del...
- Artículo 608. La obligación de entregar los bienes no se suspende por estar pendiente la...
- Artículo 609. El tutor que entre al cargo sucediendo a otro, está obligado a exigir la...
- Artículo 610. La entrega de los bienes y la cuenta de la tutela se efectuarán a expensas...
- Artículo 611. Cuando intervenga dolo o culpa de parte del tutor, serán por su cuenta todos...
- Artículo 612. El saldo que resulte a favor o en contra del tutor, producirá interés legal....
- Artículo 613. Cuando en la cuenta resulte alcance contra el tutor, aunque por un arreglo...
- Artículo 614. Si la caución hubiere consistido en fianza, el convenio que concede nuevos...
- Artículo 615. Si no se hiciere saber el convenio al fiador, éste no permanecerá obligado
- Artículo 616. Todas las acciones por hechos relativos a la administración de la tutela que...
- Artículo 617. Si la tutela hubiere fenecido durante la minoridad, el menor podrá ejercitar...
- Artículo 618. Cuando se traslade o retenga a un menor de manera ilícita, la persona o...
- Artículo 619. La restitución sólo podrá operar cuando la persona que sea retenida o...
- Artículo 620. La persona, institución u organismo que ejerza una custodia respecto de un...
- Artículo 621. Las autoridades judiciales y administrativas competentes en la restitución...
- Artículo 622. Cuando el traslado o retención hayan ocurrido en un período menor a un año,...
- Artículo 623. La autoridad requerida en los casos de restitución, tomará en cuenta la...
- Artículo 624. Las disposiciones del presente Capítulo no limitarán las facultades de las...
- Artículo 625. Para los efectos de la presente Ley: I.El derecho de custodia...
- Artículo 626. La restitución podrá ser tramitada por los titulares de los derechos de...
- Artículo 627. Las autoridades que intervengan en estos procedimientos, no exigirán...
- Artículo 628. La restitución por la autoridad judicial podrá ser negada cuando sea...
- Artículo 629. Cuando una persona que ejerce el derecho de visita hacia un menor y es...
- Artículo 630. La persona que haya retenido o trasladado indebidamente a un menor de su...
- Artículo 631. Los jueces competentes, gozarán de facultades discrecionales en todo lo...
- Artículo 632. Los menores de edad serán protegidos en su vida privada, en su intimidad y...
- Artículo 633. El menor, podrá ser escuchado por sí o a través de su representante. La...
- Artículo 634. Son nulos todos los actos de administración ejecutados y los contratos...
- Artículo 635. Son también nulos los actos de administración y los contratos celebrados por...
- Artículo 636. La nulidad a que se refieren los artículos anteriores, sólo puede ser...
- Artículo 637. La acción para pedir la nulidad, prescribe en los plazos en que prescriben...
- Artículo 638. Los menores de edad no pueden alegar la nulidad de que habla este Capítulo,...
- Artículo 639. Tampoco pueden alegarla los menores, si han presentado certificados falsos...
- Artículo 640. El matrimonio del menor de dieciocho años produce, de derecho, la...
- Artículo 641. El emancipado tiene la libre administración de sus bienes, pero siempre...
- Artículo 642. Hecha la emancipación, no puede ser revocada
- Artículo 643. La mayoría de edad comienza a los dieciocho años cumplidos
- Artículo 644. El mayor de edad dispone libremente de su persona y de sus bienes
- Artículo 645. El que se hubiese ausentado del lugar de su residencia ordinaria y tuviere...
- Artículo 646. Cuando una persona haya desaparecido y se ignore el lugar donde se halle y...
- Artículo 647. Al publicarse los edictos remitirá copia a los cónsules mexicanos de...
- Artículo 648. Si el ausente tiene hijos menores que estén bajo su patria potestad y no hay...
- Artículo 649. Las obligaciones y facultades del depositario, serán las que la ley asigne a...
- Artículo 650. Se nombrará depositario: I.Al cónyuge del ausente; II.A uno de los...
- Artículo 651. Si cumplido el plazo del llamamiento el citado no compareciere por sí, ni...
- Artículo 652. Lo mismo se hará cuando, en iguales circunstancias, caduque el poder...
- Artículo 653. Tienen acción para pedir el nombramiento de depositario o de representante,...
- Artículo 654. En el nombramiento de representante se seguirá el orden antes establecido
- Artículo 655. Si el cónyuge ausente fuere casado en segundas o ulteriores nupcias y...
- Artículo 656. A falta de cónyuge, de descendientes y de ascendientes, será representante...
- Artículo 657. El representante del ausente es el legítimo administrador de los bienes de...
- Artículo 658. El representante del ausente disfrutará la misma retribución que a los...
- Artículo 659. No pueden ser representantes de un ausente, los que no pueden ser tutores
- Artículo 660. Pueden excusarse, los que pueden hacerlo de la tutela
- Artículo 661. Será removido del cargo de representante, el que deba serlo del de tutor
- Artículo 662. El cargo de representante acaba: I.Con el regreso del ausente;...
- Artículo 663. Cada año, en el día que corresponda a aquel en que hubiera sido nombrado el...
- Artículo 664. Los edictos se publicarán por dos meses, con intervalo de quince días, en...
- Artículo 665. El representante está obligado a promover la publicación de los edictos. La...
- Artículo 666. Pasados dos años desde el día en que haya sido nombrado el representante,...
- Artículo 667. En caso de que el ausente haya dejado o nombrado apoderado general para la...
- Artículo 668. Lo dispuesto en el artículo anterior se observará aun cuando el poder se...
- Artículo 669. Pasados dos años, que se contarán del modo establecido con anterioridad, el...
- Artículo 670. Pueden pedir la declaración de ausencia: I.Los presuntos herederos...
- Artículo 671. Si el juez encuentra fundada la demanda, dispondrá que se publique durante...
- Artículo 672. Pasados cuatro meses desde la fecha de la última publicación, si no hubiere...
- Artículo 673. Si hubiere algunas noticias u oposición, el juez no declarará la ausencia...
- Artículo 674. La declaración de ausencia se publicará tres veces en los periódicos...
- Artículo 675. El fallo que se pronuncie en el juicio de declaración de ausencia, tendrá...
- Artículo 676. Declarada la ausencia, si hubiere testamento público u ológrafo, la persona...
- Artículo 677. El juez, de oficio o a instancia de cualquiera que se crea interesado en el...
- Artículo 678. Los herederos testamentarios y, en su defecto, los que fueren legítimos al...
- Artículo 679. Si son varios los herederos y los bienes admiten cómoda división, cada uno...
- Artículo 680. Si los bienes no admiten cómoda división, los herederos elegirán de entre...
- Artículo 681. Si una parte de los bienes fuere cómodamente divisible y otra no, respecto...
- Artículo 682. Los herederos que no administren podrán nombrar un interventor, que tendrá...
- Artículo 683. El que entre en la posesión provisional tendrá, respecto de los bienes, las...
- Artículo 684. Cuando sean varios herederos, cada uno dará la garantía que corresponda a la...
- Artículo 685. Cuando los bienes no admitan cómoda división, el administrador general, será...
- Artículo 686. Los legatarios, los donatarios y todos los que tengan sobre los bienes del...
- Artículo 687. Los que tengan con relación al ausente, obligaciones que deban cesar a la...
- Artículo 688. Si no se pudiere dar la garantía prevenida en los cinco artículos...
- Artículo 689. Mientras no se de la expresada garantía, no cesará la administración del...
- Artículo 690. No están obligados a dar garantía: I.El cónyuge, los descendientes y...
- Artículo 691. Los que entren en la posesión provisional, tienen derecho de pedir cuentas...
- Artículo 692. Si hecha la declaración de ausencia no se presentaren herederos del ausente,...
- Artículo 693. Muerto el que haya obtenido la posesión provisional, lo sucederán sus...
- Artículo 694. Si el ausente se presenta o se prueba su existencia antes de que sea...
- Artículo 695. La declaración de ausencia interrumpe la sociedad conyugal, a menos de que...
- Artículo 696. Declarada la ausencia, se procederá, con citación de los herederos...
- Artículo 697. El cónyuge presente recibirá desde luego los bienes que le correspondan,...
- Artículo 698. Los bienes del ausente se entregarán a sus herederos en los términos...
- Artículo 699. Si regresara el ausente o se probara su existencia y el cónyuge presente...
- Artículo 700. Si el cónyuge presente no fuere heredero, ni tuviere bienes propios tendrá...
- Artículo 701. Si el cónyuge ausente regresa o se probare su existencia, quedará restaurada...
- Artículo 702. Cuando hayan transcurrido seis años desde la declaración de ausencia, el...
- Artículo 703. Declarada la presunción de muerte se abrirá el testamento del ausente, si no...
- Artículo 704. Si se llega a probar la muerte del ausente, la herencia se defiere a los que...
- Artículo 705. Si el ausente se presentare o se probare su existencia después de otorgada...
- Artículo 706. Cuando hecha la declaración de ausencia o la presunción de muerte de una...
- Artículo 707. Los poseedores definitivos darán cuenta al ausente y a sus herederos. El...
- Artículo 708. La posesión definitiva termina: I.Con el regreso del ausente;...
- Artículo 709. En el segundo caso del artículo anterior, los poseedores definitivos serán...
- Artículo 710. La sentencia que declare la presunción de muerte de un ausente casado, pone...
- Artículo 711. En el caso previsto por el artículo 700, el cónyuge sólo tendrá derecho a...
- Artículo 712. Cualquiera que reclame un derecho referente a una persona cuya existencia no...
- Artículo 713. Si se defiere una herencia a la que sea llamado un individuo declarado...
- Artículo 714. En este caso, los coherederos o sucesores se considerarán como poseedores...
- Artículo 715. Lo dispuesto en los dos artículos anteriores, debe entenderse sin perjuicio...
- Artículo 716. Los que hayan entrado en la herencia, harán suyos los frutos percibidos de...
- Artículo 717. El representante y los poseedores provisionales y definitivos, en sus...
- Artículo 718. Por causa de ausencia no se suspenden los plazos que fija la ley para la...
- Artículo 719. El Ministerio Público velará por los intereses del ausente; será oído en...
- Artículo 720. Son objeto de patrimonio de la familia: I.La casa habitación de la...
- Artículo 721. La formación del patrimonio familiar se podrá efectuar de forma...
- Artículo 722. Tienen derecho de habitar la casa y de aprovechar los frutos de la parcela...
- Artículo 723. Los beneficiarios de los bienes afectos al patrimonio de la familia, serán...
- Artículo 724. Los bienes afectos al patrimonio de la familia son inalienables y no estarán...
- Artículo 725. Se podrá constituir el patrimonio de la familia con bienes sitos en...
- Artículo 726. Cada familia sólo puede constituir un patrimonio. Los que posteriormente se...
- Artículo 727. El monto máximo que debe corresponder a los bienes con los que habrá de...
- Artículo 728. El patrimonio de la familia podrá establecerse: I.Por el padre, por la...
- Artículo 729. Cuando alguna de las personas antes mencionadas quiera constituir el...
- Artículo 729 bis. Cuando se opte por la constitución del patrimonio de la familia ante Notario...
- Artículo 729 ter. Si se acreditan las condiciones exigidas en el artículo 729, el Notario...
- Artículo 730. Satisfechas las condiciones exigidas en el artículo 729, el juez, previos...
- Artículo 731. Cuando el valor de los bienes afectos al patrimonio de la familia sea...
- Artículo 732. Cuando haya peligro de que quien tiene obligación de dar alimentos pierda...
- Artículo 733. La constitución del patrimonio de la familia no puede hacerse en fraude de...
- Artículo 734. Constituido el patrimonio de la familia, ésta tiene obligación de habitar la...
- Artículo 735. El patrimonio de la familia se extingue: I.Cuando todos los...
- Artículo 736. La declaración de que queda extinguido el patrimonio la hará el juez...
- Artículo 737. El precio del patrimonio expropiado y la indemnización proveniente del pago...
- Artículo 738. Puede disminuirse el patrimonio de la familia: I.Cuando se...
- Artículo 739. El Ministerio Público será oído en la extinción y en la reducción del...
- Artículo 740. Extinguido el patrimonio de la familia, los bienes que lo formaban vuelven...
- Artículo 741. Las certificaciones de autoridades administrativas, así como las anotaciones...
- Artículo 742. Pueden ser objeto de apropiación todas las cosas que no estén excluidas del...
- Artículo 743. Las cosas pueden estar fuera del comercio por su naturaleza o por...
- Artículo 744. Están fuera del comercio, por su naturaleza, las que no pueden ser poseídas...
- Artículo 745. Son bienes inmuebles: I.El suelo y las construcciones adheridas a él;...
- Artículo 746. Los bienes muebles, que por su naturaleza, se hayan considerado como...
- Artículo 747. Los bienes son muebles por su naturaleza o por disposición de la ley
- Artículo 748. Son muebles por su naturaleza, los cuerpos que pueden trasladarse de un...
- Artículo 749. Son bienes muebles por determinación de la ley, las obligaciones y los...
- Artículo 750. Por igual razón, se reputan muebles las acciones que cada socio tiene en las...
- Artículo 751. Las embarcaciones de todo género son bienes muebles
- Artículo 752. Los materiales procedentes de la demolición de un edificio y los que se...
- Artículo 753. Los derechos de autor se consideran bienes muebles
- Artículo 754. En general, son bienes muebles todos los demás no considerados por la ley...
- Artículo 755. Cuando en una disposición de ley o en los actos y contratos se use de las...
- Artículo 756. Cuando se use de las palabras muebles o bienes muebles de una casa, se...
- Artículo 757. Cuando por la redacción de un testamento o de un convenio se descubra que el...
- Artículo 758. Los bienes muebles son fungibles o no fungibles
- Artículo 759. Los bienes fungibles son los que pueden ser reemplazados por otros de la...
- Artículo 760. Los no fungibles son los que no pueden ser sustituidos por otros de la misma...
- Artículo 761. Los bienes son del dominio del poder público o de propiedad de los...
- Artículo 762. Son bienes de dominio del poder público los que pertenecen a la Federación,...
- Artículo 763. Los bienes de dominio del poder público se regirán por las disposiciones...
- Artículo 764. Los bienes de dominio del poder público se dividen en bienes de uso común,...
- Artículo 765. Los bienes de uso común son inalienables e imprescriptibles. Pueden...
- Artículo 766. Los que estorben el aprovechamiento de los bienes de uso común, quedan...
- Artículo 767. Los bienes destinados a un servicio público y los bienes propios, pertenecen...
- Artículo 768. Cuando conforme a la ley pueda enajenarse y se enajene una vía pública, los...
- Artículo 769. Son bienes de propiedad de los particulares todas las cosas cuyo dominio les...
- Artículo 770. Los extranjeros y las personas morales, para adquirir la propiedad de bienes...
- Artículo 771. Son bienes mostrencos los muebles abandonados
- Artículo 772. El que hallare una cosa pérdida o abandonada, deberá entregarla dentro de...
- Artículo 773. La autoridad dispondrá que la cosa hallada se tase por peritos y la...
- Artículo 774. Cualquiera que sea el valor de la cosa, se fijarán avisos durante un mes, de...
- Artículo 775. Si la cosa hallada fuere de las que no pueden conservarse, la autoridad...
- Artículo 776. Si durante el plazo designado se presentare alguno reclamando la cosa, la...
- Artículo 777. Si el reclamante es reconocido como propietario se le entregará la cosa o su...
- Artículo 778. Si el reclamante no es reconocido propietario o si pasado el plazo de un mes...
- Artículo 779. Cuando por alguna circunstancia especial fuere necesaria, a juicio de la...
- Artículo 780. La venta se hará siempre en almoneda pública
- Artículo 781. Son bienes vacantes los inmuebles que no tienen dueño cierto
- Artículo 782. El que tuviere noticia de la existencia de bienes vacantes en el Estado y...
- Artículo 783. El Ministerio Público, si estima que procede, deducirá ante el juez...
- Artículo 784. El denunciante recibirá la mitad del valor comercial de los bienes que...
- Artículo 785. El que se apodere de un bien vacante sin cumplir lo prevenido en este...
- Artículo 786. Es poseedor de una cosa el que ejerce sobre ella un poder de hecho, salvo...
- Artículo 787. Cuando en virtud de un acto jurídico el propietario entrega a otro una cosa,...
- Artículo 788. En caso de despojo, tanto el poseedor originario como el derivado gozan del...
- Artículo 789. Cuando se demuestre que una persona tiene en su poder una cosa en virtud de...
- Artículo 790. Sólo pueden ser objeto de posesión, las cosas y derechos que sean...
- Artículo 791. Puede adquirirse la posesión por la misma persona que va a disfrutarla, por...
- Artículo 792. Cuando varias personas poseen una cosa indivisa, podrá cada una de ellas...
- Artículo 793. Se entiende que cada uno de los partícipes de una cosa que se posee en...
- Artículo 794. La posesión da al que la tiene, la presunción de propietario para todos los...
- Artículo 795. El poseedor de una cosa mueble perdida o robada no podrá recuperarla de un...
- Artículo 796. La moneda y los títulos al portador no pueden ser reivindicados del...
- Artículo 797. El poseedor actual que pruebe haber poseído en tiempo anterior, tiene a su...
- Artículo 798. La posesión de un inmueble hace presumir la de los bienes muebles que se...
- Artículo 799. Todo poseedor debe ser mantenido o restituido en la posesión contra aquellos...
- Artículo 800. Para que el poseedor tenga derecho al interdicto de recuperar la posesión,...
- Artículo 801. Se reputa como nunca perturbado o despojado, el que judicialmente fue...
- Artículo 802. Es poseedor de buena fe, el que entra en la posesión en virtud de un título...
- Artículo 803. La buena fe se presume siempre; al que afirme la mala fe del poseedor le...
- Artículo 804. La posesión adquirida de buena fe no pierde ese carácter sino en el caso y...
- Artículo 805. Los poseedores originarios y los derivados se regirán por las disposiciones...
- Artículo 806. El poseedor de buena fe que haya adquirido la posesión por título traslativo...
- Artículo 807. El poseedor de buena fe a que se refiere el artículo anterior, no responde...
- Artículo 808. El que posee por menos de un año, a título traslativo de dominio y con mala...
- Artículo 809. El que posee en concepto de dueño por más de un año, pacífica, continúa y...
- Artículo 810. El poseedor que haya adquirido la posesión por algún hecho delictuoso, está...
- Artículo 811. Las mejoras voluntarias no son abonables a ningún poseedor, pero el de buena...
- Artículo 812. Se entiende percibidos los frutos naturales o industriales desde que se...
- Artículo 813. Son gastos necesarios los que están prescritos por la ley y aquellos sin los...
- Artículo 814. Son gastos útiles aquéllos que, sin ser necesarios, aumentan el precio o...
- Artículo 815. Son gastos voluntarios los que sirven sólo de ornato de la cosa o al placer...
- Artículo 816. El poseedor debe justificar el importe de los gastos a que tenga derecho; en...
- Artículo 817. Cuando el poseedor hubiere de ser indemnizado por gastos y haya percibido...
- Artículo 818. Las mejoras provenientes de la naturaleza o del tiempo, ceden siempre en...
- Artículo 819. Posesión pacífica es la que se adquiere sin violencia
- Artículo 820. Posesión continua es la que no se ha interrumpido por alguno de los medios...
- Artículo 821. Posesión pública es la que se disfruta de manera que pueda ser conocida de...
- Artículo 822. Sólo la posesión que se adquiere y disfruta en concepto de dueño de la cosa...
- Artículo 823. Se presume que la posesión se sigue disfrutando en el mismo concepto en que...
- Artículo 824. La posesión se pierde: I.Por abandono; II.Por cesión a título...
- Artículo 825. Se pierde la posesión de los derechos cuando es imposible ejercitarlos o...
- Artículo 826. El propietario de una cosa puede gozar y disponer de ella con las...
- Artículo 827. La propiedad no puede ser ocupada contra la voluntad de su dueño, sino por...
- Artículo 828. La autoridad puede, mediante indemnización, ocupar la propiedad particular,...
- Artículo 829. El propietario o el inquilino de un predio, tienen derecho de ejercer las...
- Artículo 830. No pertenecen al dueño del predio, los minerales o substancias mencionadas...
- Artículo 831. En un predio no pueden hacerse excavaciones o construcciones que hagan...
- Artículo 832. No es lícito ejercitar el derecho de propiedad de manera que su ejercicio no...
- Artículo 833. Todo propietario tiene derecho de deslindar su propiedad y hacer o exigir el...
- Artículo 834. También tiene derecho y, en su caso, obligación de cerrar o de cercar su...
- Artículo 835. Nadie puede edificar ni plantar cerca de las plazas fuertes, fortalezas o...
- Artículo 836. Las servidumbres establecidas por utilidad pública o comunal, para la...
- Artículo 837. Nadie puede construir cerca de una pared ajena o de copropiedad, fosos,...
- Artículo 838. Nadie puede plantar árboles cerca de una heredad ajena, sino a la distancia...
- Artículo 839. El propietario puede pedir que se arranquen los árboles plantados a menor...
- Artículo 840. Si las ramas de los árboles se extienden sobre heredades, jardines o patios...
- Artículo 841. El dueño de una pared que no sea de copropiedad contigua a finca ajena,...
- Artículo 842. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, el dueño de la finca o...
- Artículo 843. No se pueden tener ventanas para asomarse, ni balcones u otros voladizos...
- Artículo 844. La distancia de que habla el artículo anterior se mide desde la línea de...
- Artículo 845. El propietario de un edificio está obligado a construir sus tejados y...
- Artículo 846. Los animales sin marca alguna que se encuentren en la propiedad, se presumen...
- Artículo 847. Los animales sin marca que se encuentren en tierras de propiedad particular...
- Artículo 848. El derecho de caza y el de apropiarse los productos de está en terrenos...
- Artículo 849. En terrenos de propiedad particular no puede ejercitarse el derecho a que se...
- Artículo 850. El ejercicio del derecho de cazar se regirá por los reglamentos...
- Artículo 851. El cazador se hace dueño del animal que caza, por el acto de apoderarse de...
- Artículo 852. Se considera capturado el animal que ha sido muerto por el cazador durante...
- Artículo 853. Si la pieza herida muriese en terrenos ajenos, el propietario de éstos o...
- Artículo 854. El propietario que infrinja el artículo anterior, pagará el valor de la...
- Artículo 855. El hecho de entrar los perros de caza en terreno ajeno, sin la voluntad del...
- Artículo 856. La acción para pedir la reparación prescribe a los treinta días, contados...
- Artículo 857. Es lícito a los labradores destruir, en cualquier tiempo, los animales...
- Artículo 858. El mismo derecho se tiene respecto a las aves domésticas en los campos en...
- Artículo 859. Se prohíbe absolutamente destruir en predios ajenos los nidos, huevos y...
- Artículo 860. El derecho de pesca en aguas particulares pertenece a los dueños de los...
- Artículo 861. Es lícito a cualquier persona apropiarse los animales bravíos, conforme a...
- Artículo 862. Es lícito a cualquier persona apropiarse los enjambres que no hayan sido...
- Artículo 863. No se entiende que las abejas han abandonado la colmena cuando se han posado...
- Artículo 864. Los animales feroces que escaparen del encierro en que los tengan sus...
- Artículo 865. La apropiación de los animales domésticos se rige por las disposiciones...
- Artículo 866. Para los efectos de los artículos que siguen, se entiende por tesoro el...
- Artículo 867. El tesoro oculto pertenece al que lo descubre en sitio de su propiedad
- Artículo 868. Si el sitio fuere de dominio del poder público o perteneciere a alguna...
- Artículo 869. Cuando los objetos descubiertos fueren interesantes para las ciencias o para...
- Artículo 870. Para que el que descubra un tesoro en suelo ajeno del derecho ya declarado,...
- Artículo 871. De propia autoridad, nadie puede, en terreno o edificio ajeno, hacer...
- Artículo 872. El tesoro descubierto en terreno ajeno, por obras practicadas sin...
- Artículo 873. El que sin consentimiento del dueño hiciere en terreno ajeno obras para...
- Artículo 874. Si el tesoro se buscare con consentimiento del dueño del fundo, se...
- Artículo 875. Cuando uno tuviere la propiedad y otro el usufructo de una finca en que se...
- Artículo 876. Si el propietario encuentra el tesoro en la finca o terreno cuyo usufructo...
- Artículo 877. La propiedad de los bienes da derecho a todo lo que ellos producen o se les...
- Artículo 878. En virtud de él, pertenecen al propietario: I.Los frutos naturales;...
- Artículo 879. Son frutos naturales las producciones espontáneas de la tierra, las crías y...
- Artículo 880. Las crías de los animales pertenecen al dueño de la madre y no al del padre,...
- Artículo 881. Son frutos industriales los que producen las heredades o fincas de...
- Artículo 882. No se reputan frutos naturales o industriales sino desde que estén...
- Artículo 883. Para que los animales se consideren frutos, basta que estén en el vientre de...
- Artículo 884. Son frutos civiles, los alquileres de los bienes muebles, las rentas de los...
- Artículo 885. El que perciba los frutos tiene la obligación de abonar los gastos hechos...
- Artículo 886. Todo lo que se une o se incorpora a una cosa, lo edificado, lo plantado, lo...
- Artículo 887. Todas las obras, siembras y plantaciones, así como las mejoras y...
- Artículo 888. El que siembre, plante o edifique en finca propia, con semillas plantas o...
- Artículo 889. El dueño de las semillas, plantas o materiales, nunca tendrá derecho de...
- Artículo 890. Cuando las semillas o los materiales no estén aún aplicados a su objeto ni...
- Artículo 891. El dueño de terreno en que se edifique, siembre o plante de buena fe, tendrá...
- Artículo 892. El que edifica, planta o siembra de mala fe en terreno ajeno, pierde lo...
- Artículo 893. El dueño del terreno en que se haya edificado con mala fe, podrá pedir la...
- Artículo 894. Cuando haya mala fe, no sólo por parte del que edificare, sino por parte del...
- Artículo 895. Se entiende que hay mala fe de parte del edificador, plantador o sembrador,...
- Artículo 896. Se entiende haber mala fe por parte del dueño del terreno, siempre que a su...
- Artículo 897. Si los materiales, plantas o semillas pertenecen a un tercero que no ha...
- Artículo 898. No tendrá lugar lo dispuesto en el artículo anterior, si el propietario del...
- Artículo 899. El acrecentamiento que por aluvión reciben las heredades confinantes con...
- Artículo 900. Los dueños de las heredades confinantes con las lagunas o estanques no...
- Artículo 901. Cuando la fuerza del río arranca una porción considerable y reconocible de...
- Artículo 902. Los árboles arrancados y transportados por la corriente de las aguas...
- Artículo 903. La ley sobre aguas, de jurisdicción federal, determinará a quién pertenecen...
- Artículo 904. Los cauces abandonados por corrientes de agua que no sean de la Federación,...
- Artículo 905. Cuando la corriente del río se divide en dos brazos o ramales, dejando...
- Artículo 906. Cuando dos cosas muebles que pertenecen a dos dueños distintos, se unen de...
- Artículo 907. Se reputa principal, entre dos cosas incorporadas, la de mayor valor
- Artículo 908. Si no pudiere hacerse la calificación conforme a la regla establecida en el...
- Artículo 909. En la pintura, escultura y bordado en los escritos impresos, grabados,...
- Artículo 910. Cuando las cosas unidas puedan separarse sin detrimento y subsistir...
- Artículo 911. Cuando las cosas unidas no pueden separarse sin que la que se reputa...
- Artículo 912. Cuando el dueño de la cosa accesoria es el que ha hecho la incorporación, la...
- Artículo 913. Si el dueño de la cosa principal es el que ha procedido de mala fe, el que...
- Artículo 914. Si la incorporación se hace por cualquiera de los dueños a vista o ciencia y...
- Artículo 915. Siempre que el dueño de la materia empleada sin su consentimiento, tenga...
- Artículo 916. Si se mezclan dos cosas de igual o diferente especie, por voluntad de sus...
- Artículo 917. Si por voluntad de uno solo, pero con buena fe se mezclan o confunden dos...
- Artículo 918. El que de mala fe hace la mezcla o confusión, pierde la cosa mezclada o...
- Artículo 919. El que de buena fe empleó materia ajena en todo o en parte, para formar una...
- Artículo 920. Cuando el mérito artístico de la obra sea inferior en precio a la materia,...
- Artículo 921. Si la especificación se hizo de mala fe, el dueño de la materia empleada...
- Artículo 922. La mala fe en los casos de mezcla o confusión, se calificará conforme a lo...
- Artículo 923. El dueño del predio en que exista una fuente natural o que haya perforado un...
- Artículo 924. Si alguno perforase pozo o hiciere obras de captación de aguas subterráneas...
- Artículo 925. El propietario de las aguas no podrá desviar su curso de modo que cause daño...
- Artículo 926. El uso y aprovechamiento de las aguas de dominio público se regirá por la...
- Artículo 927. El propietario de un predio que sólo con muy costosos trabajos pueda...
- Artículo 928. Hay copropiedad cuando una cosa o un derecho pertenece pro indiviso a varias...
- Artículo 929. Los que por cualquier título tienen el dominio legal de una cosa, no pueden...
- Artículo 930. Si el dominio no es divisible o la cosa no admite cómoda división y los...
- Artículo 931. A falta de contrato o disposición especial, se regirá la copropiedad por las...
- Artículo 932. El concurso de los partícipes tanto en los beneficios como en las cargas,...
- Artículo 933. Cada partícipe podrá servirse de las cosas comunes, siempre que disponga de...
- Artículo 934. Todo copropietario tiene derecho para obligar a los partícipes a contribuir...
- Artículo 935. Ninguno de los condueños podrá, sin el consentimiento de los demás, hacer...
- Artículo 936. Para los actos de administración, goce y disposición de la cosa común, serán...
- Artículo 937. Los condueños podrán nombrar un representante común para todas sus...
- Artículo 938. Si las porciones de los participantes fueren o debieren presumirse iguales,...
- Artículo 939. Los copropietarios que formen mayoría, son responsables de los daños y...
- Artículo 940. Cuando parte de la cosa perteneciere exclusivamente a un copropietario o a...
- Artículo 941. Todo condueño tiene la plena propiedad de la parte alícuota que le...
- Artículo 942. Cuando los diferentes pisos de una casa pertenecieren a distintos...
- Artículo 943. Cuando haya constancia que demuestre quién fabricó la pared que divide los...
- Artículo 944. Se presume la copropiedad, mientras no haya signo exterior que demuestre lo...
- Artículo 945. Hay signo contrario a la copropiedad: I.Cuando hay ventanas o huecos...
- Artículo 946. En general, se presume que en los casos señalados en el artículo anterior,...
- Artículo 947. Las zanjas o acequias abiertas entre las heredades, se presumen también de...
- Artículo 948. Hay signo contrario a la copropiedad, cuando la tierra o broza sacada de la...
- Artículo 949. La presunción que establece el artículo anterior, cesa cuando la inclinación...
- Artículo 950. Los dueños de los predios están obligados a cuidar de que no se deteriore la...
- Artículo 951. La reparación y reconstrucción de las paredes de propiedad común y el...
- Artículo 952. El propietario que quiera librarse de las obligaciones que impone el...
- Artículo 953. El propietario de un edificio que se apoya en una pared común, puede, al...
- Artículo 954. El propietario de una fina contigua a una pared divisoria que no sea común,...
- Artículo 955. Todo propietario puede alzar la pared de propiedad común, haciéndolo a sus...
- Artículo 956. Serán igualmente de su cuenta todas las obras de conservación de la pared en...
- Artículo 957. Si la pared de propiedad común no puede resistir a la elevación, el...
- Artículo 958. La pared de propiedad común que ha sido aumentada en altura o espesor,...
- Artículo 959. Los demás propietarios que no hayan, contribuido a dar más elevación o...
- Artículo 960. Cada propietario de una pared común podrá usar de ella en proporción al...
- Artículo 961. Los árboles existentes en cerca de copropiedad o que señalen lindero, son...
- Artículo 962. Los frutos del árbol o del arbusto común y los gastos de cultivos, serán...
- Artículo 963. Ningún copropietario puede, sin consentimiento del otro, abrir ventana ni...
- Artículo 964. Los propietarios de cosa indivisa no pueden enajenar a extraños su parte...
- Artículo 965. Si varios propietarios de cosa indivisa hicieren uso del derecho del tanto,...
- Artículo 966. Las enajenaciones hechas por herederos o legatarios de la parte de herencia...
- Artículo 967. La copropiedad cesa: por la división de la cosa común; por la destrucción o...
- Artículo 968. La división de una cosa común no perjudica a tercero, el cual conserva los...
- Artículo 969. La división de bienes inmuebles es nula si no se hace con las mismas...
- Artículo 970. Son aplicables a la división entre partícipes, las reglas concernientes a la...
- Artículo 971. El usufructo es el derecho real y temporal de disfrutar de los bienes...
- Artículo 972. El usufructo puede constituirse por la ley, por la voluntad del hombre o por...
- Artículo 973. Puede constituirse el usufructo a favor de una o de varias personas,...
- Artículo 974. Si se constituye a favor de varias personas simultáneamente, sea por...
- Artículo 975. Si se constituye sucesivamente, el usufructo no tendrá lugar sino en favor...
- Artículo 976. El usufructo puede constituirse desde o hasta cierto día, puramente o bajo...
- Artículo 977. Es vitalicio el usufructo si en el título constitutivo no se expresa lo...
- Artículo 978. Los derechos y obligaciones del usufructuario y del propietario se arreglan,...
- Artículo 979. Las personas morales que no pueden adquirir, poseer o administrar bienes...
- Artículo 980. El usufructuario tiene derecho de ejercitar todas las acciones y excepciones...
- Artículo 981. El usufructuario tiene derecho de percibir todos los frutos, sean naturales,...
- Artículo 982. Los frutos naturales o industriales pendientes al tiempo de comenzar el...
- Artículo 983. Los frutos civiles pertenecen al usufructuario en proporción del tiempo que...
- Artículo 984. Si el usufructo comprendiera cosas que se deteriorasen por el uso, el...
- Artículo 985. Si el usufructo comprende cosas que no pueden usarse sin consumirse, el...
- Artículo 986. Si el usufructo se constituye sobre capitales impuestos a réditos, el...
- Artículo 987. El usufructuario de un monte disfruta de todos los productos que provengan...
- Artículo 988. Si el monte fuere talar o de maderas de construcción, podrá el usufructuario...
- Artículo 989. En los demás casos, el usufructuario no podrá cortar árboles por el pie,...
- Artículo 990. El usufructuario podrá utilizar los viveros sin perjuicio de su...
- Artículo 991. Corresponde al usufructuario el fruto de los aumentos que reciban las cosas...
- Artículo 992. No corresponden al usufructuario los productos de las minas que se exploten...
- Artículo 993. El usufructuario puede gozar por sí mismo de la cosa usufructuada. Puede...
- Artículo 994. El usufructuario puede hacer mejoras útiles y puramente voluntarias; pero no...
- Artículo 995. El usufructuario goza del derecho del tanto. Es aplicable lo dispuesto en el...
- Artículo 996. El usufructuario, antes de entrar en el goce de los bienes, está obligado:...
- Artículo 997. El donador que se reserve el usufructo de los bienes donados está dispensado...
- Artículo 998. El que se reserva la propiedad, puede dispensar al usufructuario de la...
- Artículo 999. Si el usufructo fuere constituido por contrato y el que contrató quedare de...
- Artículo 1000. Si el usufructo se constituye por título oneroso y el usufructuario no...
- Artículo 1001. El usufructuario, dada la fianza, tendrá derecho a todos los frutos de la...
- Artículo 1002. En los casos en que el usufructuario enajene, arrende o grave el derecho de...
- Artículo 1003. Si el usufructo se constituye sobre ganados, el usufructuario está obligado...
- Artículo 1004. Si el ganado en que se constituyó el usufructo perece sin culpa del...
- Artículo 1005. Si el rebaño perece en parte, sin culpa del usufructuario, continúa el...
- Artículo 1006. El usufructuario de árboles frutales está obligado a la replantación de los...
- Artículo 1007. Si el usufructo se ha constituido a título gratuito, el usufructuario está...
- Artículo 1008. El usufructuario no está obligado a hacer dichas reparaciones, si la...
- Artículo 1009. En el caso anterior, el propietario tampoco está obligado a hacer las...
- Artículo 1010. Si el usufructuario quiere hacer las reparaciones referidas, debe obtener...
- Artículo 1011. Si el usufructo se ha constituido a título oneroso, el propietario tiene...
- Artículo 1012. Si el usufructuario quiere hacer en este caso las reparaciones, deberá dar...
- Artículo 1013. La omisión del aviso al propietario hace responsable al usufructuario de la...
- Artículo 1014. Toda disminución de los frutos que provenga de imposición de contribuciones...
- Artículo 1015. La disminución que por las propias causas se verifique, no en los frutos,...
- Artículo 1016. Si el usufructuario hace el pago de la cantidad, no tiene derecho de cobrar...
- Artículo 1017. El que por sucesión adquiera el usufructo universal, está obligado a pagar...
- Artículo 1018. El que por el mismo título adquiera una parte del usufructo universal,...
- Artículo 1019. El usufructuario particular de una finca hipotecada no está obligado a pagar...
- Artículo 1020. Si la finca se embarga o se vende judicialmente para el pago de la deuda, el...
- Artículo 1021. Si el usufructo es de todos los bienes de una herencia o de una parte de...
- Artículo 1022. Si el usufructuario se negare a hacer la anticipación de que habla el...
- Artículo 1023. Si el propietario hiciere la anticipación por su cuenta, el usufructuario...
- Artículo 1024. Si los derechos del propietario son perturbados por un tercero, sea del modo...
- Artículo 1025. Los gastos, costas y condenas de los pleitos sostenidos sobre el usufructo...
- Artículo 1026. Si el pleito interesa al mismo tiempo al dueño y al usufructuario,...
- Artículo 1027. Si el usufructuario sin citación del propietario o éste sin la de aquél, ha...
- Artículo 1028. El usufructo se extingue: I.Por muerte del usufructuario; II.Por...
- Artículo 1029. La muerte del usufructuario no extingue el usufructo, cuando éste se ha...
- Artículo 1030. El usufructo constituido a favor de personas morales que puedan adquirir y...
- Artículo 1031. El usufructo concedido por el tiempo que tarde un tercero en llegar a cierta...
- Artículo 1032. Si el usufructo está constituido sobre un edificio y éste se arruina en un...
- Artículo 1033. Si la cosa usufructuada fuere expropiada por causa de utilidad pública, el...
- Artículo 1034. Si el edificio es reconstruido por el dueño o por el usufructuario, se...
- Artículo 1035. El impedimento temporal por caso fortuito o fuerza mayor, no extingue el...
- Artículo 1036. El tiempo del impedimento se tendrá por corrido para el usufructuario, de...
- Artículo 1037. El usufructo no se extingue por el mal uso que haga el usufructuario de la...
- Artículo 1038. Terminado el usufructo, los contratos que respecto de él haya celebrado el...
- Artículo 1039. El uso da derecho para recibir de los frutos de una cosa ajena, los que...
- Artículo 1040. La habitación da, a quien tiene este derecho, la facultad de ocupar...
- Artículo 1041. El usuario y el que tiene derecho de habitación en un edificio, no puede...
- Artículo 1042. Los derechos y obligaciones del usuario y del que tiene el goce de...
- Artículo 1043. Las disposiciones establecidas para el usufructo son aplicables a los...
- Artículo 1044. El que tiene derecho de uso sobre un ganado, puede aprovechar las crías, la...
- Artículo 1045. Si el usuario consume todos los frutos de los bienes o el que tiene derecho...
- Artículo 1046. Si los frutos que quedan al propietario no alcanzan a cubrir los gastos y...
- Artículo 1047. La servidumbre es un gravamen real impuesto sobre un inmueble en beneficio...
- Artículo 1048. La servidumbre consiste en no hacer o en tolerar. Para que al dueño del...
- Artículo 1049. Las servidumbres son continuas o discontinuas; aparentes o no aparentes
- Artículo 1050. Son continuas, aquéllas cuyo uso es o puede ser incesante sin la...
- Artículo 1051. Son discontinuas, aquéllas cuyo uso necesita de algún hecho actual del...
- Artículo 1052. Son aparentes, las que se anuncian por obras o signos exteriores dispuestos...
- Artículo 1053. Son no aparentes, las que no presentan signo exterior de su existencia
- Artículo 1054. Las servidumbres son inseparables del inmueble a que activa o pasivamente...
- Artículo 1055. Si los inmuebles mudan de dueño, la servidumbre continúa, ya activa, ya...
- Artículo 1056. Las servidumbres son indivisibles. Si el predio sirviente se divide entre...
- Artículo 1057. Si es el predio dominante el que se divide entre muchos, cada porcionero...
- Artículo 1058. Si la servidumbre se hubiere establecido en favor de una sola de las partes...
- Artículo 1059. Las servidumbres traen su origen de la voluntad del hombre o de la ley; las...
- Artículo 1060. Servidumbre legal es la establecida por la ley, teniendo en cuenta la...
- Artículo 1061. Es aplicable a las servidumbres legales lo dispuesto en el Capítulo Séptimo...
- Artículo 1062. Todo lo concerniente a las servidumbres establecidas para la utilidad...
- Artículo 1063. Los predios inferiores están sujetos a recibir las aguas que naturalmente o...
- Artículo 1064. Cuando los predios inferiores reciban las aguas de los superiores a...
- Artículo 1065. Cuando un predio rústico o urbano se encuentre enclavado entre otros,...
- Artículo 1066. El dueño de un predio en que existan obras defensivas para contener el agua...
- Artículo 1067. Lo dispuesto en el artículo anterior, es aplicable al caso en que sea...
- Artículo 1068. Todos los propietarios que participen del beneficio proveniente de las obras...
- Artículo 1069. Si las aguas que pasan al predio sirviente se han vuelto insalubres por los...
- Artículo 1070. El que quiera usar agua de que pueda disponer, tiene derecho de hacerla...
- Artículo 1071. Se exceptúan de las servidumbres que establece el artículo anterior, los...
- Artículo 1072. El que ejercite el derecho de hacer pasar las aguas por fundos intermedios,...
- Artículo 1073. El que tiene en su predio un canal para el curso de aguas que le pertenecen,...
- Artículo 1074. También se deberá conceder el paso de las aguas a través de los canales y...
- Artículo 1075. Para el caso de aguas que atraviesen por fundos intermedios, si fuere...
- Artículo 1076. La autoridad sólo concederá el permiso con entera sujeción a los reglamentos...
- Artículo 1077. El que sin dicho permiso previo pasare el agua o la derramare sobre el...
- Artículo 1078. El que pretenda usar el derecho en cuestión, debe, previamente:...
- Artículo 1079. Respecto de quien tiene en su predio un canal para el curso de las aguas que...
- Artículo 1080. La cantidad de agua que pueda hacerse pasar por un acueducto establecido en...
- Artículo 1081. Si el que disfrute del acueducto necesitare ampliarlo, deberá costear las...
- Artículo 1082. La servidumbre legal establecida por el primer artículo de este Capítulo,...
- Artículo 1083. Las disposiciones concernientes al paso de las aguas, son aplicables al caso...
- Artículo 1084. Todo el que aproveche de un acueducto, ya pase por terreno propio, ya por...
- Artículo 1085. Si los que aprovecharen fueren varios, la obligación recaerá sobre todos, en...
- Artículo 1086. Lo dispuesto en los dos artículos anteriores comprende la limpia,...
- Artículo 1087. La servidumbre de acueducto no obsta para que el predio sirviente pueda...
- Artículo 1088. Cuando para el mejor aprovechamiento del agua de que se tiene derecho de...
- Artículo 1089. El propietario de una finca o heredad enclavada entre otras ajenas, sin...
- Artículo 1090. La acción para reclamar esta indemnización es prescriptible, pero aunque...
- Artículo 1091. El dueño del predio sirviente tiene derecho de señalar el lugar donde haya...
- Artículo 1092. Si el juez califica el lugar señalado de impracticable o de muy gravoso para...
- Artículo 1093. Si este lugar es calificado de la misma manera que el primero, el juez...
- Artículo 1094. Si hubiere varios predios por donde pueda darse el paso a la vía pública, el...
- Artículo 1095. En la servidumbre de paso, el ancho de éste será el que baste a las...
- Artículo 1096. En caso de que hubiere habido antes comunicación entre la finca o heredad y...
- Artículo 1097. El dueño de un predio rústico tiene derecho, mediante la indemnización...
- Artículo 1098. El propietario de árbol o arbusto contiguo al predio de otro, tiene derecho...
- Artículo 1099. Si fuera indispensable para construir o reparar algún edificio, pasar...
- Artículo 1100. Cuando para establecer comunicaciones telefónicas particulares entre dos o...
- Artículo 1101. El propietario de una finca o heredad, puede establecer en ella cuantas...
- Artículo 1102. Sólo pueden constituir servidumbre las personas que tienen derecho de...
- Artículo 1103. Si fueren varios los propietarios de un predio, no se podrán imponer...
- Artículo 1104. Si siendo varios los propietarios, uno solo de ellos adquiere una...
- Artículo 1105. Las servidumbres continuas y aparentes se adquieren por cualquier título...
- Artículo 1106. Las servidumbres continuas no aparentes y las discontinuas, sean o no...
- Artículo 1107. Al que pretenda tener derecho a una servidumbre, toca probar, aunque esté en...
- Artículo 1108. La existencia de un signo aparente de servidumbre entre dos fincas,...
- Artículo 1109. Al constituirse una servidumbre, se entienden concedidos todos los medios...
- Artículo 1110. El uso y la extensión de las servidumbres establecidas por la voluntad del...
- Artículo 1111. Corresponde al dueño del predio dominante hacer a su costa todas las obras...
- Artículo 1112. El mismo, tiene la obligación de hacer a su costa las obras que fueren...
- Artículo 1113. Si el dueño del predio sirviente se hubiere obligado en el título...
- Artículo 1114. El dueño del predio sirviente no podrá menoscabar de modo alguno la...
- Artículo 1115. El dueño del predio sirviente, si el lugar primitivamente designado para el...
- Artículo 1116. El dueño del predio sirviente puede ejecutar las obras que hagan menos...
- Artículo 1117. Si de la conservación de dichas obras se sigue algún perjuicio al predio...
- Artículo 1118. Si el dueño del predio dominante se opone a las obras que pretenda realizar...
- Artículo 1119. Cualquier duda sobre el uso y extensión de la servidumbre se decidirá en el...
- Artículo 1120. Las servidumbres voluntarias se extinguen: I.Por reunirse en una misma...
- Artículo 1121. Si los predios entre los que esté constituida una servidumbre legal pasan a...
- Artículo 1122. Las servidumbres legales establecidas como de utilidad pública o comunal se...
- Artículo 1123. El dueño de un predio sujeto a una servidumbre legal, puede, por medio de...
- Artículo 1124. Si el predio dominante pertenece a varios dueños pro indiviso, el uso que...
- Artículo 1125. Si entre los propietarios hubiere algunos contra quien, por leyes...
- Artículo 1126. El modo de usar la servidumbre puede prescribirse en el tiempo y de la...
- Artículo 1127. La prescripción es un medio de adquirir bienes o de librarse de...
- Artículo 1128. La adquisición de bienes en virtud de la posesión, se llama prescripción...
- Artículo 1129. Sólo pueden prescribirse los bienes y obligaciones que están en el comercio,...
- Artículo 1130. Pueden adquirir por prescripción positiva todos los que son capaces de...
- Artículo 1131. Para los efectos de los artículos 822 y 823, se dice legalmente cambiada la...
- Artículo 1132. La prescripción negativa aprovecha a todos, aún a los que por sí mismos no...
- Artículo 1133. Las personas con capacidad para enajenar pueden renunciar la prescripción...
- Artículo 1134. La renuncia de la prescripción es expresa o tácita, siendo esta última la...
- Artículo 1135. Los acreedores y todos los que tuvieren legítimo interés en que la...
- Artículo 1136. Si varias personas poseen en común alguna cosa, no puede ninguna de ellas...
- Artículo 1137. Si varias personas poseen en común alguna cosa, no puede ninguna de ellas...
- Artículo 1138. En el caso previsto por el artículo que precede, el acreedor sólo podrá...
- Artículo 1139. La prescripción adquirida por el deudor principal aprovecha siempre a sus...
- Artículo 1140. El Estado, así como los municipios y las otras personas morales, se...
- Artículo 1141. El que prescriba puede completar el plazo necesario para su prescripción,...
- Artículo 1142. Las disposiciones de este Título, relativas al tiempo y demás requisitos...
- Artículo 1143. La posesión necesaria para prescribir, debe ser: I.En concepto de...
- Artículo 1144. Los bienes inmuebles se prescriben: I.En cinco, años cuando se poseen...
- Artículo 1145. Los bienes muebles se prescriben en tres años, cuando son poseídos con buena...
- Artículo 1146. Cuando la posesión se adquiere por medio de violencia, aunque ésta cese y la...
- Artículo 1147. La posesión adquirida por medio de un delito se tendrá en cuenta para la...
- Artículo 1148. El que hubiere poseído inmuebles por el tiempo y con las condiciones...
- Artículo 1149. La sentencia ejecutoria que declare procedente la acción de prescripción, se...
- Artículo 1150. La prescripción negativa se verifica por el solo transcurso del tiempo...
- Artículo 1151. Fuera de los casos de excepción, se necesita el lapso de diez años, contados...
- Artículo 1152. La obligación de dar alimentos es imprescriptible
- Artículo 1153. Prescriben en dos años: I.Los honorarios, sueldos, salarios, jornales u...
- Artículo 1154. Las pensiones, las rentas, los alquileres y cualesquiera otras prestaciones...
- Artículo 1155. Respecto de las obligaciones con pensión o renta, el tiempo de la...
- Artículo 1156. Prescribe en cinco años la obligación de dar cuentas. En igual plazo se...
- Artículo 1157. La prescripción puede comenzar y correr contra cualquiera persona, salvo las...
- Artículo 1158. La prescripción no puede comenzar ni correr contra los incapacitados, sino...
- Artículo 1159. La prescripción no puede comenzar ni correr: I.Entre ascendientes y...
- Artículo 1160. La prescripción se interrumpe: I.Si el poseedor es privado de la...
- Artículo 1161. Las causas que interrumpen la prescripción respecto de uno de los deudores...
- Artículo 1162. Si el acreedor, consintiendo en la división de la deuda respecto de uno de...
- Artículo 1163. Lo dispuesto en los dos artículos anteriores es aplicable a los herederos...
- Artículo 1164. La interrupción de la prescripción contra el deudor principal produce los...
- Artículo 1165. Para que la prescripción de una obligación se interrumpa respecto de todos...
- Artículo 1166. La interrupción de la prescripción a favor de alguno de los acreedores...
- Artículo 1167. El efecto de la interrupción es inutilizar, para la prescripción, todo el...
- Artículo 1168. El tiempo para la prescripción se cuenta por años y no de momento a momento,...
- Artículo 1169. Los meses se regularán por el número de días que les correspondan.
- Artículo 1170. Cuando la prescripción se cuente por días, se entenderán éstos de...
- Artículo 1171. El día en que comienza la prescripción se cuenta siempre entero, aunque no...
- Artículo 1172. Cuando el último día sea feriado no se tendrá por completa la prescripción,...
- Artículo 1173. Herencia es la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus...
- Artículo 1174. La herencia se defiere por la voluntad del testador o por disposición de la...
- Artículo 1175. El testador puede disponer del todo o de parte de sus bienes. La parte de...
- Artículo 1176. El heredero adquiere a título universal y responde de las cargas de la...
- Artículo 1177. El legatario adquiere a título particular y no tiene más cargas que las que...
- Artículo 1178. Cuando toda la herencia se distribuya en legados, los legatarios serán...
- Artículo 1179. Si el autor de la herencia y sus herederos o legatarios perecieren en el...
- Artículo 1180. La prueba de que una persona falleció antes que otra, corresponde a quién...
- Artículo 1181. A la muerte del autor de la sucesión, los herederos adquieren derecho a la...
- Artículo 1182. Cada heredero puede disponer del derecho que tiene en la masa hereditaria,...
- Artículo 1183. El legatario adquiere derecho al legado puro y simple, así como al de día...
- Artículo 1184. El heredero o legatario no puede enajenar su parte en la herencia sino...
- Artículo 1185. El heredero de parte de los bienes que quiera vender a un extraño su derecho...
- Artículo 1186. Si dos o más coherederos quisieran hacer uso del derecho del tanto, quienes...
- Artículo 1187. El derecho citado, cesa si la enajenación se hace a un coheredero
- Artículo 1188. Testamento es un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una...
- Artículo 1189. No pueden testar en el mismo acto dos o más personas, ya en provecho...
- Artículo 1190. Ni la subsistencia del nombramiento del heredero o de los legatarios, ni la...
- Artículo 1191. Cuando el testador deje como herederos o legatarios a determinadas clases,...
- Artículo 1192. El testador puede encomendar a un tercero que haga la elección de los actos...
- Artículo 1193. La disposición hecha en términos vagos en favor de los parientes del...
- Artículo 1194. Las disposiciones hechas a título universal o particular no tienen ningún...
- Artículo 1195. Toda disposición testamentaria deberá entenderse en el sentido literal de...
- Artículo 1196. Si un testamento se pierde por un evento ignorado por el testador o por...
- Artículo 1197. La expresión de una causa contraria a derecho, aunque sea verdadera, se...
- Artículo 1198. Pueden testar todos aquellos a quienes la ley no prohíbe expresamente el...
- Artículo 1199. Están incapacitados para testar: I.Los menores que no han cumplido...
- Artículo 1200. Es válido el testamento hecho por un demente en un intervalo de lucidez, con...
- Artículo 1201. Siempre que un demente pretenda hacer testamento en un intervalo de lucidez,...
- Artículo 1202. Se hará constar en acta formal el resultado del reconocimiento
- Artículo 1203. Si éste fuere favorable, se procederá a la formación del testamento ante...
- Artículo 1204. Firmarán el acta, además del notario y de los testigos, el juez y los...
- Artículo 1205. Para juzgar de la capacidad del testador, se atenderá especialmente al...
- Artículo 1206. Todos los habitantes del Estado, de cualquier edad que sean, tienen...
- Artículo 1207. Son incapaces de adquirir por testamento o por intestado, a causa de falta...
- Artículo 1208. No obstante, será válida la disposición hecha en favor de los hijos que...
- Artículo 1209. Por razón de delito, son incapaces de adquirir por testamento o por...
- Artículo 1210. Se aplicará también lo dispuesto en la fracción II del artículo anterior,...
- Artículo 1211. Cuando la parte agraviada perdonare al ofensor, recobrará éste el derecho de...
- Artículo 1212. La capacidad para suceder por testamento, sólo se recobra si después de...
- Artículo 1213. En los casos de intestado, los descendientes del incapaz de heredar por...
- Artículo 1214. Por presunción de influjo contrario a la libertad del autor de la herencia,...
- Artículo 1215. La incapacidad a que se refiere el artículo anterior, no comprende a los...
- Artículo 1216. Por presunción contraria a la libertad del testador, son incapaces de...
- Artículo 1217. Por presunción de influjo contrario a la verdad e integridad del testamento,...
- Artículo 1218. Los ministros de los cultos no pueden ser herederos por testamento de los...
- Artículo 1219. El notario que, a sabiendas, autorice un testamento en que se contravenga lo...
- Artículo 1220. Los extranjeros y las personas morales son capaces de adquirir bienes por...
- Artículo 1221. Por falta de reciprocidad internacional, son incapaces de heredar por...
- Artículo 1222. La herencia o legado que se deje a un establecimiento público, imponiéndole...
- Artículo 1223. Las disposiciones testamentarias hechas en favor de los pobres en general o...
- Artículo 1224. Por renuncia o remoción de un cargo, son incapaces de heredar por testamento...
- Artículo 1225. Lo dispuesto en la primera parte del artículo anterior, no comprende a los...
- Artículo 1226. Las personas llamadas por la ley para desempeñar la tutela legítima y que...
- Artículo 1227. Para que el heredero pueda suceder, basta que sea capaz al tiempo de la...
- Artículo 1228. Si la institución fuere condicional, se necesitará, además, que el heredero...
- Artículo 1229. El heredero por testamento que muera antes que el testador o antes de que se...
- Artículo 1230. En los casos del artículo anterior, la herencia pertenece a los herederos...
- Artículo 1231. El que hereda en lugar del excluido, tendrá las mismas cargas y condiciones...
- Artículo 1232. Los deudores hereditarios que fueren demandados y que no tengan el carácter...
- Artículo 1233. La incapacidad para heredar no priva de los alimentos que por ley...
- Artículo 1234. La incapacidad para heredar no produce el efecto de privar al incapaz de lo...
- Artículo 1235. No puede deducirse acción para declarar la incapacidad, pasados tres años...
- Artículo 1236. Si el que entró en posesión de la herencia y la pierde después por...
- Artículo 1237. El testador es libre para establecer condiciones al disponer de sus bienes.
- Artículo 1238. Las condiciones impuestas a los herederos y legatarios, en lo que no esté...
- Artículo 1239. La falta de cumplimiento de alguna condición impuesta al heredero o al...
- Artículo 1240. La condición física o legalmente imposible de dar o de hacer, impuesta al...
- Artículo 1241. Si la condición que era imposible al tiempo de otorgar el testamento, dejare...
- Artículo 1242. Es nula la institución hecha bajo la condición de que el heredero o...
- Artículo 1243. La condición que solamente suspende por cierto tiempo la ejecución del...
- Artículo 1244. Cuando el testador no hubiere señalado plazo para el cumplimiento de la...
- Artículo 1245. Si la condición es simplemente potestativa de dar o hacer alguna cosa y el...
- Artículo 1246. La condición potestativa se tendrá por cumplida aun cuando el heredero o...
- Artículo 1247. En el caso final del artículo que precede, corresponde al que debe pagar el...
- Artículo 1248. La condición de no dar o de no hacer, se tendrá por no puesta. La...
- Artículo 1249. Cuando la condición fuere casual o mixta, bastará que se realice en...
- Artículo 1250. Si la condición se hubiere cumplido al hacerse el testamento, ignorándolo el...
- Artículo 1251. La condición impuesta al heredero o legatario de tomar o dejar de tomar...
- Artículo 1252. Podrá, sin embargo, dejarse a alguno el uso o habitación, una pensión...
- Artículo 1253. La condición que se ha cumplido existiendo la persona a quién se impuso, se...
- Artículo 1254. La carga de hacer alguna cosa se considera como condición resolutoria
- Artículo 1255. Si no se hubiere señalado tiempo para el cumplimiento de la carga, ni ésta...
- Artículo 1256. Si el legado fuere de prestación periódica, que debe concluir en un día que...
- Artículo 1257. Si el día en que debe comenzar el legado fuere seguro, sea que se sepa o no...
- Artículo 1258. En el caso del artículo anterior, si el legado consiste en prestación...
- Artículo 1259. Cuando el legado debe concluir en un día que es seguro que ha de llegar, se...
- Artículo 1260. Si el legado consistiere en prestación periódica, el legatario hará suyas...
- Artículo 1261. El testador debe dejar alimentos a las personas que se mencionan en las...
- Artículo 1262. No hay obligación de dejar alimentos, sino por imposibilidad de los...
- Artículo 1263. No hay obligación de dejar alimentos a las personas que tengan bienes; pero...
- Artículo 1264. Para tener derecho de ser alimentado se necesita encontrarse, al tiempo de...
- Artículo 1265. El derecho de percibir alimentos no es renunciable ni puede ser objeto de...
- Artículo 1266. Cuando el caudal hereditario no fuere suficiente para dar alimentos a todas...
- Artículo 1267. Es inoficioso el testamento en que no se deje la pensión alimenticia, según...
- Artículo 1268. El preterido tendrá solamente derecho a que se le dé la pensión que...
- Artículo 1269. La pensión alimenticia es carga de la masa hereditaria, excepto cuando el...
- Artículo 1270. El hijo póstumo tendrá derecho a percibir íntegra la porción que le...
- Artículo 1271. El testamento otorgado legalmente será válido, aunque no contenga...
- Artículo 1272. En los tres casos señalados en el artículo anterior, se cumplirán las demás...
- Artículo 1273. No obstante la libertad del testador para establecer condiciones, la...
- Artículo 1274. Los herederos instituidos sin designación de la parte que a cada uno...
- Artículo 1275. El heredero instituido en cosa cierta y determinada debe tenerse por...
- Artículo 1276. Aunque el testador nombre a algunos herederos individualmente y a otros...
- Artículo 1277. Si el testador instituye a sus hermanos y los tiene sólo de padre, sólo de...
- Artículo 1278. Si el testador llama a la sucesión a cierta persona y a sus hijos, se...
- Artículo 1279. El heredero debe ser instituido designándolo por su nombre y apellido; si...
- Artículo 1280. Aunque se haya omitido el nombre del heredero, si el testador le designare...
- Artículo 1281. El error en el nombre, apellido o cualidades del heredero no vicia la...
- Artículo 1282. Si entre varios individuos del mismo nombre y circunstancias no pudiere...
- Artículo 1283. Toda disposición en favor de persona incierta o sobre cosa que no pueda...
- Artículo 1284. Cuando no haya disposiciones especiales, los legatarios se regirán por las...
- Artículo 1285. El legado puede consistir en la prestación de la cosa o en la de algún hecho...
- Artículo 1286. No produce efecto el legado, si por acto del testador pierde la cosa legada...
- Artículo 1287. El testador puede gravar con legados no sólo a los herederos, sino a los...
- Artículo 1288. La cosa legada deberá ser entregada con todos sus accesorios y en el estado...
- Artículo 1289. Los gastos necesarios para la entrega de la cosa legada serán a cargo del...
- Artículo 1290. El legatario no puede aceptar una parte del legado y repudiar la otra
- Artículo 1291. Si el legatario muere antes de aceptar un legado y deja varios herederos,...
- Artículo 1292. Si se dejaren dos legados y uno fuere oneroso, el legatario no podrá...
- Artículo 1293. El heredero que sea al mismo tiempo legatario, puede renunciar la herencia y...
- Artículo 1294. El acreedor cuyo crédito no conste más que por testamento, se tendrá para...
- Artículo 1295. Cuando se legue una cosa con todo lo que comprenda, se entenderán legados...
- Artículo 1296. El legado del menaje de una casa, sólo comprende los bienes muebles que...
- Artículo 1297. Si el que lega una propiedad le agrega después nuevas adquisiciones, no se...
- Artículo 1298. La declaración a que se refiere el artículo precedente, no se requiere...
- Artículo 1299. El legatario puede exigir que el heredero otorgue fianza en todos los casos...
- Artículo 1300. Si sólo hubiere legatarios, podrán éstos exigirse entre sí la constitución...
- Artículo 1301. No puede el legatario ocupar por su propia autoridad la cosa legada,...
- Artículo 1302. Si la cosa legada estuviese en poder del legatario, podrá éste retenerla,...
- Artículo 1303. El importe de las contribuciones correspondientes al legado, se deducirá del...
- Artículo 1304. Si toda la herencia se distribuye en legados, se prorratearán las deudas y...
- Artículo 1305. El legado queda sin efecto si la cosa legada perece viviendo el testador, si...
- Artículo 1306. Queda también sin efecto el legado, si el testador enajena la cosa legada,...
- Artículo 1307. Si los bienes de la herencia no alcanzan para cubrir todos los legados, el...
- Artículo 1308. Los legatarios tienen derecho de reivindicar de tercero la cosa legada, ya...
- Artículo 1309. El legatario de un bien que perece incendiado después de la muerte del...
- Artículo 1310. Si se declara nulo el testamento después de pagado el legado, la acción del...
- Artículo 1311. Si el heredero o legatario renunciare a la sucesión, la carga que se les...
- Artículo 1312. Si la carga consiste en la ejecución de un hecho, el heredero o legatario...
- Artículo 1313. Si el legatario a quien se impuso algún gravamen no recibe todo el legado,...
- Artículo 1314. En los legados alternativos la elección corresponde al heredero, si el...
- Artículo 1315. Si el heredero tiene la elección, puede entregar la cosa de menor valor; si...
- Artículo 1316. En los legados alternativos se observará, además, lo dispuesto para las...
- Artículo 1317. En todos los casos en que el que tenga derecho de hacer la elección no...
- Artículo 1318. El juez, a petición de parte legítima, hará la elección si en el plazo que...
- Artículo 1319. La elección hecha legalmente es irrevocable
- Artículo 1320. Es nulo el legado que el testador hace de cosa propia individualmente...
- Artículo 1321. Si la cosa mencionada en el artículo que precede existe en la herencia pero...
- Artículo 1322. Cuando el legado es de cosa específica y determinada, propia del testador,...
- Artículo 1323. La cosa legada, en el caso del artículo anterior, quedará desde el mismo...
- Artículo 1324. Cuando el testador, el heredero o el legatario, sólo tengan cierta parte o...
- Artículo 1325. El legado de cosa ajena, si el testador sabía que lo era, es válido y el...
- Artículo 1326. La prueba de que el testador sabía que la cosa era ajena, corresponde al...
- Artículo 1327. Si el testador ignoraba que la cosa legada era ajena, es nulo el legado
- Artículo 1328. Es válido el legado si el testador, después de otorgado el testamento,...
- Artículo 1329. Es nulo el legado de cosa que al otorgarse el testamento pertenezca al mismo...
- Artículo 1330. Si en la cosa legada tiene alguna parte el testador o un tercero, sabiéndolo...
- Artículo 1331. Si el legatario adquiere la cosa legada después de otorgado el testamento,...
- Artículo 1332. Es válido el legado hecho a un tercero de cosa propia del heredero o de un...
- Artículo 1333. Si el testador ignoraba que la cosa fuese propia del heredero o del...
- Artículo 1334. El legado que consiste en la devolución de la cosa recibida en prenda o en...
- Artículo 1335. Lo dispuesto en el artículo que precede se observará también en el legado de...
- Artículo 1336. Si la cosa legada está dada en prenda o hipoteca o lo fuere después de...
- Artículo 1337. El legado de una deuda hecho al mismo deudor extingue la obligación y el que...
- Artículo 1338. Legado el título, sea público o privado, de una deuda, se entiende legada...
- Artículo 1339. El legado hecho al acreedor no compensa el crédito, a no ser que el testador...
- Artículo 1340. En caso de compensación, si los valores fueren diferentes, el acreedor...
- Artículo 1341. Por medio de un legado puede el deudor mejorar la condición de su acreedor,...
- Artículo 1342. El legado hecho a un tercero, de un crédito a favor del testador sólo...
- Artículo 1343. En el caso del artículo anterior, el que debe cumplir el legado entregará al...
- Artículo 1344. Cumpliendo lo dispuesto en el artículo que precede, el que debe pagar el...
- Artículo 1345. Los legados de deuda hechos al mismo deudor o a un tercero, comprenden los...
- Artículo 1346. Dichos legados subsistirán aunque el testador haya demandado judicialmente...
- Artículo 1347. El legado genérico de liberación o perdón de las deudas, comprende sólo las...
- Artículo 1348. El legado de cosa mueble indeterminada, pero comprendida en género...
- Artículo 1349. En el caso del artículo anterior, la elección es del que debe pagar el...
- Artículo 1350. Si el testador concede expresamente la elección al legatario, éste podrá, si...
- Artículo 1351. Si la cosa indeterminada fuere inmueble, sólo valdrá el legado existiendo en...
- Artículo 1352. El obligado a la entrega del legado responderá en caso de evicción, si la...
- Artículo 1353. En el legado de especie, el heredero debe entregar la misma cosa legada; en...
- Artículo 1354. Los legados en dinero deben pagarse en esa especie; si no la hay en la...
- Artículo 1355. El legado de cosa o cantidad depositada en lugar designado, sólo subsistirá...
- Artículo 1356. El legado de alimentos dura mientras viva el legatario, a no ser que el...
- Artículo 1357. Si el testador no señala la cantidad de alimentos, se observará lo dispuesto...
- Artículo 1358. Si el testador acostumbró en vida dar al legatario cierta cantidad de dinero...
- Artículo 1359. El legado de educación dura hasta que el legatario sale de la menor edad
- Artículo 1360. Cesa también el legado de educación si el legatario, durante la menor edad,...
- Artículo 1361. El legado de pensión, sean cuales fueren la cantidad, el objeto y los...
- Artículo 1362. Los legados de usufructo, uso, habitación o servidumbre, subsistirán...
- Artículo 1363. Sólo duran veinte años los legados de que trata el artículo anterior, si...
- Artículo 1364. Si la cosa legada estuviere sujeta a usufructo, uso o habitación, el...
- Artículo 1365. Puede el testador substituir con una o más personas al heredero o herederos...
- Artículo 1366. Quedan prohibidas las substituciones fideicomisarias y cualquier otra...
- Artículo 1367. Los substitutos pueden ser nombrados conjunta o sucesivamente
- Artículo 1368. El substituto del substituto, faltando éste, lo es del heredero substituido
- Artículo 1369. Los substitutos recibirán la herencia con los mismos gravámenes y...
- Artículo 1370. Si los herederos instituidos en partes desiguales fueren substituidos,...
- Artículo 1371. La nulidad de la substitución fideicomisaria no importa la de la...
- Artículo 1372. No se reputa fideicomisaria la disposición en que el testador deja la...
- Artículo 1373. Puede el padre dejar una parte o la totalidad de sus bienes a su hijo, con...
- Artículo 1374. La disposición que autoriza el artículo anterior, será nula cuando la...
- Artículo 1375. Se consideran fideicomisarias y, en consecuencia, prohibidas, las...
- Artículo 1376. La obligación que se impone al heredero de invertir ciertas cantidades en...
- Artículo 1377. Es nula la institución de heredero o legatario hecha en memorias o...
- Artículo 1378. Es nulo el testamento que haga el testador bajo la influencia de amenazas...
- Artículo 1379. El testador que se encuentre en el caso del artículo que precede, podrá,...
- Artículo 1380. Es nulo el testamento captado por dolo o fraude
- Artículo 1381. El juez que tuviere noticias de que alguno impide a otro testar, se...
- Artículo 1382. Es nulo el testamento en que el testador no exprese cumplida y claramente su...
- Artículo 1383. El testador no puede prohibir que se impugne el testamento en los casos en...
- Artículo 1384. El testamento es nulo cuando se otorga en contravención a las formas...
- Artículo 1385. Es nula la renuncia del derecho de testar y la cláusula en que alguno se...
- Artículo 1386. La renuncia de la facultad de revocar el testamento es nula
- Artículo 1387. El testamento anterior queda revocado de pleno derecho por el posterior...
- Artículo 1388. La revocación producirá su efecto aunque el segundo testamento caduque por...
- Artículo 1389. El testamento anterior recobrará, no obstante su fuerza, si el testador,...
- Artículo 1390. Las disposiciones testamentarias caducan y quedan sin efecto, en lo relativo...
- Artículo 1391. La disposición testamentaria que contenga condición de suceso pasado o...
- Artículo 1392. El testamento, en cuanto a su forma, es ordinario o especial.
- Artículo 1393. El ordinario puede ser: I.Público abierto; II.Público cerrado; y...
- Artículo 1394. El especial puede ser: I.Privado; II.Militar; III.Marítimo;...
- Artículo 1395. No pueden ser testigos del testamento: I.Los empleados del notario que...
- Artículo 1396. Cuando el testador ignore el idioma del país, un intérprete nombrado por el...
- Artículo 1397. Tanto el notario como los testigos que intervengan en cualquier testamento...
- Artículo 1398. Si la identidad del testador no pudiere ser verificada, se declarará esta...
- Artículo 1399. En el caso del artículo que precede, no tendrá validez el testamento...
- Artículo 1400. En la redacción de las disposiciones de última voluntad queda prohibido:...
- Artículo 1401. Siempre que se otorgue un testamento ante notario público, éste deberá...
- Artículo 1402. Lo dispuesto en el artículo que precede, se observará también por cualquiera...
- Artículo 1403. Si los interesados están ausentes o son desconocidos la noticia se dará al...
- Artículo 1404. Testamento público abierto, es el que se otorga ante notario, de conformidad...
- Artículo 1405. El testador expresará de un modo claro y terminante su voluntad al notario....
- Artículo 1406. Cuando el testador no sepa o no pueda firmar el testamento, si fuera sordo,...
- Artículo 1407. Cuando el testador declare que no sabe o no puede firmar el testamento, uno...
- Artículo 1408. En el caso de extrema urgencia y no pudiendo ser llamado otro testigo,...
- Artículo 1409. El que fuere enteramente sordo, pero que sepa leer, deberá dar lectura a su...
- Artículo 1410. Cuando el testador sea ciego o no pueda o no sepa leer, se dará lectura al...
- Artículo 1411. Cuando el testador ignore el idioma del país, si puede, escribirá su...
- Artículo 1412. Las formalidades expresadas en este Capítulo se practicarán en un sólo acto,...
- Artículo 1413. Faltando alguna de las referidas solemnidades, quedará el testamento sin...
- Artículo 1414. El testamento público cerrado puede ser escrito por el testador o por otra...
- Artículo 1415. El testador debe rubricar todas las hojas y firmar al calce del testamento,...
- Artículo 1416. En el caso del artículo que precede, la persona que haya rubricado y firmado...
- Artículo 1417. El papel en que esté escrito el testamento o el que le sirve de cubierta,...
- Artículo 1418. El testador, al hacer la presentación, declarará que en aquel pliego está...
- Artículo 1419. El notario dará fe del otorgamiento, con expresión de las formalidades...
- Artículo 1420. Si alguno de los testigos no supiere firmar, se llamará a otra persona que...
- Artículo 1421. Si al hacer la presentación del testamento no pudiera firmar el testador, lo...
- Artículo 1422. Sólo en los casos de suma urgencia podrá firmar uno de los testigos, ya sea...
- Artículo 1423. Los que no saben o no pueden leer, son inhábiles para hacer testamento...
- Artículo 1424. El sordomudo podrá hacer testamento cerrado, con tal que esté todo el...
- Artículo 1425. En el caso del artículo anterior, si el testador no puede firmar la cubierta...
- Artículo 1426. El que sea sólo mudo o sólo sordo, puede hacer testamento cerrado con tal...
- Artículo 1427. El testamento cerrado que carezca de alguna de las formalidades sobredichas,...
- Artículo 1428. Cerrado y autorizado el testamento se entregará al testador y el notario...
- Artículo 1429. Por la infracción del artículo anterior, se anulará el testamento y al...
- Artículo 1430. El testador podrá conservar el testamento en su poder o darlo en guarda a...
- Artículo 1431. El testador que quiera depositar su testamento en el mencionado Archivo, se...
- Artículo 1432. Pueden hacerse por procurador la presentación y depósito de que habla el...
- Artículo 1433. El testador puede retirar, cuando le parezca, su testamento, pero la...
- Artículo 1434. El poder para la entrega y para la extracción del testamento, debe otorgarse...
- Artículo 1435. Luego que el juez reciba un testamento cerrado, hará comparecer al notario y...
- Artículo 1436. El testamento cerrado no podrá ser abierto sino después de que el notario y...
- Artículo 1437. Si no pudieren comparecer todos los testigos por muerte, enfermedad o...
- Artículo 1438. Si por iguales causas no pudieren comparecer el notario, la mayor parte de...
- Artículo 1439. En todo caso, los que comparecieren reconocerán sus firmas
- Artículo 1440. Cumplido lo prescrito en los cinco artículos anteriores, el juez decretará...
- Artículo 1441. El testamento cerrado quedará sin efecto siempre que se encuentre roto el...
- Artículo 1442. Toda persona que tuviere en su poder un testamento cerrado y no lo presente,...
- Artículo 1443. Se llama testamento ológrafo, al escrito de puño y letra del testador
- Artículo 1444. Este testamento sólo podrá ser otorgado por las personas mayores de edad y...
- Artículo 1445. Si contuviere palabras, tachadas enmendadas o entre renglones, las salvará...
- Artículo 1446. El testador hará por duplicado su testamento e imprimirá en cada ejemplar su...
- Artículo 1447. El depósito en el Registro Público de referencia, se hará personalmente por...
- Artículo 1448. En el sobre cerrado que contenga el duplicado del testamento ológrafo se...
- Artículo 1449. Cuando el testador estuviere imposibilitado para hacer personalmente la...
- Artículo 1450. Hecho el depósito, el encargado del Registro tomará razón de él en el libro...
- Artículo 1451. En cualquier tiempo el testador tendrá derecho de retirar del archivo,...
- Artículo 1452. El juez ante quien se promueva en juicio sucesorio, pedirá informe al...
- Artículo 1453. El que guarde en su poder el duplicado de un testamento o cualquiera que...
- Artículo 1454. Recibido el testamento, el juez examinará la cubierta que lo contiene para...
- Artículo 1455. Sólo cuando el original depositado haya sido destruido o robado, se tendrá...
- Artículo 1456. El testamento ológrafo quedará sin efecto cuando el original o el duplicado,...
- Artículo 1457. El encargado del Registro Público de la Propiedad y del Comercio no...
- Artículo 1458. El testamento privado está permitido en los casos siguientes: I.Cuando...
- Artículo 1459. Para que en los casos enumerados en el artículo que precede pueda otorgarse...
- Artículo 1460. El testador que se encuentre en el caso de hacer testamento privado,...
- Artículo 1461. No será necesario redactar por escrito el testamento, cuando ninguno de los...
- Artículo 1462. En los casos de suma urgencia bastarán tres testigos idóneos
- Artículo 1463. Al otorgarse el testamento privado se observarán, en su caso, las...
- Artículo 1464. El testamento privado sólo surtirá sus efectos si el testador fallece de la...
- Artículo 1465. El testamento privado necesita, además, para su validez, que se haga la...
- Artículo 1466. La declaración a que se refiere el artículo anterior será pedida por los...
- Artículo 1467. Los testigos que concurren a un testamento privado deberán declarar...
- Artículo 1468. Si los testigos fueron idóneos y estuvieron conformes en todas y cada una de...
- Artículo 1469. Si después de la muerte del testador muriese alguno de los testigos se hará...
- Artículo 1470. Lo dispuesto en el artículo anterior se observará también en el caso de...
- Artículo 1471. Sabiéndose el lugar donde se hallan los testigos, serán examinados por...
- Artículo 1472. Testamento militar es la disposición que hace un miembro o asimilado del...
- Artículo 1473. El testamento militar puede ser escrito o verbal.
- Artículo 1474. El testamento militar será válido en el Estado, si se han seguido, en su...
- Artículo 1475. El testamento hecho a bordo de un buque nacional tendrá validez en el...
- Artículo 1476. Los testamentos hechos en otra entidad federativa, en el Distrito Federal o...
- Artículo 1477. En adquisición de vivienda conceptuada por las leyes como de interés social...
- Artículo 1478. La herencia legítima se abre: I.Cuando no hay testamento o el que se...
- Artículo 1479. Cuando siendo válido el testamento no deba subsistir la institución de...
- Artículo 1480. Si el testador dispone legalmente sólo de una parte de sus bienes, el resto...
- Artículo 1481. Tienen derecho a heredar por sucesión legítima: I.Los descendientes,...
- Artículo 1482. El parentesco de afinidad no da derecho de heredar
- Artículo 1483. Los parientes más próximos excluyen a los más remotos
- Artículo 1484. Los parientes que se hallaren en el mismo grado, heredarán por partes...
- Artículo 1485. Las líneas y grados de parentesco se arreglarán por las disposiciones...
- Artículo 1486. Si a la muerte de los padres quedaren sólo hijos, la herencia se dividirá...
- Artículo 1487. Cuando concurran descendientes con el cónyuge que sobreviva, a éste le...
- Artículo 1488. Si quedaren hijos y descendientes de ulterior grado, los primeros heredaran...
- Artículo 1489. Si sólo quedaren descendientes de ulterior grado, la herencia se dividirá...
- Artículo 1490. Concurriendo hijos con ascendientes, éstos sólo tendrán derecho a alimentos,...
- Artículo 1491. El adoptado hereda como un hijo
- Artículo 1492. Derogado
- Artículo 1493. Si el intestado no fuere absoluto, se deducirá del total de la herencia la...
- Artículo 1494. A falta de descendientes y de cónyuge, sucederán el padre y la madre por...
- Artículo 1495. Si sólo hubiere padre o madre, el que viva sucederá al hijo en toda la...
- Artículo 1496. Si sólo hubiere ascendientes de ulterior grado, por una línea, se dividirá...
- Artículo 1497. Si hubiere ascendientes por ambas líneas, se dividirá la herencia en dos...
- Artículo 1498. Los miembros de cada línea dividirán entre sí, por partes iguales, la...
- Artículo 1499. Los adoptantes, heredarán en los mismos términos establecidos en este...
- Artículo 1500. Derogado
- Artículo 1501. Los ascendientes tienen derecho a heredar a sus descendientes reconocidos
- Artículo 1502. Si el reconocimiento se hace después de que el descendiente haya adquirido...
- Artículo 1503. El cónyuge que sobrevive, concurriendo con descendientes, tendrá el derecho...
- Artículo 1504. En el primer caso del artículo anterior, el cónyuge recibirá íntegra la...
- Artículo 1505. Si el cónyuge que sobrevive concurre con ascendientes, la herencia se...
- Artículo 1506. Concurriendo el cónyuge con uno o más hermanos del autor de la sucesión, los...
- Artículo 1507. El cónyuge recibirá las porciones que le correspondan conforme a los...
- Artículo 1508. A falta de descendientes, ascendientes y hermanos, el cónyuge sucederá en...
- Artículo 1509. Si sólo hay hermanos por ambas líneas, sucederán por partes iguales
- Artículo 1510. Si concurren hermanos con medios hermanos, aquellos heredarán doble porción...
- Artículo 1511. Si concurren hermanos con sobrinos, hijos de hermanos o de medios hermanos...
- Artículo 1512. A falta de hermanos, sucederán sus hijos, dividiéndose la herencia por...
- Artículo 1513. A falta de los llamados en los artículos anteriores, sucederán los parientes...
- Artículo 1514. Los concubinarios tienen derecho a heredarse recíprocamente, siempre que...
- Artículo 1515. A falta de todos los herederos llamados en los Capítulos Quinto y Sexto,...
- Artículo 1516. Cuando a la muerte del marido la viuda crea haber quedado encinta, lo pondrá...
- Artículo 1517. Los interesados a que se refiere el precedente artículo pueden pedir al juez...
- Artículo 1518. Háyase o no dado el aviso de que habla el artículo 1516, al aproximarse la...
- Artículo 1519. Si el marido reconoció en instrumento público o privado la certeza de la...
- Artículo 1520. La omisión de la madre no perjudica a la legitimidad del hijo, si por otros...
- Artículo 1521. La viuda que quedare encinta, aún cuando tenga bienes, deberá ser alimentada...
- Artículo 1522. Si la viuda no cumple con lo dispuesto en los artículos 1516 y 1518, podrán...
- Artículo 1523. La viuda no está obligada a devolver los alimentos percibidos aun cuando...
- Artículo 1524. El juez decidirá de plano todas las cuestiones relativas a alimentos,...
- Artículo 1525. Para cualquiera de las diligencias que se practiquen conforme a lo dispuesto...
- Artículo 1526. La división de la herencia se suspenderá hasta que se verifique el parto o...
- Artículo 1527. La sucesión se abre en el momento en que muera el autor de la herencia y...
- Artículo 1528. No habiendo albacea nombrado, cada uno de los herederos puede, si no ha sido...
- Artículo 1529. Habiendo albacea nombrado, él deberá promover la reclamación a que se...
- Artículo 1530. El derecho de reclamar la herencia prescribe en diez años y es transmisible...
- Artículo 1531. Pueden aceptar o repudiar la herencia todos los que tienen la libre...
- Artículo 1532. La herencia dejada a los menores y demás incapacitados será aceptada por sus...
- Artículo 1533. Los cónyuges no necesitan autorizarse para aceptar o repudiar la herencia...
- Artículo 1534. La aceptación puede ser expresa o tácita. Es expresa la aceptación si el...
- Artículo 1535. Ninguno puede aceptar o repudiar la herencia en parte, con plazo o...
- Artículo 1536. Si los herederos no convinieren sobre la aceptación o repudiación, podrán...
- Artículo 1537. Si el heredero fallece sin aceptar o repudiar la herencia el derecho de...
- Artículo 1538. Los efectos de la aceptación o repudiación de la herencia se retrotraen...
- Artículo 1539. La repudiación debe ser expresa y hacerse por escrito ante el juez o por...
- Artículo 1540. La repudiación no priva al que la hace, si no es heredero ejecutor del...
- Artículo 1541. El que es llamado a una misma herencia por testamento y por intestado, si la...
- Artículo 1542. El que repudia el derecho de suceder por intestado, sin tener noticia de su...
- Artículo 1543. Ninguno puede renunciar la sucesión de persona viva, ni enajenar los...
- Artículo 1544. Nadie puede aceptar ni repudiar, sin estar cierto de la muerte de aquél de...
- Artículo 1545. Conocida la muerte de aquél a quien se hereda, se puede renunciar la...
- Artículo 1546. Las personas morales capaces de adquirir pueden, por conducto de sus...
- Artículo 1547. Cuando alguno tuviere interés en que el heredero declare si acepta o repudia...
- Artículo 1548. La aceptación y la repudiación una vez hechas son irrevocables y no pueden...
- Artículo 1549. El heredero puede revocar la aceptación o la repudiación, cuando por un...
- Artículo 1550. En el caso del artículo anterior, si el heredero revoca la aceptación,...
- Artículo 1551. Si el heredero repudia la herencia en perjuicio de sus acreedores pueden...
- Artículo 1552. En el caso del artículo anterior, la aceptación sólo aprovechará a los...
- Artículo 1553. Los acreedores cuyos créditos fueren posteriores a la repudiación, no pueden...
- Artículo 1554. El que por la repudiación de la herencia debe entrar en ella, podrá impedir...
- Artículo 1555. El que, a instancia de un legatario o acreedor hereditario, haya sido...
- Artículo 1556. La aceptación en ningún caso produce confusión de los bienes del autor de la...
- Artículo 1557. No podrá ser albacea el que no tenga la libre disposición de sus bienes.
- Artículo 1558. No pueden ser albaceas, excepto en el caso de ser herederos únicos:...
- Artículo 1559. El testador puede nombrar uno o más albaceas
- Artículo 1560. Cuando el testador no hubiere designado albacea o el nombrado no desempeñare...
- Artículo 1561. La mayoría, en todos los casos de que habla este Capitulo y los relativos a...
- Artículo 1562. Si no hubiere mayoría, el albacea será nombrado por el juez, de entre los...
- Artículo 1563. Lo dispuesto en los dos artículos que preceden, se observará también en los...
- Artículo 1564. El heredero que fuere único, será albacea, si no hubiere sido nombrado otro...
- Artículo 1565. Cuando no haya heredero o el nombrado no entre en la herencia, el juez...
- Artículo 1566. En el caso del artículo anterior, si hay legatarios, el albacea será...
- Artículo 1567. El albacea nombrado conforme a los dos artículos que preceden, durará en su...
- Artículo 1568. Cuando toda la herencia se distribuye en legados, los legatarios nombrarán...
- Artículo 1569. El albacea podrá ser universal o especial
- Artículo 1570. Cuando fueren varios los albaceas nombrados, el albaceazgo será ejercido por...
- Artículo 1571. Cuando los albaceas fueren mancomunados, sólo valdrá lo que todos hagan de...
- Artículo 1572. En los casos de suma urgencia, puede uno de los albaceas mancomunados...
- Artículo 1573. El cargo de albacea es voluntario; pero el que lo acepte se constituye en la...
- Artículo 1574. El albacea que renuncie, sin justa causa, perderá lo que le hubiere dejado...
- Artículo 1575. El albacea que presentare excusas, deberá hacerlo dentro de los tres días...
- Artículo 1576. Pueden excusarse de ser albaceas: I.Los empleados y funcionarios...
- Artículo 1577. El albacea que estuviere presente mientras se decide sobre su excusa, debe...
- Artículo 1578. El albacea no podrá delegar el cargo que ha recibido, ni por su muerte pasa...
- Artículo 1579. El albacea general está obligado a entregar al ejecutor especial, las...
- Artículo 1580. Si el cumplimiento del legado dependiere de plazo o de alguna condición...
- Artículo 1581. El ejecutor especial podrá también, a nombre del legatario, exigir la...
- Artículo 1582. El derecho a la posesión de los bienes hereditarios se transmite por...
- Artículo 1583. El albacea debe deducir todas las acciones que pertenezcan a la herencia.
- Artículo 1584. Son obligaciones del albacea general: I.La presentación del testamento;...
- Artículo 1585. Los albaceas, dentro de los quince días siguientes a la aprobación del...
- Artículo 1586. El albacea también está obligado, dentro de los tres meses contados desde...
- Artículo 1587. Cuando el albacea sea también coheredero y su porción baste para garantizar,...
- Artículo 1588. El testador no puede liberar al albacea de la obligación de garantizar su...
- Artículo 1589. Si el albacea ha sido nombrado en testamento y lo tiene en su poder, debe...
- Artículo 1590. El albacea debe formar el inventario dentro del plazo señalado por el Código...
- Artículo 1591. El albacea, antes de formar el inventario, no permitirá la extracción de...
- Artículo 1592. Cuando la propiedad de la cosa ajena conste por medios diversos de los...
- Artículo 1593. La infracción a los dos artículos anteriores, hará responsable al albacea de...
- Artículo 1594. El albacea, dentro del primer mes de ejercer su cargo, fijará, de acuerdo...
- Artículo 1595. Si para el pago de una deuda u otro gasto urgente fuere necesario vender...
- Artículo 1596. Lo dispuesto en los artículos 566 y 567, respecto de los tutores, se...
- Artículo 1597. El albacea no puede gravar ni hipotecar los bienes, sin consentimiento de...
- Artículo 1598. El albacea no puede transigir ni comprometer en árbitros los negocios de la...
- Artículo 1599. El albacea sólo puede dar en arrendamiento hasta por un año los bienes de la...
- Artículo 1600. El albacea está obligado a rendir cuentas de su administración cada mes o...
- Artículo 1601. La obligación que de dar cuentas tiene el albacea, pasa a sus herederos
- Artículo 1602. Son nulas de pleno derecho las disposiciones por las que el testador...
- Artículo 1603. Las cuentas de administración y de albaceazgo deben ser aprobadas por todos...
- Artículo 1604. Cuando fueren herederos la Universidad Autónoma de Querétaro y las...
- Artículo 1605. Aprobadas las cuentas, los interesados pueden celebrar sobre su resultado,...
- Artículo 1606. El heredero o herederos que no hubieren estado conformes con el nombramiento...
- Artículo 1607. Las funciones del interventor se limitarán a vigilar el exacto cumplimiento...
- Artículo 1608. El interventor no puede tener la posesión, ni aún interina, de los bienes
- Artículo 1609. Debe nombrarse precisamente un interventor: I.Siempre que el heredero...
- Artículo 1610. Los interventores deben ser mayores de edad y capaces de obligarse.
- Artículo 1611. Los interventores durarán mientras no se revoque su nombramiento
- Artículo 1612. Los interventores tendrán la retribución que acuerden los herederos que los...
- Artículo 1613. Lo dispuesto en los artículos que preceden, no priva a cualquier heredero...
- Artículo 1614. Los acreedores y legatarios no podrán exigir el pago de sus créditos y...
- Artículo 1615. Los gastos hechos por el albacea en el cumplimiento de su cargo, incluso los...
- Artículo 1616. El albacea debe cumplir su encargo dentro de un año, contado desde su...
- Artículo 1617. Sólo por causa justificada pueden los herederos prorrogar al albacea el...
- Artículo 1618. Para prorrogar el plazo del albaceazgo, es indispensable que hayan sido...
- Artículo 1619. El testador puede señalar al albacea la retribución que quiera
- Artículo 1620. Si el testador no designare la retribución, el albacea cobrará el dos por...
- Artículo 1621. El albacea tiene derecho de elegir entre lo que le deje el testador por el...
- Artículo 1622. Si fueren varios y mancomunados los albaceas, la retribución se repartirá...
- Artículo 1623. Si el testador legó conjuntamente a los albaceas alguna cosa por el...
- Artículo 1624. Los cargos de albacea e interventor acaban: I.Por término natural del...
- Artículo 1625. La revocación puede hacerse por los herederos en cualquier tiempo, pero en...
- Artículo 1626. Cuando el albacea haya recibido del testador algún encargo especial, además...
- Artículo 1627. Si la revocación se hace sin causa justificada, el albacea removido tiene...
- Artículo 1628. La remoción no tendrá lugar sino por sentencia pronunciada en el incidente...
- Artículo 1629. El albacea definitivo, dentro del plazo que fije el Código de Procedimientos...
- Artículo 1630. Si el albacea no cumpliere lo dispuesto en el artículo anterior o si...
- Artículo 1631. El inventario se formará según lo disponga el Código de Procedimientos...
- Artículo 1632. Concluido y aprobado judicialmente el inventario, el albacea procederá a la...
- Artículo 1633. En primer lugar, serán pagadas las deudas mortuorias, si no lo estuvieren...
- Artículo 1634. Se llaman deudas mortuorias, los gastos de funeral y las que se hayan...
- Artículo 1635. Las deudas mortuorias se pagarán del cuerpo de la herencia
- Artículo 1636. En segundo lugar, se pagarán los gastos de rigurosa conservación y...
- Artículo 1637. Si para hacer los pagos de que hablan los artículos anteriores no hubiere...
- Artículo 1638. En seguida, se pagarán las deudas hereditarias que fueren exigibles
- Artículo 1639. Se llaman deudas hereditarias las contraídas por el autor de la herencia,...
- Artículo 1640. Si hubiere pendiente algún concurso, el albacea no deberá pagar sino...
- Artículo 1641. Los acreedores, cuando no haya concurso, serán pagados en el orden en que se...
- Artículo 1642. El albacea, concluido el inventario, no podrá pagar los legados ni aplicar...
- Artículo 1643. Los acreedores que se presenten después de pagados los legatarios, solamente...
- Artículo 1644. La venta de bienes hereditarios para el pago de deudas y legados, se hará en...
- Artículo 1645. La mayoría de los interesados o la autorización judicial, en su caso,...
- Artículo 1646. Aprobados el inventario y la cuenta general del albaceazgo, el albacea debe...
- Artículo 1647. A ningún coheredero puede obligarse a permanecer en la indivisión de los...
- Artículo 1648. Puede suspenderse la partición en virtud de convenio expreso de los...
- Artículo 1649. Si el autor de la herencia dispone en su testamento que a algún heredero o...
- Artículo 1650. Si el autor de la herencia hiciere la partición de los bienes en su...
- Artículo 1651. Si el autor de la sucesión no dispuso cómo debieran repartirse sus bienes y...
- Artículo 1652. Los coherederos deben abonarse recíprocamente las rentas y frutos que cada...
- Artículo 1653. Si el testador hubiere legado alguna pensión o renta vitalicia, sin gravar...
- Artículo 1654. En el proyecto de partición se expresará la parte que del capital o fondo...
- Artículo 1655. Cuando todos los herederos sean mayores de edad y el interés del fisco, si...
- Artículo 1656. La partición constará en escritura pública, siempre que en la herencia haya...
- Artículo 1657. Los gastos de la partición se rebajarán del fondo común; los que se hagan...
- Artículo 1658. La partición legalmente hecha, fija la porción de bienes hereditarios que...
- Artículo 1659. Cuando por causas anteriores a la partición, alguno de los coherederos fuere...
- Artículo 1660. La porción que deberá pagarse al que pierda su parte, no será la que...
- Artículo 1661. Si alguno de los coherederos estuviere insolvente, la cuota con que debía...
- Artículo 1662. Los que pagaron por el insolvente, conservarán su acción contra él, para...
- Artículo 1663. La obligación de indemnizar al coheredero, señalada con anterioridad, sólo...
- Artículo 1664. Si se adjudica como cobrable un crédito, los coherederos no responden de la...
- Artículo 1665. Por los créditos incobrables no hay responsabilidad
- Artículo 1666. El heredero cuyos bienes hereditarios fueren embargados o contra quien se...
- Artículo 1667. Las particiones pueden rescindirse o anularse por las mismas causas que las...
- Artículo 1668. El heredero preterido tiene derecho de pedir la nulidad de la partición....
- Artículo 1669. La partición hecha con un heredero falso es nula en cuanto tenga relación...
- Artículo 1670. Si hecha la partición aparecieren algunos bienes omitidos en ella, se hará...
- Artículo 1671. Convenio es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir,...
- Artículo 1672. Los convenios que crean o transfieren las obligaciones y derechos toman el...
- Artículo 1673. Para la existencia del contrato se requiere: I.Consentimiento; y...
- Artículo 1674. El contrato puede ser invalidado: I.Por incapacidad legal de las partes...
- Artículo 1675. Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, excepto aquéllos...
- Artículo 1676. La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio...
- Artículo 1677. Son hábiles para contratar todas las personas no exceptuadas por la ley.
- Artículo 1678. La incapacidad de una de las partes no puede ser invocada por la otra en...
- Artículo 1679. El que es hábil para contratar, puede hacerlo por sí o por medio de otro...
- Artículo 1680. Ninguno puede contratar a nombre de otro, sin estar autorizado por él o por...
- Artículo 1681. Los contratos celebrados a nombre de otro por quién no sea su legítimo...
- Artículo 1682. El consentimiento puede ser expreso o tácito. Es expreso cuando se...
- Artículo 1683. Toda persona que propone a otra la celebración de un contrato, fijándole un...
- Artículo 1684. Cuando la oferta se haga a una persona presente, sin fijación de plazo para...
- Artículo 1685. Cuando la oferta se haga sin fijación de plazo a una persona no presente, el...
- Artículo 1686. El contrato se forma en el momento en que el proponente recibe la...
- Artículo 1687. La oferta se considerará como no hecha si la retira su autor y el...
- Artículo 1688. Si al tiempo de la aceptación hubiere fallecido el proponente, sin que el...
- Artículo 1689. El proponente quedará libre de su oferta cuando la respuesta que reciba no...
- Artículo 1690. La propuesta y aceptación hecha por telégrafo producen efectos si los...
- Artículo 1691. El consentimiento no es válido si ha sido dado por error, arrancado por...
- Artículo 1692. El error de derecho o de hecho inválida el contrato cuando recae sobre el...
- Artículo 1693. El error de cálculo sólo da lugar a que se rectifique
- Artículo 1694. Se entiende por dolo en los contratos, cualquier sugestión o artificio que...
- Artículo 1695. El dolo o mala fe de una de las partes y el dolo que proviene de un tercero,...
- Artículo 1696. Si ambas partes proceden con dolo, ninguna de ellas puede alegar la nulidad...
- Artículo 1697. Es nulo el contrato celebrado por violencia, ya provenga esta de alguno de...
- Artículo 1698. Hay violencia cuando se emplea fuerza física o amenazas que importen peligro...
- Artículo 1699. El temor reverencial, esto es, el sólo temor de desagradar a las personas a...
- Artículo 1700. Las consideraciones generales que los contratantes expusieren sobre los...
- Artículo 1701. No es lícito renunciar, para lo futuro, a la nulidad que resulte del dolo,...
- Artículo 1702. Cuando alguno, explotando la suma ignorancia notoria inexperiencia o extrema...
- Artículo 1703. Si habiendo cesado la violencia o siendo conocido el dolo, el error o la...
- Artículo 1704. Son objeto de los contratos: I.La cosa que el obligado debe dar; y...
- Artículo 1705. La cosa objeto del contrato debe: I.Existir en la naturaleza;...
- Artículo 1706. Las cosas futuras pueden ser objeto de un contrato. Sin embargo, no puede...
- Artículo 1707. El hecho positivo o negativo, objeto del contrato, debe ser: I.Posible;...
- Artículo 1708. Es imposible el hecho que no puede existir porque es incompatible con una...
- Artículo 1709. No se considerará imposible el hecho que no puede ejecutarse por el...
- Artículo 1710. Es ilícito el hecho que es contrario a las leyes de orden público o a las...
- Artículo 1711. El fin o motivo determinante de la voluntad de los que contratan, tampoco...
- Artículo 1712. En los contratos civiles, cada uno se obliga en la manera y términos que...
- Artículo 1713. Cuando la ley exija determinada forma para un contrato, mientras que éste no...
- Artículo 1714. Cuando se exija la forma escrita para el contrato, los documentos relativos...
- Artículo 1715. El contrato es unilateral cuando una sola de las partes se obliga hacia la...
- Artículo 1716. El contrato es bilateral cuando las partes se obligan recíprocamente
- Artículo 1717. Es contrato oneroso aquel en que se estipulan provechos y gravámenes...
- Artículo 1718. El contrato oneroso es conmutativo cuando las prestaciones que se deben las...
- Artículo 1719. Los contratantes pueden poner las cláusulas que crean convenientes; pero las...
- Artículo 1720. Pueden los contratantes estipular cierta prestación como pena para el caso...
- Artículo 1721. La nulidad del contrato importa la de la cláusula penal, pero la nulidad de...
- Artículo 1722. Al pedir la pena, el acreedor no está obligado a probar que ha sufrido...
- Artículo 1723. La cláusula penal no puede exceder ni en valor ni en cuantía a la obligación...
- Artículo 1724. Si la obligación fuere cumplida en parte, la pena se modificará en la misma...
- Artículo 1725. Si la modificación no pudiere ser exactamente proporcional, el juez reducirá...
- Artículo 1726. El acreedor puede exigir el cumplimiento de la obligación o el pago de la...
- Artículo 1727. No podrá hacerse efectiva la pena cuando el obligado a ella no haya podido...
- Artículo 1728. En las obligaciones mancomunadas con cláusula penal, bastará la...
- Artículo 1729. En el caso del artículo anterior, cada uno de los herederos responderá de la...
- Artículo 1730. Tratándose de obligaciones indivisibles, se observará lo dispuesto en el...
- Artículo 1731. Si los términos de un contrato son claros y no dejan duda sobre la intención...
- Artículo 1732. Cualquiera que sea la generalidad de los términos de un contrato, no deberán...
- Artículo 1733. Si alguna cláusula de los contratos admitiere diversos sentidos, deberá...
- Artículo 1734. Las cláusulas de los contratos deben interpretarse las unas por las otras,...
- Artículo 1735. Las palabras que pueden tener distintas acepciones, serán entendidas en...
- Artículo 1736. El uso o la costumbre del Estado, se tendrán en cuenta para interpretar las...
- Artículo 1737. Cuando absolutamente fuere imposible resolver las dudas por las reglas...
- Artículo 1738. Los contratos que no están especialmente reglamentados en este Código, se...
- Artículo 1739. Las disposiciones legales sobre contratos serán aplicables a todos los...
- Artículo 1740. El hecho de ofrecer al público objetos en determinado precio, obliga al...
- Artículo 1741. El que por anuncios u ofrecimientos hechos al público se comprometa a alguna...
- Artículo 1742. El que, en los términos del artículo anterior, ejecutare el servicio pedido...
- Artículo 1743. Antes de que esté prestado el servicio o cumplida la condición, podrá el...
- Artículo 1744. Si se hubiere señalado plazo para la ejecución de la obra, no podrá revocar...
- Artículo 1745. Si el acto señalado por el promitente fuere ejecutado por más de un...
- Artículo 1746. En los concursos en que haya promesa de recompensa para los que llenaren...
- Artículo 1747. El promitente tiene derecho de designar la persona que deba decidir a quién...
- Artículo 1748. En los contratos se pueden hacer estipulaciones en favor de tercero, de...
- Artículo 1749. La estipulación hecha a favor de tercero hace adquirir a éste, salvo pacto...
- Artículo 1750. El derecho de tercero nace en el momento de perfeccionarse el contrato,...
- Artículo 1751. La estipulación puede ser revocada mientras que el tercero no haya...
- Artículo 1752. El promitente podrá, salvo pacto en contrario, oponer al tercero las...
- Artículo 1753. Puede el deudor obligarse otorgando documentos civiles pagaderos a la orden...
- Artículo 1754. La propiedad de los documentos de carácter civil que se extiendan a la...
- Artículo 1755. El endoso puede hacerse en blanco con la sola firma del endosante, sin...
- Artículo 1756. Todos los que endosen un documento quedan obligados solidariamente para con...
- Artículo 1757. La propiedad de los documentos civiles que sean al portador, se transfiere...
- Artículo 1758. El deudor está obligado a pagar a cualquiera que le presente y entregue el...
- Artículo 1759. La obligación del que emite el título al portador no desaparece, aunque...
- Artículo 1760. El suscriptor del título al portador no puede oponer más excepciones que las...
- Artículo 1761. La persona que ha sido desposeída injustamente de títulos al portador, sólo...
- Artículo 1762. El que sin causa se enriquece en detrimento de otro, está obligado a...
- Artículo 1763. Cuando se reciba alguna cosa que no se tenía derecho de exigir y que por...
- Artículo 1764. El que acepte un pago indebido, si hubiere procedido de mala fe, deberá...
- Artículo 1765. Si el que recibió la cosa con mala fe, la hubiere enajenado a un tercero que...
- Artículo 1766. Si el tercero a quien se enajena la cosa la adquiere de buena fe, sólo podrá...
- Artículo 1767. El que de buena fe hubiere aceptado un pago indebido de cosa cierta y...
- Artículo 1768. Si el que recibió de buena fe una cosa dada en pago indebido la hubiere...
- Artículo 1769. El que de buena fe hubiere aceptado un pago indebido, tiene derecho a que se...
- Artículo 1770. Queda libre de la obligación de restituir el que, creyendo de buena fe que...
- Artículo 1771. La prueba del pago incumbe al que pretende haberlo hecho. También corre a su...
- Artículo 1772. Se presume que hubo error en el pago, cuando se entrega cosa que no se debía...
- Artículo 1773. La acción para repetir lo pagado indebidamente prescribe en un año, contado...
- Artículo 1774. El que ha pagado para cumplir una deuda prescrita o para cumplir un deber...
- Artículo 1775. Lo que se hubiere entregado para la realización de un fin que sea ilícito o...
- Artículo 1776. El que sin mandato y sin estar obligado a ello, se encarga de un asunto de...
- Artículo 1777. El gestor debe desempeñar su cargo con toda la diligencia que emplea en sus...
- Artículo 1778. Si la gestión tiene por objeto evitar un daño inminente al dueño, el gestor...
- Artículo 1779. Si la gestión se ejecuta contra la voluntad real o presunta del dueño, el...
- Artículo 1780. El gestor responde aún del caso fortuito si ha hecho operaciones...
- Artículo 1781. Si el gestor delegare en otra persona todos o alguno de los deberes de su...
- Artículo 1782. El gestor, tan pronto como sea posible, debe dar aviso de su gestión al...
- Artículo 1783. El dueño de un asunto que hubiere sido útilmente gestionado, debe cumplir...
- Artículo 1784. Deben pagarse al gestor los gastos necesarios que hubiere hecho en el...
- Artículo 1785. El gestor que se encargue de un asunto contra la expresa voluntad del dueño,...
- Artículo 1786. La ratificación pura y simple del dueño del negocio, produce todos los...
- Artículo 1787. Cuando el dueño del negocio no ratifique la gestión, sólo responderá de los...
- Artículo 1788. Cuando sin consentimiento del obligado a prestar alimentos, los diese un...
- Artículo 1789. Los gastos funerarios proporcionados a la condición de la persona y a los...
- Artículo 1790. El que obrando ilícitamente o contra las buenas costumbres cause daño a...
- Artículo 1791. El incapaz que cause daño debe repararlo, salvo que la responsabilidad...
- Artículo 1792. Cuando al ejercitar un derecho se cause daño a otro, hay obligación de...
- Artículo 1793. Cuando una persona hace uso de mecanismos, instrumentos, aparatos o...
- Artículo 1794. Cuando sin el empleo de los elementos o situaciones a que se refiere el...
- Artículo 1795. La reparación del daño debe consistir en el restablecimiento de la situación...
- Artículo 1796. Cuando el daño se cause a las personas y produzca la muerte, incapacidad...
- Artículo 1797. Las disposiciones del artículo anterior se observarán en el caso de los...
- Artículo 1798. Por daño moral se entiende la afectación que una persona sufre en sus...
- Artículo 1799. El monto de la indemnización por daño moral lo determinará el juez, tomando...
- Artículo 1800. Cuando el daño moral haya afectado a la víctima en su decoro, honor,...
- Artículo 1801. En los casos en que el daño moral derive de un acto que haya tenido difusión...
- Artículo 1802. No estará obligado a la reparación del daño moral quien ejerza sus derechos...
- Artículo 1803. En el caso del artículo anterior, quien demande la reparación del daño moral...
- Artículo 1804. La acción de reparación por daños corporal o moral no es transmisible a...
- Artículo 1805. Las personas que han causado en común un daño, son responsables...
- Artículo 1806. Las personas morales son responsables de los daños y perjuicios que causen...
- Artículo 1807. Los que ejerzan la patria potestad tienen obligación de responder de los...
- Artículo 1808. Cesa la responsabilidad a que se refiere el artículo anterior, cuando los...
- Artículo 1809. Lo dispuesto en los dos artículos anteriores es aplicable a los tutores,...
- Artículo 1810. Ni los padres, ni los tutores, ni las personas a que se refiere el artículo...
- Artículo 1811. Los maestros artesanos son responsables de los daños y perjuicios causados...
- Artículo 1812. Lo patrones y dueños de establecimientos mercantiles, están obligados a...
- Artículo 1813. Los jefes de casa o dueños de hoteles o casas de hospedaje, están obligados...
- Artículo 1814. En los casos previstos por los artículos 1811, 1812 y 1813, el que sufra el...
- Artículo 1815. El que paga el daño causado por sus sirvientes, empleados u operarios, puede...
- Artículo 1816. El Estado y los municipios responden solidariamente de los daños causados...
- Artículo 1817. El dueño de un animal pagará el daño causado por éste, si no probare alguna...
- Artículo 1818. Si el animal que hubiere causado el daño fuere excitado por un tercero, la...
- Artículo 1819. El propietario de un edificio es responsable de los daños que resulten de la...
- Artículo 1820. Igualmente responderán los propietarios de los daños causados: I.Por la...
- Artículo 1821. Los jefes de familia que habiten una casa o parte de ella, son responsables...
- Artículo 1822. La acción para exigir la reparación de los daños causados en los términos...
- Artículo 1823. La obligación es condicional cuando su existencia o su resolución dependen...
- Artículo 1824. La condición es suspensiva cuando de su cumplimiento depende la existencia...
- Artículo 1825. La condición es resolutoria cuando cumplida resuelve la obligación,...
- Artículo 1826. Cumplida la condición, se retrotrae al tiempo en que la obligación fue...
- Artículo 1827. En tanto que la condición no se cumpla, el deudor debe abstenerse de todo...
- Artículo 1828. Las condiciones imposibles de dar o hacer, las prohibidas por la ley o que...
- Artículo 1829. Cuando el cumplimiento de la condición dependa de la exclusiva voluntad del...
- Artículo 1830. Se tendrá por cumplida la condición, cuando el obligado impidiese...
- Artículo 1831. La obligación contraída bajo la condición de que un acontecimiento suceda en...
- Artículo 1832. La obligación contraída bajo la condición de que un acontecimiento no se...
- Artículo 1833. Cuando las obligaciones se hayan contraído bajo condición suspensiva y...
- Artículo 1834. La facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las...
- Artículo 1835. Al declararse la resolución, las partes deberán restituirse aquello que se...
- Artículo 1836. La resolución del contrato, fundada en falta de pago por parte del...
- Artículo 1837. Respecto de bienes muebles no tendrá lugar la rescisión, salvo lo previsto...
- Artículo 1838. Si la rescisión del contrato dependiere de un tercero y éste fuere...
- Artículo 1839. Es obligación a plazo, aquélla para cuyo cumplimiento se ha señalado un día...
- Artículo 1840. Entiéndase por día cierto, aquél que necesariamente ha de llegar
- Artículo 1841. Si la incertidumbre consistiere en si ha de llegar o no el día, la...
- Artículo 1842. El plazo en las obligaciones se contará de la manera prevista en el Capítulo...
- Artículo 1843. Lo que hubiere pagado anticipadamente no puede repetirse. Si el que...
- Artículo 1844. El plazo se presume establecido en favor del deudor, a menos que resulte, de...
- Artículo 1845. Perderá el deudor todo derecho a utilizar el plazo: I.Cuando después de...
- Artículo 1846. Si fueron varios los deudores solidarios, lo dispuesto en el artículo...
- Artículo 1847. El que se ha obligado a diversas cosas o hechos, conjuntamente, debe dar...
- Artículo 1848. Si el deudor se ha obligado a uno de los hechos o a una de dos cosas o a un...
- Artículo 1849. En las obligaciones alternativas la elección corresponde al deudor, si no ha...
- Artículo 1850. La elección no producirá efecto sino desde que fuere notificada. Una vez...
- Artículo 1851. El deudor perderá el derecho de elección, cuando de las prestaciones a que...
- Artículo 1852. Si la elección compete al deudor y alguna de las cosas se pierde por culpa...
- Artículo 1853. Si las dos cosas se han perdido y una lo ha sido por culpa del deudor, éste...
- Artículo 1854. Si las dos cosas se han perdido por caso fortuito, el deudor queda libre de...
- Artículo 1855. Si la elección compete al acreedor y una de las dos cosas se pierde por...
- Artículo 1856. Si la cosa se pierde sin culpa del deudor, estará obligado el acreedor a...
- Artículo 1857. Si la cosa se pierde por culpa del deudor, podrá el acreedor exigir el valor...
- Artículo 1858. Si ambas cosas se perdieren sin culpa del deudor, se hará la distinción...
- Artículo 1859. Si la elección es del deudor y una de las cosas se pierde por culpa del...
- Artículo 1860. En el caso del artículo anterior, si la elección es del acreedor, con la...
- Artículo 1861. Si las dos cosas se pierden por culpa del acreedor y es de éste la elección,...
- Artículo 1862. En el caso del artículo anterior, si la elección es del deudor, éste...
- Artículo 1863. En los casos de los dos artículos que preceden, el acreedor está obligado al...
- Artículo 1864. Si el obligado a prestar una cosa o ejecutar un hecho se rehusare a hacer lo...
- Artículo 1865. Si la cosa se pierde por culpa del deudor y la elección es del acreedor,...
- Artículo 1866. En el caso del artículo anterior, si la cosa se pierde sin culpa del deudor,...
- Artículo 1867. Haya habido o no culpa en la pérdida de la cosa por parte del deudor, si la...
- Artículo 1868. Si la cosa se pierde o el hecho deja de prestarse por culpa del acreedor, se...
- Artículo 1869. La falta de prestación del hecho, se regirá por lo dispuesto en el Capítulo...
- Artículo 1870. Cuando hay pluralidad de deudores o de acreedores, tratándose de una misma...
- Artículo 1871. La simple mancomunidad de deudores o de acreedores, no hace que cada uno de...
- Artículo 1872. Las partes se presumen iguales, a no ser que se pacte otra cosa o que la ley...
- Artículo 1873. Además de la mancomunidad, habrá solidaridad activa cuando dos o más...
- Artículo 1874. La solidaridad no se presume, resulta de la ley o de la voluntad de las...
- Artículo 1875. Cada uno de los acreedores o todos juntos, pueden exigir de todos los...
- Artículo 1876. El pago hecho a uno de los acreedores solidarios extingue totalmente la...
- Artículo 1877. La novación, compensación, confusión o remisión hecha por cualquiera de los...
- Artículo 1878. El acreedor que hubiere recibido todo o parte de la deuda o hecho quita o...
- Artículo 1879. Si falleciere alguno de los acreedores solidarios dejando más de un...
- Artículo 1880. El deudor de varios acreedores solidarios se libera pagando a cualquiera de...
- Artículo 1881. El deudor solidario sólo podrá utilizar, contra la reclamación del acreedor,...
- Artículo 1882. El deudor solidario es responsable para con sus coobligados, si no hace...
- Artículo 1883. Si la cosa hubiere perecido o la prestación se hubiere hecho imposible sin...
- Artículo 1884. Si muere uno de los deudores solidarios dejando varios herederos, cada uno...
- Artículo 1885. El deudor solidario que paga por entero la deuda, tiene derecho de exigir de...
- Artículo 1886. Si el negocio por el cual la deuda se contrajo solidariamente no interesa...
- Artículo 1887. Cualquier acto que interrumpa la prescripción en favor de uno de los...
- Artículo 1888. Cuando por el no cumplimiento de la obligación se demanden daños y...
- Artículo 1889. Las obligaciones son divisibles cuando tienen por objeto prestaciones...
- Artículo 1890. La solidaridad estipulada no da a la obligación el carácter de indivisible;...
- Artículo 1891. Las obligaciones divisibles en que haya más de un deudor o acreedor se...
- Artículo 1892. Cada uno de los que han contraído conjuntamente una deuda indivisible está...
- Artículo 1893. Cada uno de los herederos del acreedor puede exigir la completa ejecución...
- Artículo 1894. Sólo por el consentimiento de todos los acreedores puede remitirse la...
- Artículo 1895. El heredero del deudor apremiado por la totalidad de la obligación, puede...
- Artículo 1896. Pierde la calidad de indivisible, la obligación que se resuelve en el pago...
- Artículo 1897. La prestación de cosa puede consistir: I.En la traslación de dominio de...
- Artículo 1898. El acreedor de cosa cierta no puede ser obligado a recibir otra, aun cuando...
- Artículo 1899. La obligación de dar cosa cierta comprende también la de entregar sus...
- Artículo 1900. En las enajenaciones de cosas ciertas y determinadas, la traslación de la...
- Artículo 1901. En las enajenaciones de alguna especie indeterminada, la propiedad no se...
- Artículo 1902. En el caso del artículo anterior, si no se designa la calidad de la cosa, el...
- Artículo 1903. En los casos en que la obligación de dar cosa cierta, importe la traslación...
- Artículo 1904. La pérdida o deterioro de la cosa en poder del deudor, se presume por culpa...
- Artículo 1905. Cuando la deuda de una cosa cierta y determinada procediere de delito o...
- Artículo 1906. El deudor de una cosa perdida o deteriorada sin culpa suya, está obligado a...
- Artículo 1907. La pérdida de la cosa puede verificarse: I.Pereciendo la cosa o...
- Artículo 1908. Cuando la obligación de dar tenga por objeto una cosa designada sólo por su...
- Artículo 1909. En los casos de enajenación con reserva de la posesión, uso o goce de la...
- Artículo 1910. En los contratos en que la prestación de la cosa no importe la traslación de...
- Artículo 1911. Hay culpa o negligencia, cuando el obligado ejecuta actos contrarios a la...
- Artículo 1912. Si fueren varios los obligados a prestar la misma cosa, cada uno de ellos...
- Artículo 1913. Si el obligado a prestar un hecho no lo hiciere, el acreedor tiene derecho...
- Artículo 1914. El que estuviere obligado a no hacer alguna cosa, quedará sujeto al pago de...
- Artículo 1915. Habrá cesión de derechos cuando el acreedor transfiere a otro los que tenga...
- Artículo 1916. El acreedor puede ceder su derecho a un tercero sin el consentimiento del...
- Artículo 1917. En la cesión del crédito se observarán las disposiciones relativas al acto...
- Artículo 1918. La cesión de un crédito comprende la de todos los derechos accesorios, como...
- Artículo 1919. La cesión de créditos civiles que no sean a la orden o al portador puede...
- Artículo 1920. La cesión de créditos que no sean a la orden o al portador, no produce...
- Artículo 1921. Cuando no se trate de títulos a la orden o al portador, el deudor puede...
- Artículo 1922. En los casos a que se refiere el artículo 1919, para que el cesionario pueda...
- Artículo 1923. Sólo tiene derecho para pedir o hacer la notificación, el acreedor que...
- Artículo 1924. Si el deudor está presente en la cesión y no se opone a ella o si estando...
- Artículo 1925. Si el crédito se ha cedido a varios cesionarios, tiene preferencia el que...
- Artículo 1926. Mientras no se haya hecho notificación al deudor, éste se libera pagando al...
- Artículo 1927. Hecha la notificación, no se libera el deudor sino pagando al cesionario
- Artículo 1928. El cedente está obligado a garantizar la existencia o legitimidad del...
- Artículo 1929. Con excepción de los títulos a la orden, el cedente no esta obligado a...
- Artículo 1930. Si el cedente se hubiere hecho responsable de la solvencia del deudor y no...
- Artículo 1931. Si el crédito cedido consiste en una renta perpetua, la responsabilidad por...
- Artículo 1932. El que cede alzadamente o en globo la totalidad de ciertos derechos, cumple...
- Artículo 1933. El que cede su derecho a una herencia sin enumerar las cosas de que ésta se...
- Artículo 1934. Si el cedente se hubiere aprovechado de algunos frutos o percibido alguna...
- Artículo 1935. El cesionario debe, por su parte, satisfacer al cedente todo lo que haya...
- Artículo 1936. Si la cesión fuere gratuita, el cedente no será responsable para con el...
- Artículo 1937. Para que haya sustitución de deudor, es necesario que el acreedor consienta...
- Artículo 1938. Se presume que el acreedor consiente en la sustitución del deudor, cuando...
- Artículo 1939. El acreedor que exonera al antiguo deudor, aceptando otro en su lugar, no...
- Artículo 1940. Cuando el deudor y el que pretenda sustituirlo fijen un plazo al acreedor...
- Artículo 1941. El deudor sustituto queda obligado en los términos en que lo estaba el...
- Artículo 1942. El deudor sustituto puede oponer al acreedor las excepciones que se originen...
- Artículo 1943. Cuando se declare nula la sustitución de deudor, la antigua deuda renace con...
- Artículo 1944. La subrogación se verifica por ministerio de ley y sin necesidad de...
- Artículo 1945. Cuando la deuda fuere pagada por el deudor con dinero que un tercero le...
- Artículo 1946. No habrá subrogación parcial en deudas de solución indivisible
- Artículo 1947. El pago de los subrogados en diversas porciones del mismo crédito, cuando no...
- Artículo 1948. Pago o cumplimiento, es la entrega de la cosa o cantidad debida o la...
- Artículo 1949. El deudor puede ceder sus bienes a los acreedores en pago de sus deudas....
- Artículo 1950. La obligación de prestar algún servicio se puede cumplir por un tercero,...
- Artículo 1951. El pago puede ser hecho por el mismo deudor, por sus representantes o por...
- Artículo 1952. Puede también hacerse por un tercero no interesado en el cumplimiento de la...
- Artículo 1953. Puede hacerse igualmente por un tercero ignorándolo el deudor
- Artículo 1954. Puede, por último, hacerse contra la voluntad del deudor
- Artículo 1955. En el caso en el que el pago lo realice un tercero, se observarán las...
- Artículo 1956. Cuando el pago lo haga un tercero, ignorándolo el deudor, el que hizo el...
- Artículo 1957. En el caso del hecho en contra de la voluntad del deudor, el que hizo el...
- Artículo 1958. El acreedor está obligado a aceptar el pago hecho por un tercero; pero no...
- Artículo 1959. El pago debe hacerse al mismo acreedor o a su representante legítimo
- Artículo 1960. El pago hecho a un tercero extinguirá la obligación, si así se hubiere...
- Artículo 1961. El pago hecho a una persona incapacitada para administrar sus bienes, será...
- Artículo 1962. El pago hecho de buena fe al que estuviere en posesión del crédito liberará...
- Artículo 1963. No será válido el pago hecho al acreedor por el deudor después de habérsele...
- Artículo 1964. El pago deberá hacerse del modo que se hubiere pactado; y nunca podrá...
- Artículo 1965. El pago se hará en el tiempo designado en el contrato, exceptuando aquellos...
- Artículo 1966. Si no se ha fijado el tiempo en que deba hacerse el pago y se trata de...
- Artículo 1967. El deudor podrá hacer pagos anticipados, pero no podrá obligar al acreedor a...
- Artículo 1968. Por regla general el pago debe hacerse en el domicilio del deudor, salvo que...
- Artículo 1969. Si el pago consiste en la tradición de un inmueble o en prestaciones...
- Artículo 1970. Si el pago consistiere en una suma de dinero como precio de alguna cosa...
- Artículo 1971. El deudor que después de celebrado el contrato mudare voluntariamente de...
- Artículo 1972. Los gastos de entrega serán de cuenta del deudor, si no se hubiere...
- Artículo 1973. No es válido el pago hecho con cosa ajena; pero si el pago se hubiere hecho...
- Artículo 1974. El deudor que paga tiene derecho de exigir el documento que acredite el pago...
- Artículo 1975. Cuando la deuda es de pensiones que deben satisfacerse en periodos...
- Artículo 1976. Cuando se paga el capital sin hacerse reserva de réditos, se presume que...
- Artículo 1977. La entrega del título hecha al deudor hace presumir el pago de la deuda...
- Artículo 1978. El que tuviere contra sí varias deudas en favor de un solo acreedor, podrá...
- Artículo 1979. Si el deudor no hiciere la referida declaración, se entenderá hecho el pago...
- Artículo 1980. Las cantidades pagadas a cuenta de deudas con intereses, no se imputarán al...
- Artículo 1981. La obligación queda extinguida cuando el acreedor recibe en pago una cosa...
- Artículo 1982. Si el acreedor sufre la evicción de la cosa que recibe en pago, renacerá la...
- Artículo 1983. El ofrecimiento seguido de la consignación hace las veces de pago, si reúne...
- Artículo 1984. Si el acreedor rehusare, sin justa causa, recibir la prestación debida o dar...
- Artículo 1985. Si el acreedor fuere conocido, pero dudosos sus derechos, podrá el deudor...
- Artículo 1986. La consignación se hará siguiéndose el procedimiento que establezca el...
- Artículo 1987. Si el juez declara fundada la oposición del acreedor para recibir el pago,...
- Artículo 1988. Aprobada la consignación por el juez, la obligación queda extinguida con...
- Artículo 1989. Si el ofrecimiento y la consignación se han hecho legalmente, todos los...
- Artículo 1990. El que estuviere obligado a prestar un hecho y dejare de prestarlo o no lo...
- Artículo 1991. En las obligaciones de dar que tengan plazo fijo, se observará lo dispuesto...
- Artículo 1992. La responsabilidad procedente de dolo es exigible en todas las obligaciones....
- Artículo 1993. La responsabilidad de que se trata en este Título, además de importar la...
- Artículo 1994. Se entiende por daños, la pérdida o menoscabo sufrido en el patrimonio por...
- Artículo 1995. Se reputa perjuicio, la privación de cualquier ganancia lícita que pudiera o...
- Artículo 1996. Los daños y perjuicios deben ser consecuencia inmediata y directa de la...
- Artículo 1997. Nadie está obligado al caso fortuito sino cuando ha dado causa o contribuido...
- Artículo 1998. Si la cosa se ha perdido o ha sufrido un detrimento tan grave que, a juicio...
- Artículo 1999. Si el deterioro es menos grave, sólo el importe de éste se abonará al dueño...
- Artículo 2000. El precio de la cosa será el que tendría al tiempo de ser devuelta al dueño,...
- Artículo 2001. Al estimar el deterioro de una cosa, se atenderá no solamente a la...
- Artículo 2002. Al fijar el valor y deterioro de una cosa, no se atenderá al precio...
- Artículo 2003. La responsabilidad civil puede ser regulada por convenio de las partes,...
- Artículo 2004. El pago de los gastos judiciales será a cargo del que faltare al...
- Artículo 2005. Habrá evicción, cuando el que adquirió alguna cosa fuere privado del todo o...
- Artículo 2006. Todo el que enajena está obligado a responder de la evicción, aunque nada se...
- Artículo 2007. Los contratantes pueden aumentar o disminuir convencionalmente los efectos...
- Artículo 2008. Es nulo todo pacto que exima al que enajena de responder por la evicción,...
- Artículo 2009. Cuando el adquirente ha renunciado el derecho al saneamiento para el caso de...
- Artículo 2010. El adquirente, luego que sea emplazado, debe denunciar el pleito de evicción...
- Artículo 2011. El fallo judicial impone al que enajena la obligación de indemnizar, en los...
- Artículo 2012. Si el que enajenó hubiere procedido de buena fe, estará obligado a entregar...
- Artículo 2013. Si el que enajena hubiere procedido de mala fe tendrá las obligaciones que...
- Artículo 2014. Si el que enajena no sale sin justa causa al pleito de evicción, en tiempo...
- Artículo 2015. Si el que enajena y el que adquiere proceden de mala fe, no tendrá el...
- Artículo 2016. Si el adquirente fuere condenado a restituir los frutos de la cosa, podrá...
- Artículo 2017. Si el que adquirió no fuere condenado a dicha restitución, quedarán...
- Artículo 2018. Si el que enajena, al ser emplazado manifiesta que no tiene medios de...
- Artículo 2019. Las mejoras que el que enajenó bienes hubiese hecho antes de la enajenación,...
- Artículo 2020. Cuando el adquirente sólo fuere privado por la evicción de una parte de la...
- Artículo 2021. También se observará lo dispuesto en el artículo que precede, cuando en un...
- Artículo 2022. En el caso de los dos artículos anteriores, si el que adquiere elige la...
- Artículo 2023. Si al denunciarse el pleito o durante él, reconoce el que enajenó el derecho...
- Artículo 2024. Si la finca que se enajenó se halla gravada, sin haberse hecho mención de...
- Artículo 2025. Las acciones rescisorias y de indemnización a que se refiere el artículo que...
- Artículo 2026. El que enajena no responde por la evicción: I.Si así se hubiere...
- Artículo 2027. En las ventas hechas en remate judicial, el ejecutante no está obligado por...
- Artículo 2028. En los contratos conmutativos, el enajenante está obligado al saneamiento...
- Artículo 2029. El enajenante no es responsable de los defectos manifiestos o que estén a la...
- Artículo 2030. En el caso de los mencionados contratos conmutativos, puede el adquirente...
- Artículo 2031. Si se probare que el enajenante conocía los defectos ocultos de la cosa y no...
- Artículo 2032. En los casos en que el adquirente pueda elegir la indemnización o la...
- Artículo 2033. Si la cosa enajenada pereciere o mudare de naturaleza a consecuencia de los...
- Artículo 2034. Si el enajenante no conocía los vicios, solamente deberá restituir el precio...
- Artículo 2035. Las acciones que nacen del saneamiento por evicción o por vicios ocultos en...
- Artículo 2036. Enajenándose dos o más animales juntamente, sea en un precio alzado o sea...
- Artículo 2037. Se presume que el adquirente no tenía voluntad de adquirir uno solo de los...
- Artículo 2038. Lo dispuesto para la enajenación de animales, es aplicable a la de...
- Artículo 2039. Cuando el animal muere dentro de los tres días siguientes a su adquisición,...
- Artículo 2040. Si la enajenación se declara resuelta, debe devolverse la cosa enajenada en...
- Artículo 2041. En caso de enajenación de animales, ya sea que se enajenen individualmente,...
- Artículo 2042. La calificación de los vicios de la cosa enajenada se hará por peritos...
- Artículo 2043. Los peritos declararán terminantemente si los vicios eran anteriores a la...
- Artículo 2044. Las partes pueden restringir, renunciar o ampliar su responsabilidad por los...
- Artículo 2045. Incumbe al adquirente probar que el vicio existía al tiempo de la...
- Artículo 2046. Si la cosa enajenada con vicios redhibitorios se pierde por caso fortuito o...
- Artículo 2047. El adquirente de la cosa remitida de otro lugar que alegare que tiene vicios...
- Artículo 2048. El enajenante no tiene obligación de responder de los vicios redhibitorios,...
- Artículo 2049. Los actos celebrados por un deudor en perjuicio de su acreedor, pueden...
- Artículo 2050. Si el acto fuere oneroso, la nulidad sólo podrá tener lugar en el caso y...
- Artículo 2051. Si el acto fuere gratuito, tendrá lugar la nulidad aún cuando haya habido...
- Artículo 2052. Hay insolvencia si cuando la suma de los bienes y créditos del deudor,...
- Artículo 2053. La acción concedida al acreedor, en los artículos anteriores, contra el...
- Artículo 2054. Revocado el acto fraudulento del deudor, si hubiere habido enajenación de...
- Artículo 2055. El que hubiere adquirido de mala fe las cosas enajenadas en fraude de los...
- Artículo 2056. La nulidad puede tener lugar, tanto en los actos en que el deudor enajena...
- Artículo 2057. Si el deudor no hubiere renunciado derechos irrevocablemente adquiridos,...
- Artículo 2058. Es también anulable el pago hecho por el deudor insolvente antes del...
- Artículo 2059. Es anulable todo acto o contrato celebrado en los treinta días anteriores a...
- Artículo 2060. La acción de nulidad de actos celebrados por el deudor en perjuicio del...
- Artículo 2061. La nulidad de los actos del deudor sólo será pronunciada en interés de los...
- Artículo 2062. El tercero a quien hubiesen pasado los bienes del deudor, puede hacer cesar...
- Artículo 2063. El fraude, que consiste únicamente en la preferencia indebida a favor de un...
- Artículo 2064. Si el acreedor que pide la nulidad, para acreditar la insolvencia del...
- Artículo 2065. Se presumen fraudulentas las enajenaciones a título oneroso hechas por...
- Artículo 2066. Es simulado el acto en que las partes declaran o confiesan falsamente lo que...
- Artículo 2067. La simulación es absoluta cuando el acto simulado nada tiene de real; es...
- Artículo 2068. La simulación absoluta no produce efectos jurídicos. Descubierto el acto...
- Artículo 2069. Pueden pedir la nulidad de los actos simulados, los terceros perjudicados...
- Artículo 2070. Luego que se anule un acto simulado, se restituirá la cosa o derecho a quien...
- Artículo 2071. Tiene lugar la compensación cuando dos personas reúnen la calidad de...
- Artículo 2072. El efecto de la compensación es extinguir, por ministerio de la ley, las dos...
- Artículo 2073. La compensación no procede sino cuando ambas deudas consisten en una...
- Artículo 2074. Para que haya lugar a la compensación, se requiere que las deudas sean...
- Artículo 2075. Se llama deuda líquida aquella cuya cuantía se haya determinado o puede...
- Artículo 2076. Se llama exigible aquella deuda cuyo pago no puede rehusarse conforme a...
- Artículo 2077. Si las deudas no fueren de igual cantidad, hecha la compensación queda...
- Artículo 2078. La compensación no tendrá lugar: I.Si una de las partes la hubiere...
- Artículo 2079. Tratándose de títulos pagaderos a la orden, no podrá el deudor compensar con...
- Artículo 2080. La compensación, desde el momento en que es hecha legalmente, produce sus...
- Artículo 2081. El que paga una deuda compensable no puede, cuando exija su crédito que...
- Artículo 2082. Si fueren varias las deudas sujetas a compensación, se entenderá cubierta la...
- Artículo 2083. El derecho de compensación puede renunciarse, ya expresamente, ya por hechos...
- Artículo 2084. El fiador, antes de ser demandado por el acreedor, no puede oponer a éste la...
- Artículo 2085. El fiador puede utilizar la compensación de lo que el acreedor deba al...
- Artículo 2086. El deudor solidario no puede exigir compensación con la deuda del acreedor a...
- Artículo 2087. El deudor que hubiere consentido la cesión hecha por el acreedor en favor de...
- Artículo 2088. Si el acreedor dio conocimiento de la cesión al deudor y éste no consintió...
- Artículo 2089. Si la cesión se realizare sin consentimiento del deudor, podrá éste oponer...
- Artículo 2090. Las deudas pagaderas en diferente lugar, pueden compensarse mediante...
- Artículo 2091. La compensación no puede tener lugar en perjuicio de los derechos de tercero...
- Artículo 2092. La obligación se extingue por confusión, cuando las calidades de acreedor y...
- Artículo 2093. La confusión que se verifica en la persona del acreedor o deudor solidario,...
- Artículo 2094. Mientras se hace la partición de una herencia, no hay confusión cuando el...
- Artículo 2095. Cualquiera puede renunciar su derecho y remitir, en todo o en parte, las...
- Artículo 2096. La condonación de la deuda principal extinguirá las obligaciones accesorias,...
- Artículo 2097. Habiendo varios fiadores solidarios, el perdón que fuere concedido solamente...
- Artículo 2098. La devolución de la prenda es presunción de la remisión del derecho a la...
- Artículo 2099. Hay novación de contrato cuando las partes en él interesadas lo alteran...
- Artículo 2100. La novación es un contrato y, como tal, está sujeto a las disposiciones...
- Artículo 2101. La novación nunca se presume, debe costar expresamente
- Artículo 2102. Aún cuando la obligación anterior esté subordinada a una condición...
- Artículo 2103. Si la primera obligación se hubiere extinguido al tiempo en que se...
- Artículo 2104. La novación es nula si lo fuere también la obligación primitiva, salvo que...
- Artículo 2105. Si la novación fuere nula, subsistirá la antigua obligación
- Artículo 2106. La novación extingue la obligación principal y las obligaciones accesorias....
- Artículo 2107. El acreedor no puede reservarse el derecho de prenda o hipoteca de la...
- Artículo 2108. Cuando la novación se efectúe entre el acreedor y algún deudor solidario,...
- Artículo 2109. Por la novación hecha entre el acreedor y alguno de los deudores solidarios,...
- Artículo 2110. El acto jurídico inexistente por la falta de consentimiento o de objeto que...
- Artículo 2111. La ilicitud en el objeto, en el fin o en la condición del acto, produce su...
- Artículo 2112. La nulidad absoluta, por regla general, no impide que el acto produzca...
- Artículo 2113. La nulidad es relativa cuando no reúne todos los caracteres enumerados en...
- Artículo 2114. La falta de forma establecida por la ley, si no se trata de actos solemnes,...
- Artículo 2115. La acción y la excepción de nulidad por falta de forma, competen a todos los...
- Artículo 2116. La nulidad por causa de error, dolo, violencia, lesión o incapacidad, sólo...
- Artículo 2117. La nulidad de un acto jurídico por falta de forma establecida por la ley, se...
- Artículo 2118. Cuando la falta de forma produzca nulidad del acto, si la voluntad de las...
- Artículo 2119. Cuando el contrato es nulo por incapacidad, violencia o error, puede ser...
- Artículo 2120. El cumplimiento voluntario por medio del pago, novación o por cualquier otro...
- Artículo 2121. La confirmación se retrotrae al día en que se verificó el acto nulo, pero...
- Artículo 2122. La acción de nulidad fundada en incapacidad o en error, puede intentarse en...
- Artículo 2123. La acción para pedir la nulidad de un contrato hecho por violencia,...
- Artículo 2124. El acto jurídico viciado parcialmente de nulidad, no es totalmente nulo si...
- Artículo 2125. La anulación del acto obliga a las partes a restituirse mutuamente lo que...
- Artículo 2126. Si el acto fuera bilateral y las obligaciones correlativas consisten ambas...
- Artículo 2127. Mientras que uno de los contratantes no cumpla con la devolución de aquello...
- Artículo 2128. Todos los derechos reales o personales transmitidos a tercero sobre un...
- Artículo 2129. Puede asumirse contractualmente la obligación de celebrar un contrato futuro
- Artículo 2130. La promesa de contratar, o sea, el contrato preliminar de otro, puede ser...
- Artículo 2131. La promesa de contrato sólo da origen a obligaciones de hacer, consistentes...
- Artículo 2132. Para que la promesa de contratar sea válida debe constar por escrito,...
- Artículo 2133. Si el promitente rehúsa firmar los documentos necesarios para dar forma...
- Artículo 2134. Habrá compraventa cuando uno de los contratantes transfiere la propiedad de...
- Artículo 2135. Por regla general, la venta es perfecta y obligatoria para las partes,...
- Artículo 2136. Si el precio de la cosa vendida se ha de pagar parte en dinero y parte con...
- Artículo 2137. Los contratantes pueden convenir en que el precio sea el que corre en día o...
- Artículo 2138. Fijado el precio por el tercero, no podrá ser rechazado por los...
- Artículo 2139. Si el tercero no quiere o no puede señalar el precio, quedará el contrato...
- Artículo 2140. El señalamiento del precio no puede dejarse al arbitrio de uno de los...
- Artículo 2141. El comprador debe pagar el precio en los términos y plazos convenidos. A...
- Artículo 2142. El precio de frutos y cereales vendidos a plazo a personas no comerciantes y...
- Artículo 2143. Las compras de cosas que se acostumbran gustar, pesar o medir, no producirán...
- Artículo 2144. Cuando se trate de venta de artículos determinados y perfectamente...
- Artículo 2145. Si la venta se hizo a la vista o por acervo, aun cuando sea de cosas que se...
- Artículo 2146. Habrá lugar a la rescisión, si el vendedor presentare el acervo como de...
- Artículo 2147. Si la venta de uno o más inmuebles se hiciere por precio alzado y sin...
- Artículo 2148. Las acciones que nacen de los artículos que anteceden prescriben en un año,...
- Artículo 2149. Los contratantes pagarán por mitad los gastos de escritura y registro, salvo...
- Artículo 2150. Si una misma cosa fuere vendida por el mismo vendedor a diversas personas,...
- Artículo 2151. Si la cosa vendida fuere mueble, prevalecerá la venta primera en fecha; si...
- Artículo 2152. Si la cosa vendida fuere inmueble, prevalecerá la venta que primero se haya...
- Artículo 2153. Son nulas las ventas que produzcan la concentración o acaparamiento, en una...
- Artículo 2154. Las ventas al menudeo de bebidas embriagantes, hechas al fiado en cantinas,...
- Artículo 2155. Ninguno puede vender sino lo que es de su propiedad.
- Artículo 2156. La venta de cosa ajena es nula y el vendedor es responsable de los daños y...
- Artículo 2157. El contrato quedará revalidado, si antes de que tenga lugar la evicción...
- Artículo 2158. La venta de cosa o derechos litigiosos no ésta prohibida, pero el vendedor...
- Artículo 2159. Tratándose de la venta de determinados bienes, como los pertenecientes a...
- Artículo 2160. Los extranjeros y las personas morales no pueden comprar bienes raíces, sino...
- Artículo 2161. Los magistrados, los jueces, el Ministerio Público, los defensores de...
- Artículo 2162. Se exceptúa de lo dispuesto en el artículo anterior, la venta o cesión de...
- Artículo 2163. Los hijos sujetos a patria potestad solamente pueden vender a sus padres los...
- Artículo 2164. Los propietarios de cosa indivisa no pueden vender su parte respectiva a...
- Artículo 2165. No pueden comprar los bienes de cuya venta o administración se hallen...
- Artículo 2166. Los peritos y los corredores no pueden comprar los bienes en cuya venta han...
- Artículo 2167. Las compras hechas en contravención a lo dispuesto en este Capítulo, serán...
- Artículo 2168. El vendedor está obligado: I.A entregar al comprador la cosa vendida;...
- Artículo 2169. La entrega puede ser real, jurídica o virtual. La entrega real consiste...
- Artículo 2170. Los gastos de la entrega de la cosa vendida son por cuenta del vendedor y...
- Artículo 2171. El vendedor no está obligado a entregar la cosa vendida, si el comprador no...
- Artículo 2172. Tampoco está obligado a la entrega, aunque haya concedido un plazo para el...
- Artículo 2173. El vendedor debe entregar la cosa vendida en el estado en que se hallaba al...
- Artículo 2174. Debe también, el vendedor, entregar todos los frutos producidos desde que se...
- Artículo 2175. Si en la venta de un inmueble se han designado los linderos, el vendedor...
- Artículo 2176. La entrega de la cosa vendida debe hacerse en el lugar convenido y si no...
- Artículo 2177. Si el comprador se constituyó en mora de recibir, abonará al vendedor el...
- Artículo 2178. El comprador debe cumplir todo aquello a que se haya obligado, especialmente...
- Artículo 2179. Si no se han fijado tiempo y lugar, el pago se hará en el tiempo y lugar en...
- Artículo 2180. Si ocurre duda sobre cuál de los contratantes deberá hacer primero la...
- Artículo 2181. El comprador debe intereses por el tiempo que medie entre la entrega de la...
- Artículo 2182. En las ventas a plazo, sin estipular intereses, no los debe el comprador por...
- Artículo 2183. Si la concesión del plazo fue posterior al contrato, el comprador estará...
- Artículo 2184. Cuando el comprador a plazo o con espera del precio fuere perturbado en su...
- Artículo 2185. La falta de pago del precio da derecho para pedir la rescisión del contrato,...
- Artículo 2186. Puede pactarse que la cosa comprada no se venda a determinada persona, pero...
- Artículo 2187. Queda prohibida la venta con pacto de retroventa, así como la promesa de...
- Artículo 2188. Puede estipularse que el vendedor goce del derecho de preferencia por el...
- Artículo 2189. El vendedor está obligado a ejercer su derecho de preferencia, dentro de...
- Artículo 2190. Debe hacerse saber de una manera fehaciente, al que goza del derecho de...
- Artículo 2191. Si se ha concedido un plazo para pagar el precio, el que tiene el derecho de...
- Artículo 2192. Cuando el objeto sobre que se tiene derecho de preferencia se vende en...
- Artículo 2193. El derecho adquirido por el pacto de preferencia no puede cederse, ni pasa a...
- Artículo 2194. Si se venden cosas futuras, tomando el comprador el riesgo de que no...
- Artículo 2195. La venta que se haga facultando al comprador para que pague el precio en...
- Artículo 2196. Si se rescinde la venta, el vendedor y el comprador deben restituirse las...
- Artículo 2197. Puede pactarse válidamente que el vendedor se reserve la propiedad de la...
- Artículo 2198. El vendedor a que se refiere el artículo anterior, mientras no se vence el...
- Artículo 2199. Si el vendedor recoge la cosa vendida porque no le haya sido pagado su...
- Artículo 2200. En la venta de bienes cuya propiedad no haya pasado al comprador, si éste...
- Artículo 2201. El contrato de compraventa no requiere para su validez formalidad alguna...
- Artículo 2202. La venta de un inmueble que tenga un valor hasta de quinientas veces el...
- Artículo 2203. Si alguno de los contratantes no supiere escribir, firmará a su nombre y a...
- Artículo 2204. De dicho instrumento se formarán dos originales, uno para el comprador y el...
- Artículo 2205. Si el valor del inmueble excede de quinientas veces el salario mínimo...
- Artículo 2206. Tratándose de bienes ya inscritos en el Registro Público en cita, cuyo valor...
- Artículo 2207. La venta de bienes raíces no producirá efectos contra tercero, sino después...
- Artículo 2208. Las ventas judiciales en almoneda, subasta o remate públicos, se regirán por...
- Artículo 2209. No pueden adquirir en remate por sí, ni por interpósita persona, los...
- Artículo 2210. Por regla general, las ventas judiciales se harán en moneda efectiva y al...
- Artículo 2211. En las enajenaciones judiciales que hayan de verificarse para dividir cosa...
- Artículo 2212. La permuta es un contrato por el cual, cada uno de los contratantes se...
- Artículo 2213. Si uno de los contratantes ha recibido la cosa que se le da en permuta y...
- Artículo 2214. El permutante que sufra evicción de la cosa que recibió en cambio, podrá...
- Artículo 2215. Lo dispuesto en el artículo anterior no perjudica los derechos que a título...
- Artículo 2216. Con excepción de lo relativo al precio, son aplicables a este contrato las...
- Artículo 2217. Donación es un contrato por el que una persona transfiere a otra,...
- Artículo 2218. La donación no puede comprender los bienes futuros
- Artículo 2219. La donación puede ser pura, condicional, onerosa o remunerativa
- Artículo 2220. Pura es la donación que se otorga en términos absolutos; y condicional la...
- Artículo 2221. Es onerosa la donación que se hace imponiendo algunos gravámenes y...
- Artículo 2222. Cuando la donación sea onerosa, sólo se considera donado el exceso que...
- Artículo 2223. Las donaciones sólo pueden tener lugar entre vivos y no pueden revocarse...
- Artículo 2224. Las donaciones que se hagan para después de la muerte del donante, se...
- Artículo 2225. La donación es perfecta desde que el donatario la acepta y hace saber la...
- Artículo 2226. La donación puede hacerse verbalmente o por escrito
- Artículo 2227. No puede hacerse donación verbal más que de bienes muebles
- Artículo 2228. La donación verbal sólo producirá efectos legales cuando el valor de los...
- Artículo 2229. Si el valor de los muebles excede el monto antes señalado, pero no de...
- Artículo 2230. La donación de bienes raíces se hará en la misma forma que para su venta...
- Artículo 2231. La aceptación de las donaciones se hará en la misma forma en que éstas deban...
- Artículo 2232. Es nula la donación que comprenda la totalidad de los bienes del donante, si...
- Artículo 2233. Las donaciones serán inoficiosas, en cuanto perjudiquen la obligación del...
- Artículo 2234. Si el que hace donación general de todos sus bienes se reserva algunos para...
- Artículo 2235. La donación hecha a varias personas conjuntamente, no produce a favor de...
- Artículo 2236. El donante sólo es responsable de la evicción de la cosa donada si...
- Artículo 2237. No obstante lo dispuesto en el artículo que precede, el donatario queda...
- Artículo 2238. Si la donación se hace con la carga de pagar las deudas del donante, sólo se...
- Artículo 2239. Si la donación fuere de ciertos y determinados bienes, el donatario no...
- Artículo 2240. Si la donación fuere de todos los bienes, el donatario será responsable de...
- Artículo 2241. Salvo que el donador dispusiere otra cosa, las donaciones que consistan en...
- Artículo 2242. Los no nacidos pueden adquirir por donación, siempre y cuando hayan estado...
- Artículo 2243. Las donaciones hechas simulando otro contrato, a personas que conforme a la...
- Artículo 2244. Las donaciones legalmente hechas por una persona que al tiempo de otorgarlas...
- Artículo 2245. Si en el primer caso del artículo anterior el padre no hubiere revocado la...
- Artículo 2246. La donación no podrá ser revocada por superveniencia de hijos: I.Cuando...
- Artículo 2247. Revocada la donación por superveniencia de hijos, serán restituidos al...
- Artículo 2248. Si el donatario hubiere hipotecado los bienes donados, subsistirá la...
- Artículo 2249. Cuando los bienes no puedan ser restituidos en especie, el valor exigible...
- Artículo 2250. El donatario hace suyos los frutos de los bienes donados hasta el día en que...
- Artículo 2251. El donante no puede renunciar anticipadamente el derecho de revocación por...
- Artículo 2252. La acción de revocación por superveniencia de hijos corresponde,...
- Artículo 2253. El donatario responde sólo del cumplimiento de las cargas que se le imponen...
- Artículo 2254. En cualquier caso de rescisión o revocación del contrato de donación, serán...
- Artículo 2255. La donación puede ser revocada por ingratitud: I.Si el donatario comete...
- Artículo 2256. Es aplicable a la revocación de las donaciones hechas por ingratitud, lo...
- Artículo 2257. La acción de revocación por causa de ingratitud no puede ser renunciada...
- Artículo 2258. Esta acción no podrá ejercitarse contra los herederos del donatario, a no...
- Artículo 2259. Tampoco puede esta acción ejercitarse por los herederos del donante si éste,...
- Artículo 2260. Las donaciones inoficiosas no serán revocadas ni reducidas cuando muerto el...
- Artículo 2261. La reducción de las donaciones comenzará por la última en fecha, que será...
- Artículo 2262. Si el importe de la donación menos antigua no alcanzare, se procederá...
- Artículo 2263. Habiendo diversas donaciones otorgadas en el mismo acto o en la misma fecha,...
- Artículo 2264. Si la donación consiste en bienes muebles, se tendrá presente para la...
- Artículo 2265. Cuando la donación consiste en bienes inmuebles que fueren cómodamente...
- Artículo 2266. Cuando el inmueble no pueda ser dividido y el importe de la reducción exceda...
- Artículo 2267. Cuando la reducción no exceda de la mitad del valor del inmueble, el...
- Artículo 2268. Revocada o reducida una donación por inoficiosa, el donatario sólo...
- Artículo 2269. El mutuo es un contrato por el cual el mutuante transfiere la propiedad de...
- Artículo 2270. Si en el contrato no se ha fijado plazo para la devolución de lo prestado,...
- Artículo 2271. La entrega de la cosa prestada y la restitución de lo prestado se harán en...
- Artículo 2272. Cuando no se ha señalado lugar, se observarán las reglas siguientes:...
- Artículo 2273. Si no fuere posible al mutuatario restituir en género, satisfará pagando el...
- Artículo 2274. Consistiendo el préstamo en dinero, pagará el deudor devolviendo una...
- Artículo 2275. El mutuante es responsable de los perjuicios que sufra el mutuatario por la...
- Artículo 2276. En el caso de haberse pactado que la restitución se hará cuando pueda o...
- Artículo 2277. No se declararán nulas las deudas contraídas por el menor para...
- Artículo 2278. Es permitido estipular interés por el mutuo, ya consista en dinero, ya en...
- Artículo 2279. El interés es legal o convencional
- Artículo 2280. El interés legal es el veinte por ciento anual
- Artículo 2281. El interés convencional es el que fijen los contratantes y puede ser mayor o...
- Artículo 2282. Si se ha convenido un interés más alto que el legal, el deudor, después de...
- Artículo 2283. Las partes no pueden, bajo pena de nulidad, convenir de antemano que los...
- Artículo 2284. Hay arrendamiento cuando las dos partes contratantes se obligan...
- Artículo 2285. La renta o precio del arrendamiento puede consistir en una suma de dinero o...
- Artículo 2286. Son susceptibles de arrendamiento todos los bienes que pueden usarse sin...
- Artículo 2287. El que no fuere dueño de la cosa podrá arrendarla si tiene facultad para...
- Artículo 2288. En el primer caso del artículo anterior, la constitución del arrendamiento...
- Artículo 2289. Para arrendar la cosa indivisa será necesario el consentimiento de la...
- Artículo 2290. Se prohíbe a los magistrados, a los jueces y a cualesquiera otros empleados...
- Artículo 2291. Se prohíbe a los encargados de instituciones públicas y a los funcionarios y...
- Artículo 2292. El contrato de arrendamiento se otorgará siempre por escrito. Si el...
- Artículo 2293. El contrato de arrendamiento no termina por la muerte del arrendador ni del...
- Artículo 2294. Si durante la vigencia del contrato de arrendamiento, por cualquier motivo...
- Artículo 2295. Si la transmisión de la propiedad se hizo por causa de utilidad pública, el...
- Artículo 2296. Los arrendamientos de bienes del Estado, municipales o de establecimientos...
- Artículo 2297. El arrendador está obligado, aunque no haya pacto expreso: I.A entregar...
- Artículo 2298. La entrega de la cosa se hará en el tiempo convenido; si no hubiere...
- Artículo 2299. El arrendador no puede, durante el arrendamiento, mudar la forma de la cosa...
- Artículo 2300. El arrendatario está obligado a poner en conocimiento del arrendador, a la...
- Artículo 2301. Si el arrendador no cumpliere con hacer las reparaciones necesarias para el...
- Artículo 2302. El juez, según las circunstancias del caso, decidirá sobre el pago de los...
- Artículo 2303. Cuando las reparaciones necesarias al inmueble arrendado sean urgentes, de...
- Artículo 2304. La obligación de garantizar el uso y goce pacífico de la cosa arrendada, no...
- Artículo 2305. El arrendatario está obligado a poner en conocimiento del propietario, en el...
- Artículo 2306. Si el arrendador fuere vencido en juicio sobre una parte de la cosa...
- Artículo 2307. El arrendador responde de los vicios o defectos de la cosa arrendada que...
- Artículo 2308. Cuando el predio arrendado amenace ruina, podrá el propietario obtener la...
- Artículo 2309. Al concluirse la reparación del predio, el inquilino tendrá preferencia para...
- Artículo 2310. Cuando el predio arrendado vaya a ser objeto de reconstrucción con gastos de...
- Artículo 2311. En el caso del artículo anterior, si el inquilino hubiere desocupado el...
- Artículo 2312. Si al terminar el arrendamiento hubiere algún saldo a favor del...
- Artículo 2313. Corresponde al arrendador pagar las mejoras hechas por el arrendatario:...
- Artículo 2314. Las mejoras a que se refieren las fracciones II y III del artículo anterior,...
- Artículo 2315. El arrendatario está obligado: I.A satisfacer la renta en la forma y...
- Artículo 2316. El arrendatario no está obligado a pagar la renta, sino desde el día en que...
- Artículo 2317. La renta será pagada en el lugar convenido y a falta de convenio, en el...
- Artículo 2318. Cuando el arrendador se niegue a recibir la renta, el inquilino podrá...
- Artículo 2319. Lo dispuesto sobre saldos a favor del inquilino al término del...
- Artículo 2320. El arrendatario está obligado a pagar la renta que se venza hasta el día que...
- Artículo 2321. Si el precio del arrendamiento debiere pagarse en frutos y el arrendatario...
- Artículo 2322. Si por caso fortuito o fuerza mayor se impide totalmente al arrendatario el...
- Artículo 2323. Si sólo se impide en parte el uso de la cosa, podrá el arrendatario pedir la...
- Artículo 2324. Lo dispuesto en los dos artículos anteriores no es renunciable
- Artículo 2325. Si la privación del uso proviene de la evicción del predio, tampoco habrá...
- Artículo 2326. El arrendatario es responsable del incendio, a no ser que provenga de caso...
- Artículo 2327. El arrendatario no responde del incendio que se haya comunicado de otra...
- Artículo 2328. Cuando son varios los arrendatarios y no se sabe dónde comenzó el incendio,...
- Artículo 2329. Si alguno de los arrendatarios prueba que el fuego no pudo comenzar en la...
- Artículo 2330. La responsabilidad, en los casos de que tratan los artículos anteriores,...
- Artículo 2331. El arrendatario que va a establecer en la finca arrendada una industria...
- Artículo 2332. El arrendatario no puede, sin consentimiento expreso del arrendador, variar...
- Artículo 2333. Si el arrendatario ha recibido la finca con expresa descripción de las...
- Artículo 2334. La ley presume que el arrendatario que admitió la cosa arrendada sin la...
- Artículo 2335. El arrendatario debe hacer las reparaciones de aquellos deterioros de poca...
- Artículo 2336. El arrendatario que por causa de reparaciones pierda el uso total o parcial...
- Artículo 2337. Si la misma cosa se ha dado en arrendamiento separadamente a dos o más...
- Artículo 2338. En los arrendamientos que han durado más de cinco años, si el arrendatario...
- Artículo 2339. No podrá darse en arrendamiento una localidad que no reúna las condiciones...
- Artículo 2340. El arrendador que no haga las obras que ordenan las autoridades sanitarias...
- Artículo 2341. El propietario no puede rehusar como fiadora a una persona que reúna los...
- Artículo 2342. No puede renunciarse anticipadamente el derecho de cobrar la indemnización...
- Artículo 2343. La renta debe pagarse en los plazos convenidos y a falta de convenio, por...
- Artículo 2344. El propietario de un predio rústico debe cultivarlo, sin perjuicio de...
- Artículo 2345. La renta debe pagarse en los plazos convenidos y a falta de convenio, por...
- Artículo 2346. El arrendatario no tendrá derecho a la rebaja de la renta por esterilidad de...
- Artículo 2347. Entiéndase por casos fortuitos extraordinarios el incendio, la guerra, la...
- Artículo 2348. Las disposiciones de los artículos que anteceden no son renunciables.
- Artículo 2349. En el arrendamiento de predios rústicos por plazo determinado, debe el...
- Artículo 2350. El permiso a que se refiere el artículo que precede, no será obligatorio...
- Artículo 2351. Terminado el arrendamiento, tendrá a su vez el arrendatario saliente,...
- Artículo 2352. Son aplicables al arrendamiento de bienes muebles las disposiciones de este...
- Artículo 2353. Si en el contrato no se hubiere fijado plazo, ni se hubiere expresado el uso...
- Artículo 2354. Si la cosa se arrendó por años, meses, semanas o días, la renta se pagará al...
- Artículo 2355. Si el contrato se celebra por un plazo fijo, la renta se pagará al vencerse...
- Artículo 2356. Si el arrendatario devuelve la cosa antes del tiempo convenido, cuando se...
- Artículo 2357. El arrendatario está obligado a pagar la totalidad del precio, cuando se...
- Artículo 2358. Si se arriendan un edificio o aposento amueblados, se entenderá que el...
- Artículo 2359. Cuando los muebles se alquilaren con separación del edificio, su alquiler se...
- Artículo 2360. El arrendatario está obligado a hacer las pequeñas reparaciones que exija el...
- Artículo 2361. La pérdida o deterioro de la cosa alquilada se presume siempre a cargo del...
- Artículo 2362. Aun cuando la pérdida o deterioro sobrevenga por caso fortuito, serán a...
- Artículo 2363. El arrendatario está obligado a dar de comer y beber al animal durante el...
- Artículo 2364. Los frutos del animal alquilado pertenecen al dueño salvo convenio en...
- Artículo 2365. En caso de muerte de algún animal alquilado, su despojo será entregado por...
- Artículo 2366. Cuando se arrienden dos o más animales que formen un todo como una yunta o...
- Artículo 2367. El que contrate uno o más animales especificados individualmente, que antes...
- Artículo 2368. En el caso del artículo anterior, si en el contrato de alquiler no se trató...
- Artículo 2369. Si en el arrendamiento de un predio rústico se incluye el ganado de labranza...
- Artículo 2370. Si se arrienda una finca con aperos, se entenderá que el arrendamiento de...
- Artículo 2371. Todos los arrendamientos, sean de predios rústicos o urbanos, que no se...
- Artículo 2372. Hecha la notificación a que se refiere el artículo anterior, el arrendatario...
- Artículo 2373. El arrendatario no puede subarrendar la cosa arrendada en todo, ni en parte,...
- Artículo 2374. Si el subarriendo se hiciere en virtud de la autorización general concedida...
- Artículo 2375. Si el arrendador aprueba expresamente el contrato especial de subarriendo,...
- Artículo 2376. El arrendamiento termina: I.Por haberse cumplido el plazo fijado en el...
- Artículo 2377. Si el arrendamiento se ha hecho por tiempo determinado, concluye en el día...
- Artículo 2378. Vencido un contrato de arrendamiento, tendrá derecho el inquilino, siempre...
- Artículo 2379. La renuncia al derecho de prórroga y cualquier pacto en contrario, será nulo
- Artículo 2380. Quedan exceptuados de la obligación de prorrogar el contrato de...
- Artículo 2381. El derecho de prórroga surtirá efectos, tanto para arrendamientos destinados...
- Artículo 2382. Si después de terminado el arrendamiento continua el arrendatario sin que el...
- Artículo 2383. En el caso del artículo anterior, si el predio fuere urbano, el...
- Artículo 2384. En los casos en que se prorrogue el contrato de arrendamiento, subsistirán...
- Artículo 2385. Cuando el propietario de un predio arrendado vaya a ocuparlo por sí mismo y...
- Artículo 2386. El arrendador puede exigir la rescisión del contrato: I.Por falta de...
- Artículo 2387. Cuando el arrendatario no pueda usar el bien arrendado, ya sea por...
- Artículo 2388. Si el arrendatario no hiciere uso del derecho que para pedir la terminación...
- Artículo 2389. Si el arrendador, sin motivo fundado, se opone al subarriendo que con...
- Artículo 2390. Si el usufructuario no manifestó su calidad de tal al hacer el arrendamiento...
- Artículo 2391. En el caso del artículo anterior, se observará lo que dispone el artículo...
- Artículo 2392. Si el predio dado en arrendamiento fuere enajenado judicialmente, el...
- Artículo 2393. En los casos de expropiación y de ejecución judicial, el arrendatario deberá...
- Artículo 2394. El comodato es un contrato por el cual uno de los contratantes se obliga a...
- Artículo 2395. Cuando el préstamo tuviere por objeto cosas consumibles, sólo será comodato...
- Artículo 2396. Los tutores, curadores y, en general, todos los administradores de bienes...
- Artículo 2397. Sin permiso del comodante no puede el comodatario conceder a un tercero el...
- Artículo 2398. El comodatario adquiere el uso, pero no los frutos y accesiones de la cosa...
- Artículo 2399. El comodatario está obligado a poner toda diligencia en la conservación de...
- Artículo 2400. Si el deterioro es tal que la cosa no sea susceptible de emplearse en su uso...
- Artículo 2401. El comodatario responde de la pérdida o deterioro de la cosa, si la emplea...
- Artículo 2402. Si la cosa perece por caso fortuito en el que el comodatario haya podido...
- Artículo 2403. Si la cosa ha sido valuada al prestarla, su pérdida, aun cuando sobrevenga...
- Artículo 2404. Si la cosa se deteriora por el sólo efecto del uso para que fue prestada y...
- Artículo 2405. El comodatario no tiene derecho para repetir el importe de los gastos...
- Artículo 2406. Tampoco tiene derecho el comodatario para retener la cosa bajo pretexto de...
- Artículo 2407. Siendo dos o más los comodatarios, están sujetos solidariamente a las mismas...
- Artículo 2408. Si no se ha determinado el uso o el plazo del préstamo, el comodante podrá...
- Artículo 2409. El comodante podrá exigir la devolución de la cosa antes de que termine el...
- Artículo 2410. Si durante el préstamo el comodatario ha tenido que hacer, para la...
- Artículo 2411. Cuando la cosa prestada tiene defectos tales que causen perjuicios al que se...
- Artículo 2412. El comodato termina por la muerte del comodatario
- Artículo 2413. El depósito es un contrato por el cual, el depositario se obliga hacia el...
- Artículo 2414. Salvo pacto en contrario, el depositario tiene derecho a exigir retribución...
- Artículo 2415. Los depositarios de títulos, valores, efectos o documentos que devenguen...
- Artículo 2416. La incapacidad de uno de los contratantes no exime al otro de las...
- Artículo 2417. El incapaz que acepte el depósito puede, si se le demanda por daños y...
- Artículo 2418. Cuando la incapacidad no fuere absoluta, podrá el depositario ser condenado...
- Artículo 2419. El depositario está obligado a conservar la cosa objeto del depósito, según...
- Artículo 2420. Si después de constituido el depósito tiene conocimiento el depositario de...
- Artículo 2421. Siendo varios los que den una sola cosa o cantidad en depósito, no podrá el...
- Artículo 2422. El depositario entregará a cada depositante una parte de la cosa, si al...
- Artículo 2423. Si no hubiere lugar designado para la entrega del depósito, la devolución se...
- Artículo 2424. El depositario no está obligado a entregar la cosa cuando judicialmente se...
- Artículo 2425. El depositario puede, por justa causa, devolver la cosa antes del plazo...
- Artículo 2426. Cuando el depositario descubra o pruebe que es suya la cosa depositada y el...
- Artículo 2427. Cuando no se ha estipulado tiempo, el depositario puede devolver el depósito...
- Artículo 2428. El depositante está obligado a indemnizar al depositario de todos los gastos...
- Artículo 2429. El depositario no puede retener la cosa, aún cuando al pedírsela no haya...
- Artículo 2430. Tampoco puede retener la cosa como prenda que garantice otro crédito que...
- Artículo 2431. Los dueños de establecimientos en donde se reciben huéspedes son...
- Artículo 2432. Para que los dueños de establecimientos donde se reciben huéspedes sean...
- Artículo 2433. El posadero no se exime de la responsabilidad que le imponen los dos...
- Artículo 2434. Las fondas, cafés, casas de baño y otros establecimientos semejantes, no...
- Artículo 2435. El secuestro es el depósito de una cosa litigiosa en poder de un tercero,...
- Artículo 2436. El secuestro es convencional o judicial
- Artículo 2437. El secuestro convencional se verifica cuando los litigantes depositan la...
- Artículo 2438. El encargado del secuestro convencional no puede liberarse de él antes de la...
- Artículo 2439. Fuera de las excepciones acabadas de mencionar, rigen para el secuestro...
- Artículo 2440. El secuestro judicial es el que se constituye por decreto del juez
- Artículo 2441. El secuestro judicial se rige por las disposiciones del Código de...
- Artículo 2442. El mandato es un contrato por el que el mandatario se obliga a ejecutar por...
- Artículo 2443. El contrato de mandato se reputa perfecto por la aceptación del mandatario....
- Artículo 2444. Pueden ser objeto del mandato, todos los actos lícitos para los que la ley...
- Artículo 2445. Solamente será gratuito el mandato cuando así se haya convenido expresamente
- Artículo 2446. El mandato puede ser escrito o verbal
- Artículo 2447. El mandato escrito puede otorgarse: I.En escritura pública; II.En...
- Artículo 2448. El mandato verbal es el otorgado de palabra entre presentes, hayan o no...
- Artículo 2449. El mandato puede ser general o especial. Son generales los contenidos en los...
- Artículo 2450. En todos los poderes generales para pleitos y cobranzas, bastará que se diga...
- Artículo 2451. El mandato debe otorgarse en escritura pública o en carta poder ratificada,...
- Artículo 2452. El mandato podrá otorgarse en escrito privado firmado ante dos testigos, sin...
- Artículo 2453. La omisión de los requisitos establecidos en los artículos que preceden...
- Artículo 2454. Si el mandante, el mandatario y el que haya tratado con éste proceden de...
- Artículo 2455. En caso de anulación del mandato, podrá el mandante exigir del mandatario la...
- Artículo 2456. El mandatario, salvo convenio celebrado entre él y el mandante, podrá...
- Artículo 2457. Cuando el mandatario obra en su propio nombre, el mandante no tiene acción...
- Artículo 2458. El mandatario, en el desempeño de su encargo, se sujetará a las...
- Artículo 2459. En lo no previsto y prescrito expresamente por el mandante, deberá el...
- Artículo 2460. Si un accidente imprevisto hiciere, a juicio del mandatario, perjudicial la...
- Artículo 2461. En las operaciones hechas por el mandatario, con violación o con exceso del...
- Artículo 2462. El mandatario está obligado a dar oportunamente noticia al mandante, de...
- Artículo 2463. El mandatario no puede compensar los perjuicios que cause con los provechos...
- Artículo 2464. El mandatario que se exceda de sus facultades es responsable de los daños y...
- Artículo 2465. El mandatario está obligado a dar al mandante cuenta exacta de su...
- Artículo 2466. El mandatario tiene obligación de entregar al mandante todo lo que haya...
- Artículo 2467. Lo dispuesto en el artículo anterior se observará, aún cuando lo que el...
- Artículo 2468. El mandatario debe pagar los intereses de las sumas que pertenezcan al...
- Artículo 2469. Si se confiere un mandato a diversas personas, respecto de un mismo negocio,...
- Artículo 2470. El mandatario puede encomendar a un tercero al desempeño del mandato, si...
- Artículo 2471. El mandatario general, si no se le ha prohibido y el especial si...
- Artículo 2472. Si se le designó la persona del substituto, no podrá nombrar a otro; si no...
- Artículo 2473. El substituto tiene, para con el mandante, los mismos derechos y...
- Artículo 2474. El mandante debe anticipar al mandatario, si éste lo pide, las cantidades...
- Artículo 2475. Debe también el mandante indemnizar al mandatario de todos los daños y...
- Artículo 2476. El mandatario podrá retener en prenda las cosas que son objeto del mandato,...
- Artículo 2477. Si muchas personas hubiesen nombrado a un solo mandatario para algún negocio...
- Artículo 2478. El mandante debe cumplir todas las obligaciones que el mandatario haya...
- Artículo 2479. El mandatario no tendrá acción para exigir el cumplimiento de las...
- Artículo 2480. Los actos que el mandatario practique a nombre del mandante, traspasando los...
- Artículo 2481. El tercero que hubiere contratado con el mandatario que se excedió en sus...
- Artículo 2482. No pueden ser procuradores en juicio: I.Los incapacitados; II.Los...
- Artículo 2483. El mandato judicial será otorgado en escritura pública o en escrito...
- Artículo 2484. El procurador no necesita poder o cláusula especial, sino en los casos...
- Artículo 2485. El procurador, aceptado el poder, esta obligado: I.A seguir el juicio...
- Artículo 2486. El procurador o abogado que acepte el mandato de una de las partes no puede...
- Artículo 2487. El procurador o abogado que revele a la parte contraria los secretos de su...
- Artículo 2488. El procurador que tuviere justo impedimento para desempeñar su encargo, no...
- Artículo 2489. La representación del procurador cesa, además de los casos expresados con...
- Artículo 2490. Será materia de responsabilidad civil de los abogados y de los procuradores,...
- Artículo 2491. El procurador que ha substituido un poder, puede revocar la substitución si...
- Artículo 2492. La parte puede ratificar, antes de la sentencia que cause ejecutoria, lo que...
- Artículo 2493. El mandato termina: I.Por la revocación; II.Por la renuncia del...
- Artículo 2494. El mandante puede revocar el mandato cuando y como le parezca; menos en...
- Artículo 2495. Cuando se ha dado un mandato para tratar con determinada persona, el...
- Artículo 2496. El mandante puede exigir la devolución del instrumento o escrito en que...
- Artículo 2497. La constitución de un nuevo mandatario para un mismo asunto, importa la...
- Artículo 2498. Aunque el mandato termine por la muerte del mandante, debe el mandatario...
- Artículo 2499. En el caso del artículo anterior, tiene derecho el mandatario para pedir al...
- Artículo 2500. Si el mandato termina por muerte del mandatario deben sus herederos dar...
- Artículo 2501. El mandatario que renuncie tiene obligación de seguir el negocio mientras el...
- Artículo 2502. Lo que el mandatario, sabiendo que ha cesado el mandato, hiciere con un...
- Artículo 2503. El que presta y el que recibe los servicios profesionales pueden fijar, de...
- Artículo 2504. Cuando no hubiere convenio, los honorarios se regularán atendiendo...
- Artículo 2505. Los que sin tener el título correspondiente ejerzan profesiones para cuyo...
- Artículo 2506. En la prestación de servicios profesionales pueden incluirse las expensas...
- Artículo 2507. El pago de los honorarios y de las expensas, cuando las haya, se hará en el...
- Artículo 2508. Si varias personas encomendaren un negocio, todas ellas serán solidariamente...
- Artículo 2509. Cuando varios profesores en la misma ciencia presten sus servicios en un...
- Artículo 2510. Los profesores tienen derecho de exigir sus honorarios, cualquiera que sea...
- Artículo 2511. Siempre que un profesor no pueda continuar prestando sus servicios, deberá...
- Artículo 2512. Siempre que una persona celebrare un contrato en virtud del cual deba...
- Artículo 2513. Siempre que un profesor se hubiere obligado a atender alguna clase de...
- Artículo 2514. En el caso a que se refiere el artículo anterior, la persona que reciba los...
- Artículo 2515. El que preste servicios profesionales sólo es responsable, hacia las...
- Artículo 2516. El contrato de obras a precio alzado, cuando el empresario dirige la obra y...
- Artículo 2517. Todo el riesgo de la obra correrá a cargo del empresario hasta el acto de la...
- Artículo 2518. Siempre que el empresario se encargue por ajuste cerrado de la obra en bien...
- Artículo 2519. Si no hay plano, diseño y presupuesto para la ejecución de la obra y surgen...
- Artículo 2520. El perito que firme el plano, diseño o presupuesto de una obra y la ejecute,...
- Artículo 2521. Cuando se haya invitado a varios peritos para hacer planos, diseños o...
- Artículo 2522. En el caso del artículo anterior, podrá el autor del plano, diseño o...
- Artículo 2523. El autor de un plano, diseño o presupuesto que no hubiere sido aceptado,...
- Artículo 2524. Cuando al encargarse una obra no se ha fijado precio, se tendrá por tal, si...
- Artículo 2525. El precio de la obra se pagará al entregarse ésta, salvo convenio en...
- Artículo 2526. El empresario que se encargue de ejecutar alguna obra por precio...
- Artículo 2527. Lo dispuesto en el artículo anterior se observará también cuando haya habido...
- Artículo 2528. Una vez pagado y recibido el precio, no hay lugar a reclamación sobre él, a...
- Artículo 2529. El que se obligue a hacer una obra por piezas o por medida, puede exigir que...
- Artículo 2530. El que se obligue a hacer una obra por ajuste cerrado, debe comenzar y...
- Artículo 2531. La parte pagada se presume aprobada y recibida por el dueño, pero no habrá...
- Artículo 2532. Lo dispuesto en los artículos que preceden, no se observará cuando las...
- Artículo 2533. El empresario que se encargue de ejecutar alguna obra, no puede hacerla...
- Artículo 2534. Recibida y aprobada la obra por el que la encargó, el empresario es...
- Artículo 2535. El dueño de una obra ajustada por un precio fijo puede desistir de la...
- Artículo 2536. Cuando la obra fue ajustada por peso o medida, sin designación del número de...
- Artículo 2537. Pagado el empresario de lo que le corresponda, según los dos artículos...
- Artículo 2538. Si el empresario muere antes de terminar la obra, podrá rescindirse el...
- Artículo 2539. La misma disposición tendrá lugar si el empresario no puede concluir la obra...
- Artículo 2540. Si muere el dueño de la obra, no se rescindirá el contrato y sus herederos...
- Artículo 2541. Los que trabajen por cuenta del empresario o le suministren material para la...
- Artículo 2542. El empresario es responsable del trabajo ejecutado por las personas que...
- Artículo 2543. Cuando se conviniere en que la obra deba hacerse a satisfacción del...
- Artículo 2544. El constructor de cualquiera obra mueble tiene derecho de retenerla mientras...
- Artículo 2545. Los empresarios constructores son responsables por la inobservancia de las...
- Artículo 2546. El contrato por el cual alguno se obliga a transportar, bajo su inmediata...
- Artículo 2547. Los porteadores responden del daño causado a las personas por defecto de los...
- Artículo 2548. Responden, igualmente, de la pérdida y de las averías de las cosas que...
- Artículo 2549. Responden también de las omisiones o equivocaciones que haya en la remisión...
- Artículo 2550. Responden, igualmente, de los daños causados por retardo en el viaje, ya sea...
- Artículo 2551. Los porteadores no son responsables de las cosas que no se entreguen a...
- Artículo 2552. En el caso del artículo anterior, la responsabilidad es exclusiva de la...
- Artículo 2553. La responsabilidad de todas las infracciones que durante el transporte se...
- Artículo 2554. El porteador no será responsable de las faltas de que trata el artículo que...
- Artículo 2555. Las personas transportadas no tienen derecho para exigir aceleración o...
- Artículo 2556. El porteador de efectos deberá extender al cargador una carta de porte, de...
- Artículo 2557. Las acciones que nacen del transporte, sean en pro o en contra de los...
- Artículo 2558. Si la cosa transportada fuere de naturaleza peligrosa, de mala calidad o no...
- Artículo 2559. El alquilador debe declarar los defectos de la cabalgadura o de cualquier...
- Artículo 2560. Si la cabalgadura muere o se enferma o si, en general, se inutiliza el medio...
- Artículo 2561. A falta de convenio expreso, se observará la costumbre del lugar, ya sobre...
- Artículo 2562. El crédito por fletes que se adeudaren al porteador, será pagado...
- Artículo 2563. El contrato de transporte es rescindible a voluntad del cargador, antes o...
- Artículo 2564. El contrato de transporte se rescindirá de hecho, antes de emprenderse el...
- Artículo 2565. En el caso previsto en el artículo anterior, cada uno de los interesados...
- Artículo 2566. El contrato de hospedaje tiene lugar cuando alguno presta a otro albergue,...
- Artículo 2567. Este contrato se celebrará tácitamente, si el que presta el hospedaje tiene...
- Artículo 2568. El hospedaje expreso se rige por las condiciones estipuladas y el tácito por...
- Artículo 2569. Los equipajes de los pasajeros responden perfectamente del importe del...
- Artículo 2570. Cuando varios individuos convinieren en reunirse, de manera que no sea...
- Artículo 2571. El contrato por el que se constituya una asociación debe constar por escrito
- Artículo 2572. La asociación puede admitir y excluir asociados
- Artículo 2573. Las asociaciones se regirán por sus estatutos, los que deberán ser inscritos...
- Artículo 2574. El poder supremo de las asociaciones reside en la asamblea general. El...
- Artículo 2575. La asamblea general se reunirá en la época fijada en los estatutos o cuando...
- Artículo 2576. La asamblea general resolverá: I.Sobre la admisión y exclusión de los...
- Artículo 2577. Las asambleas generales sólo se ocuparán de los asuntos contenidos en la...
- Artículo 2578. Cada asociado gozará de un voto en las asambleas generales
- Artículo 2579. El asociado no votará las decisiones en que se encuentren directamente...
- Artículo 2580. Los miembros de la asociación tendrán derecho de separarse de ella, previo...
- Artículo 2581. Los asociados sólo podrán ser excluidos de la sociedad por las causas que...
- Artículo 2582. Los asociados que voluntariamente se separen o que fueren excluidos,...
- Artículo 2583. Los socios tienen derecho de vigilar que las cuotas se dediquen al fin que...
- Artículo 2584. La calidad de socio es intransferible
- Artículo 2585. Las asociaciones, además de las causas previstas en los estatutos, se...
- Artículo 2586. En caso de disolución, los bienes de la asociación se aplicarán conforme a...
- Artículo 2587. Las asociaciones de asistencia social se regirán por las leyes especiales...
- Artículo 2588. Por el contrato de sociedad, los socios se obligan mutuamente a combinar sus...
- Artículo 2589. La aportación de los socios puede consistir en una cantidad de dinero u...
- Artículo 2590. El contrato de sociedad debe constar por escrito, pero se hará constar en...
- Artículo 2591. La falta de forma prescrita para el contrato de sociedad, sólo produce el...
- Artículo 2592. Si se formare una sociedad para un objeto ilícito, a solicitud de cualquiera...
- Artículo 2593. El contrato de sociedad debe contener: I.Los nombres y apellidos de los...
- Artículo 2594. El contrato de sociedad debe inscribirse en el Registro de Sociedades...
- Artículo 2595. Las sociedades de naturaleza civil, que tomen la forma de las sociedades...
- Artículo 2596. Será nula la sociedad en que se estipule que los provechos pertenezcan...
- Artículo 2597. No puede estipularse que a los socios capitalistas se les restituya su...
- Artículo 2598. El contrato de sociedad no puede modificarse sino por consentimiento unánime...
- Artículo 2599. Después de la razón social se agregarán estas palabras: "sociedad...
- Artículo 2600. La capacidad para que las sociedades adquieran bienes raíces, se regirá por...
- Artículo 2601. No quedan comprendidas en este Título las sociedades cooperativas, ni las...
- Artículo 2602. Cada socio estará obligado al saneamiento para el caso de evicción de las...
- Artículo 2603. A menos que se haya pactado en el contrato de sociedad, no puede obligarse a...
- Artículo 2604. Las obligaciones sociales estarán garantizadas subsidiariamente por la...
- Artículo 2605. Los socios no pueden ceder sus derechos sin el consentimiento previo y...
- Artículo 2606. Los socios gozarán del derecho del tanto. Si varios socios quieren hacer uso...
- Artículo 2607. Ningún socio puede ser excluido de la sociedad sino por el acuerdo unánime...
- Artículo 2608. El socio excluido es responsable de la parte de pérdidas que le corresponda...
- Artículo 2609. La administración de la sociedad puede conferirse a uno o más socios....
- Artículo 2610. El nombramiento de los socios administradores no priva a los demás socios...
- Artículo 2611. El nombramiento de los socios administradores, hecho en la escritura de...
- Artículo 2612. Los socios administradores ejercerán las facultades que fueren necesarias al...
- Artículo 2613. Las facultades que no se hayan concedido a los administradores serán...
- Artículo 2614. Siendo varios los socios encargados indistintamente de la administración,...
- Artículo 2615. Si se ha convenido en que un administrador nada pueda practicar sin concurso...
- Artículo 2616. Los compromisos contraídos por los socios administradores en nombre de la...
- Artículo 2617. Las obligaciones que se contraigan por la mayoría de los socios encargados...
- Artículo 2618. El socio o socios administradores están obligados a rendir cuentas siempre...
- Artículo 2619. Cuando la administración no se hubiere limitado a alguno de los socios,...
- Artículo 2620. La sociedad se disuelve: I.Por consentimiento unánime de los socios;...
- Artículo 2621. Pasado el plazo por el cual fue constituida la sociedad, si ésta continúa...
- Artículo 2622. En el caso de que, a la muerte de un socio, la sociedad hubiere de continuar...
- Artículo 2623. La renuncia se considera maliciosa, cuando el socio que la hace se propone...
- Artículo 2624. Se dice extemporánea la renuncia, si al hacerla las cosas no se hallan en su...
- Artículo 2625. La disolución de la sociedad no modifica los compromisos contraídos con...
- Artículo 2626. Disuelta la sociedad, se pondrá inmediatamente en liquidación, la cual se...
- Artículo 2627. La liquidación debe hacerse por todos los socios, salvo que convengan en...
- Artículo 2628. Si cubiertos los compromisos sociales y devueltos los aportes de los socios...
- Artículo 2629. Ni el capital social ni las utilidades pueden repartirse sino después de la...
- Artículo 2630. Si al liquidarse la sociedad no quedaren bienes suficientes para cubrir los...
- Artículo 2631. Si sólo se hubiere pactado lo que debe corresponder a los socios por...
- Artículo 2632. Si alguno de los socios contribuye sólo con su industria, sin que ésta se...
- Artículo 2633. Si el socio industrial hubiere contribuido también con cierto capital, se...
- Artículo 2634. Si al terminar la sociedad en que hubiere socios capitalistas e...
- Artículo 2635. Salvo pacto en contrario, los socios industriales no responderán de las...
- Artículo 2636. La existencia, capacidad para ser titular de derechos y obligaciones,...
- Artículo 2637. Concedida la autorización por la Secretaría de Relaciones Exteriores, se...
- Artículo 2638. La aparcería rural comprende la aparcería agrícola y la de ganados....
- Artículo 2639. El contrato de aparcería deberá otorgarse por escrito, formándose dos...
- Artículo 2640. Tiene lugar la aparcería agrícola, cuando una persona da a otra un predio...
- Artículo 2641. Si durante el plazo del contrato falleciere el dueño del predio en aparcería...
- Artículo 2642. El labrador que tuviere heredades en aparcería no podrá levantar las mieses...
- Artículo 2643. Si ni en el lugar, ni dentro de la municipalidad se encuentran el...
- Artículo 2644. Si el aparcero no cumple lo dispuesto en los dos artículos anteriores,...
- Artículo 2645. El propietario del terreno no podrá levantar la cosecha sino cuando el...
- Artículo 2646. El propietario del terreno no tiene derecho de retener de propia autoridad,...
- Artículo 2647. Si la cosecha se pierde por completo, el aparcero no tiene obligación de...
- Artículo 2648. Cuando el aparcero establezca su habitación en el campo que va a cultivar,...
- Artículo 2649. Al concluir el contrato de aparcería, el aparcero que hubiere cumplido...
- Artículo 2650. El propietario no tiene derecho de dejar sus tierras ociosas, sino el tiempo...
- Artículo 2651. Tiene lugar la aparcería de ganados cuando una persona da a otra cierto...
- Artículo 2652. Constituyen el objeto de esta aparcería las crías de los animales y sus...
- Artículo 2653. Las condiciones de este contrato se regularán por la voluntad de los...
- Artículo 2654. El aparcero de ganados está obligado a emplear en la guarda y tratamiento de...
- Artículo 2655. El propietario está obligado a garantizar a su aparcero la posesión y el uso...
- Artículo 2656. Será nulo el convenio de que todas las pérdidas que resultaren por caso...
- Artículo 2657. El aparcero de ganados no podrá disponer de ninguna cabeza ni de las crías,...
- Artículo 2658. El aparcero de ganado no podrá hacer el esquileo sin dar aviso al...
- Artículo 2659. La aparcería de ganados dura el tiempo convenido y a falta de convenio, el...
- Artículo 2660. El propietario cuyo ganado se enajena indebidamente por el aparcero, tiene...
- Artículo 2661. Si el propietario no exige su parte de los beneficios dentro de los sesenta...
- Artículo 2662. En el caso de venta de los animales antes de que termine el contrato de...
- Artículo 2663. La ley no concede acción para reclamar lo que se gana en juego prohibido....
- Artículo 2664. El que paga voluntariamente una deuda procedente de juego prohibido, él o...
- Artículo 2665. Lo dispuesto en los dos artículos anteriores se aplicará a las apuestas que...
- Artículo 2666. El que pierde en un juego o apuesta que no estén prohibidos, queda obligado...
- Artículo 2667. La deuda de juego o de apuesta prohibidos, no puede compensarse ni ser...
- Artículo 2668. El que hubiere firmado una obligación que en realidad tenía por causa una...
- Artículo 2669. Si a una obligación de juego o apuesta prohibidos se le hubiere dado forma...
- Artículo 2670. Cuando las personas se sirvieren del medio de la suerte, no como apuesta o...
- Artículo 2671. Las loterías o rifas, cuando se permitan, serán regidas por las leyes...
- Artículo 2672. El contrato celebrado entre los compradores de billetes y las loterías...
- Artículo 2673. La renta vitalicia es un contrato aleatorio por el cual el deudor se obliga...
- Artículo 2674. La renta vitalicia puede también constituirse a título puramente gratuito,...
- Artículo 2675. El contrato de renta vitalicia debe hacerse por escrito y en escritura...
- Artículo 2676. El contrato de renta vitalicia puede constituirse sobre la vida del que da...
- Artículo 2677. Aunque cuando la renta se constituya a favor de una persona que no ha puesto...
- Artículo 2678. El contrato de renta vitalicia es nulo si la persona sobre cuya vida se...
- Artículo 2679. También es nulo el contrato si la persona a cuyo favor se constituya la...
- Artículo 2680. Aquel a cuyo favor se ha constituido la renta mediante un precio, puede...
- Artículo 2681. La sola falta de pago de las pensiones no autoriza al pensionista para...
- Artículo 2682. El pensionista, en el caso del artículo anterior, sólo tiene derecho de...
- Artículo 2683. La renta correspondiente al año en que muere el que la disfruta, se pagará...
- Artículo 2684. Solamente el que constituye a título gratuito una renta sobre sus bienes,...
- Artículo 2685. Lo dispuesto en el artículo anterior no comprende las contribuciones.
- Artículo 2686. Si la renta se ha constituido para alimentos, no podrá ser embargada sino en...
- Artículo 2687. La renta vitalicia constituida sobre la vida del mismo pensionista, no se...
- Artículo 2688. Si la renta se constituye sobre la vida de un tercero, no cesará con la...
- Artículo 2689. El pensionista sólo puede demandar las pensiones, justificando su...
- Artículo 2690. Si el que paga la renta vitalicia ha causado la muerte del acreedor o la de...
- Artículo 2691. Se llama compra de esperanza al contrato que tiene por objeto adquirir, por...
- Artículo 2692. Los demás derechos y obligaciones de las partes, en la compra de esperanza...
- Artículo 2693. La fianza es un contrato por el cual, una persona se compromete con el...
- Artículo 2694. La fianza puede ser legal, judicial, convencional, gratuita o a título...
- Artículo 2695. La fianza puede constituirse no sólo en favor del deudor principal, sino en...
- Artículo 2696. La fianza no puede existir sin una obligación válida. Puede, no...
- Artículo 2697. Puede también prestarse fianza en garantía de deudas futuras, cuyo importe...
- Artículo 2698. El fiador puede obligarse a menos y no a más que el deudor principal. Si se...
- Artículo 2699. Puede también obligarse el fiador a pagar una cantidad en dinero, si el...
- Artículo 2700. La responsabilidad de los herederos del fiador se rige por lo dispuesto en...
- Artículo 2701. El obligado a dar fiador, debe presentar persona que tenga capacidad para...
- Artículo 2702. En las obligaciones a plazo o de prestación periódica, el acreedor podrá...
- Artículo 2703. Si el fiador viniere a estado de insolvencia, puede el acreedor pedir otro...
- Artículo 2704. El que debiendo dar o reemplazar al fiador, no lo presenta dentro del plazo...
- Artículo 2705. Si la fianza fuere para garantizar la administración de bienes, cesará ésta...
- Artículo 2706. Si la fianza importa garantía al acreedor de la cantidad que el deudor debe...
- Artículo 2707. Las cartas de recomendación en que se asegure la probidad y solvencia de...
- Artículo 2708. Si las cartas de recomendación fuesen dadas de mala fe, afirmando falsamente...
- Artículo 2709. No tendrá lugar la responsabilidad del artículo anterior, si el que dio la...
- Artículo 2710. Quedan sujetas a las disposiciones de este Título, las fianzas otorgadas por...
- Artículo 2711. El fiador tiene derecho de oponer todas las excepciones que sean inherentes...
- Artículo 2712. La renuncia voluntaria que hiciese el deudor de la prescripción de la deuda...
- Artículo 2713. El fiador no puede ser compelido a pagar al acreedor, sin que previamente...
- Artículo 2714. La excusión consiste en aplicar todo el valor libre de los bienes del deudor...
- Artículo 2715. La excusión no tendrá lugar: I.Cuando el fiador renunció expresamente a...
- Artículo 2716. Para que el beneficio de excusión aproveche al fiador, son indispensables...
- Artículo 2717. Si el deudor adquiere bienes después del requerimiento o si se descubren los...
- Artículo 2718. El acreedor puede obligar al fiador a que haga la excusión en los bienes del...
- Artículo 2719. Si el fiador, voluntariamente u obligado por el acreedor, hace por sí mismo...
- Artículo 2720. El acreedor que, cumplidos los requisitos del artículo 2716, hubiere sido...
- Artículo 2721. Cuando el fiador haya renunciado el beneficio de orden, pero no el de...
- Artículo 2722. Si hubiere renunciado a los beneficios de orden y excusión, el fiador, al...
- Artículo 2723. El que fía al fiador goza del beneficio de excusión, tanto contra el fiador...
- Artículo 2724. No fían a un fiador los testigos que declaren de ciencia cierta en favor de...
- Artículo 2725. La transacción entre el acreedor y el deudor principal aprovecha al fiador;...
- Artículo 2726. Si son varios los fiadores de un deudor por una sola deuda, responderá cada...
- Artículo 2727. El fiador que paga debe ser indemnizado por el deudor, aunque éste no haya...
- Artículo 2728. El fiador que paga por el deudor, debe ser indemnizado por éste: I.De...
- Artículo 2729. El fiador que paga, se subroga en todos los derechos que el acreedor tenía...
- Artículo 2730. Si el fiador hubiese transigido con el acreedor, no podrá exigir del deudor...
- Artículo 2731. Si el fiador hace el pago sin ponerlo en conocimiento del deudor, podrá éste...
- Artículo 2732. Si el deudor, ignorando el pago por falta de aviso del fiador, paga de...
- Artículo 2733. Si el fiador ha pagado en virtud de fallo judicial y por motivo fundado no...
- Artículo 2734. Si la deuda fuere a plazo o bajo condición y el fiador la pagare antes de...
- Artículo 2735. El fiador puede, aun antes de haber pagado, exigir que el deudor asegure el...
- Artículo 2736. Cuando son dos o más los fiadores de un mismo deudor y por una misma deuda,...
- Artículo 2737. En el caso del artículo anterior, podrán los cofiadores oponer al que pagó...
- Artículo 2738. El beneficio de división no tiene lugar entre los fiadores: I.Cuando se...
- Artículo 2739. El fiador que pide el beneficio de división, sólo responde por la parte del...
- Artículo 2740. El que fía al fiador, en el caso de insolvencia de éste, es responsable para...
- Artículo 2741. La obligación del fiador se extingue al mismo tiempo que la del deudor y por...
- Artículo 2742. Si la obligación del deudor y la del fiador se confunden, porque uno herede...
- Artículo 2743. La liberación hecha por el acreedor a uno de los fiadores, sin el...
- Artículo 2744. Los fiadores, aún cuando sean solidarios, quedan libres de su obligación, si...
- Artículo 2745. La prórroga o espera concedida al deudor por el acreedor, sin consentimiento...
- Artículo 2746. La quita reduce la fianza en la misma proporción que la deuda principal y la...
- Artículo 2747. El fiador que se ha obligado por tiempo determinado, queda libre de su...
- Artículo 2748. Si la fianza se ha otorgado por tiempo indeterminado, tiene derecho el...
- Artículo 2749. El fiador que haya de darse por disposición de la ley o de providencia...
- Artículo 2750. Para otorgar una fianza legal o judicial por más de quinientas veces el...
- Artículo 2751. La persona ante quién se otorgue la fianza, dentro del plazo de tres días,...
- Artículo 2752. En los certificados de gravamen que se expidan en el mencionado Registro...
- Artículo 2753. Si el fiador enajena o grava los bienes inmuebles cuyas inscripciones de...
- Artículo 2754. El fiador legal o judicial no puede pedir la excusión de los bienes del...
- Artículo 2755. La prenda es un derecho real constituido sobre un bien mueble enajenable,...
- Artículo 2756. También pueden darse en prenda los frutos pendientes de los bienes raíces,...
- Artículo 2757. Para que se tenga por constituida la prenda, deberá ser entregada al...
- Artículo 2758. Se entiende entregada jurídicamente la prenda al acreedor, cuando éste y el...
- Artículo 2759. El contrato de prenda debe constar por escrito. Si se otorga en documento...
- Artículo 2760. Cuando la cosa dada en prenda sea un título de crédito que legalmente deba...
- Artículo 2761. A voluntad de los interesados podrá suplirse la entrega del título al...
- Artículo 2762. Si llega el caso de que los títulos dados en prenda sean amortizados por...
- Artículo 2763. El acreedor a quién se haya dado en prenda un título de crédito, no tiene...
- Artículo 2764. Si el objeto dado en prenda fuese un crédito o acciones que no sean al...
- Artículo 2765. Siempre que la prenda fuere un crédito, el acreedor que tuviere en su poder...
- Artículo 2766. Se puede constituir prenda para garantizar una deuda, aun sin consentimiento...
- Artículo 2767. Nadie puede dar en prenda las cosas ajenas sin estar autorizado por su...
- Artículo 2768. Si se prueba debidamente que el dueño prestó su cosa a otro con el objeto de...
- Artículo 2769. Puede darse prenda para garantizar obligaciones futuras, pero en este caso...
- Artículo 2770. Si alguno hubiere prometido dar cierta cosa en prenda y no la hubiere...
- Artículo 2771. En el caso del artículo anterior, el acreedor no podrá pedir que se le...
- Artículo 2772. El acreedor adquiere por el empeño: I.El derecho de ser pagada su deuda...
- Artículo 2773. Si el acreedor es perturbado en la posesión de la prenda, debe avisarlo al...
- Artículo 2774. Si perdida la prenda, el deudor ofreciere otra o alguna caución, queda al...
- Artículo 2775. El acreedor está obligado: I.A conservar la cosa empeñada como si fuere...
- Artículo 2776. Si el acreedor abusa de la cosa empeñada, el deudor puede exigir que ésta se...
- Artículo 2777. El acreedor abusa de la cosa empeñada, cuando usa de ella sin estar...
- Artículo 2778. Si el deudor enajenare la cosa empeñada o concediere su uso o posesión, el...
- Artículo 2779. Los frutos de la cosa empeñada pertenecen al deudor, mas si por convenio los...
- Artículo 2780. Si el deudor no paga en el plazo estipulado y no haciéndolo, cuando tenga...
- Artículo 2781. La cosa se adjudicará al acreedor en las dos terceras partes de la postura...
- Artículo 2782. El deudor, sin embargo, puede convenir con el acreedor, en que éste se quede...
- Artículo 2783. Puede, por convenio expreso, venderse la prenda extrajudicialmente
- Artículo 2784. En cualquiera de los casos mencionados en los tres artículos anteriores,...
- Artículo 2785. Si el producto de la venta excede a la deuda, se entregará el exceso al...
- Artículo 2786. Es nula toda cláusula que autoriza al acreedor a apropiarse la prenda,...
- Artículo 2787. El derecho que da la prenda al acreedor, se extiende a todos los accesorios...
- Artículo 2788. El acreedor no responde por la evicción de la prenda vendida, a no ser que...
- Artículo 2789. El derecho y la obligación que resultan de la prenda son indivisibles, salvo...
- Artículo 2790. Extinguida la obligación principal, sea por el pago, sea por cualquiera otra...
- Artículo 2791. Respecto de los montes de piedad, que con autorización legal prestan dinero...
- Artículo 2792. La hipoteca es una garantía real constituida sobre bienes que no se entregan...
- Artículo 2793. Los bienes hipotecados quedan sujetos al gravamen impuesto, aunque pasen a...
- Artículo 2794. La hipoteca sólo puede recaer sobre bienes especialmente determinados....
- Artículo 2795. La hipoteca se extiende, aunque no se exprese: I.A las accesiones...
- Artículo 2796. Salvo pacto en contrario, la hipoteca no comprenderá: I.Los frutos...
- Artículo 2797. No se podrán hipotecar: I.Los frutos y rentas pendientes con separación...
- Artículo 2798. La hipoteca de una construcción levantada en terreno ajeno no comprende el...
- Artículo 2799. Puede hipotecarse la nuda propiedad, en cuyo caso si el usufructo se...
- Artículo 2800. Pueden también ser hipotecados los bienes que ya lo están anteriormente,...
- Artículo 2801. El predio común no puede ser hipotecado, sino con consentimiento de todos...
- Artículo 2802. La hipoteca constituida sobre derechos reales, sólo durará mientras éstos...
- Artículo 2803. La hipoteca puede ser constituida tanto por el deudor como por otro a su...
- Artículo 2804. El propietario cuyo derecho sea condicionado o de cualquier otra manera...
- Artículo 2805. Sólo puede hipotecar el que puede enajenar y solamente pueden ser...
- Artículo 2806. Si el inmueble hipotecado se hiciere, con o sin culpa del deudor,...
- Artículo 2807. En el caso del artículo anterior, se sujetará a juicio de peritos la...
- Artículo 2808. Si quedare comprobada la insuficiencia de la finca y el deudor no mejorare...
- Artículo 2809. Si la finca estuviere asegurada y se destruyere por incendio u otro caso...
- Artículo 2810. La hipoteca subsistirá íntegra aunque se reduzca la obligación garantizada y...
- Artículo 2811. Cuando se hipotequen varias fincas para la seguridad de un crédito, es...
- Artículo 2812. Cuando una finca hipotecada susceptible de ser fraccionada convenientemente...
- Artículo 2813. Sin consentimiento del acreedor, el propietario del predio hipotecado no...
- Artículo 2814. La hipoteca constituida a favor de un crédito que devengue intereses, no...
- Artículo 2815. El acreedor hipotecario puede adquirir la cosa hipotecada, en remate...
- Artículo 2816. Cuando el crédito hipotecario exceda de quinientas veces el salario mínimo...
- Artículo 2817. La acción hipotecaria prescribirá a los diez años, contados desde que pueda...
- Artículo 2818. La hipoteca nunca es tácita, ni general; para producir efectos contra...
- Artículo 2819. Son hipotecas voluntarias, las convenidas entre partes o impuestas por...
- Artículo 2820. La hipoteca constituida para la seguridad de una obligación futura o sujeta...
- Artículo 2821. Si la obligación asegurada estuviese sujeta a condición resolutoria...
- Artículo 2822. Cuando se contraiga la obligación futura o se cumplan las condiciones de que...
- Artículo 2823. Para hacer constar en el Registro de mérito, el cumplimiento de las...
- Artículo 2824. Todo hecho o convenio entre las partes que pudiere modificar o destruir la...
- Artículo 2825. El crédito puede cederse, en todo o en nada, siempre que la cesión se haga...
- Artículo 2826. La hipoteca generalmente durará por todo el tiempo que subsista la...
- Artículo 2827. Cuando se prorrogue el plazo de la obligación garantizada con la hipoteca,...
- Artículo 2828. Si antes de que expire el plazo se prorrogare por primera vez, durante la...
- Artículo 2829. La hipoteca prorrogada por segunda o más veces, sólo conservará la...
- Artículo 2830. Llámese necesaria a la hipoteca especial y expresa que por disposición de la...
- Artículo 2831. La constitución de la hipoteca necesaria podrá exigirse en cualquier tiempo,...
- Artículo 2832. Si para la constitución de alguna hipoteca necesaria se ofrecieren...
- Artículo 2833. La hipoteca necesaria durará el mismo tiempo que la obligación que con ella...
- Artículo 2834. Tienen derecho de pedir la hipoteca necesaria para seguridad de sus...
- Artículo 2835. Las constituciones de la hipoteca, en los casos a que se refieren las...
- Artículo 2836. La constitución de la hipoteca por los bienes de hijos de familia, con los...
- Artículo 2837. Los que tienen derecho de exigir la constitución de hipoteca necesaria,...
- Artículo 2838. Si el responsable de la hipoteca designara muebles, no gozará el acreedor...
- Artículo 2839. La hipoteca produce todos sus efectos jurídicos contra tercero, mientras no...
- Artículo 2840. Podrá pedirse y deberá ordenarse, en su caso, la extinción de la hipoteca:...
- Artículo 2841. La hipoteca extinguida por dación en pago revivirá, si el pago queda sin...
- Artículo 2842. En los casos del artículo anterior, si el registro hubiere sido ya...
- Artículo 2843. La transacción es un contrato por el cual las partes, haciéndose recíprocas...
- Artículo 2844. La transacción que previene controversias futuras, siempre debe constar por...
- Artículo 2845. Los ascendientes y los tutores no pueden transigir en nombre de las personas...
- Artículo 2846. Se puede transigir sobre la acción civil proveniente de un delito, pero no...
- Artículo 2847. No se puede transigir sobre el estado civil de las personas, ni sobre la...
- Artículo 2848. Es válida la transacción sobre los derechos pecuniarios que de la...
- Artículo 2849. Será nula la transacción que verse: I.Sobre delito, dolo y culpa...
- Artículo 2850. Podrá haber transacción sobre las cantidades que ya sean debidas por...
- Artículo 2851. El fiador sólo queda obligado por la transacción cuando consiente en ella.
- Artículo 2852. La transacción tiene, respecto de las partes, la misma eficacia y autoridad...
- Artículo 2853. Puede anularse la transacción cuando se hace en razón de un título nulo, a...
- Artículo 2854. Cuando las partes están instruidas de la nulidad del título o la disputa es...
- Artículo 2855. La transacción celebrada teniéndose en cuenta documentos que después han...
- Artículo 2856. El descubrimiento de nuevos títulos o documentos no es causa para anular o...
- Artículo 2857. Es nula la transacción sobre cualquier negocio que esté decidido...
- Artículo 2858. En las transacciones sólo hay lugar a la evicción cuando, en virtud de ella,...
- Artículo 2859. Cuando la cosa dada tiene vicios o gravámenes ignorados por el que la...
- Artículo 2860. Por la transacción no se transmiten, sino que se declaran o reconocen los...
- Artículo 2861. Las transacciones deben interpretarse estrictamente y sus cláusulas son...
- Artículo 2862. No podrá intentarse demanda contra el valor o subsistencia de una...
- Artículo 2863. El deudor responde del cumplimiento de sus obligaciones con todos sus...
- Artículo 2864. Procede el concurso de acreedores, siempre que el deudor suspenda el pago de...
- Artículo 2865. La declaración de concurso incapacita al deudor para seguir administrando...
- Artículo 2866. Los capitales debidos serán pagados en el orden establecido en este título y...
- Artículo 2867. El deudor puede celebrar con sus acreedores los convenios que estime...
- Artículo 2868. La proposición de convenios se discutirá y pondrá a votación, formando...
- Artículo 2869. Dentro de los ocho días siguientes a la celebración de la junta en que se...
- Artículo 2870. Las únicas causas en que podrá fundarse la oposición al convenio serán:...
- Artículo 2871. Aprobado el convenio por el juez, será obligatorio para el fallido y para...
- Artículo 2872. Los acreedores hipotecarios y los pignoraticios podrán abstenerse de tomar...
- Artículo 2873. Si el deudor cumpliere el convenio, quedarán extinguidas sus obligaciones en...
- Artículo 2874. No mediando pacto expreso en contrario entre el deudor y acreedores,...
- Artículo 2875. Los créditos se graduarán en el orden que se clasifican en los capítulos...
- Artículo 2876. Concurriendo diversos acreedores de la misma clase y prelación, serán...
- Artículo 2877. Los gastos judiciales hechos por un acreedor, en lo particular, serán...
- Artículo 2878. El crédito cuya preferencia provenga de convenio fraudulento entre el...
- Artículo 2879. Preferentemente se pagarán los adeudos fiscales provenientes de impuestos,...
- Artículo 2880. Los acreedores hipotecarios y los pignoraticios no necesitan entrar en...
- Artículo 2881. Si hubiere varios acreedores hipotecarios garantizados con los mismos...
- Artículo 2882. Cuando el valor de los bienes hipotecados o dados en prenda no alcanzare a...
- Artículo 2883. Para que el acreedor pignoraticio goce del derecho de no entrar en concurso...
- Artículo 2884. Del precio de los bienes hipotecados o dados en prenda, se pagarán, en el...
- Artículo 2885. Para que se paguen con la preferencia señalada los créditos comprendidos en...
- Artículo 2886. Si el concurso llega al periodo en que deba pronunciarse sentencia de...
- Artículo 2887. El concurso tiene derecho para redimir los gravámenes hipotecarios y...
- Artículo 2888. Los trabajadores no necesitan entrar al concurso para que se les paguen los...
- Artículo 2889. Si entre los bienes del deudor se hallaren comprendidos bienes muebles o...
- Artículo 2890. El derecho reconocido en el artículo anterior, no tendrá lugar: I.Si la...
- Artículo 2891. Los acreedores que obtuvieron la separación de bienes no podrán entrar al...
- Artículo 2892. Con el valor de los bienes que se mencionan, serán pagados preferentemente:...
- Artículo 2893. Pagados los acreedores mencionados en los dos capítulos anteriores, con el...
- Artículo 2894. Pagados los créditos antes mencionados, se pagarán: I.Los créditos de...
- Artículo 2895. Satisfechos los créditos de que se ha hablado anteriormente, se pagarán los...
- Artículo 2896. Pagados los créditos enumerados en los capítulos que preceden, se pagarán...
- Artículo 2897. Con los bienes restantes serán pagados todos los demás créditos que no estén...
- Artículo 2898. Para efectos del presente Capítulo, el Registro Público de la Propiedad y...
- Artículo 2899. El Registro Público funcionará conforme al sistema y métodos que determine...
- Artículo 2900. La institución será pública. Los encargados de ésta, tienen la obligación de...
- Artículo 2901. Se inscribirán en el Registro Público: I.Los títulos por los cuales se...
- Artículo 2902. Los documentos que conforme a esta ley deben registrarse y no se registren,...
- Artículo 2903. Se inscribirán preventivamente, en el Registro Público de la Propiedad y del...
- Artículo 2904. La inscripción preventiva perjudicará a cualquier adquirente de la finca o...
- Artículo 2905. Los actos ejecutables, los contratos otorgados y las resoluciones judiciales...
- Artículo 2906. La inscripción no convalida los actos o contratos que sean nulos con arreglo...
- Artículo 2907. El derecho registrado se presume que existe y que pertenece a su titular, en...
- Artículo 2908. No pueden los bienes raíces o los derechos reales impuestos sobre los...
- Artículo 2909. La inscripción de los títulos en el Registro Público, puede pedirse por todo...
- Artículo 2910. Sólo se registrarán: I.Los testimonios de escritura pública u otros...
- Artículo 2911. El interesado presentará el título que va a ser registrado y cuando se trate...
- Artículo 2912. Los registradores calificarán, bajo su responsabilidad, los documentos que...
- Artículo 2913. En caso de que el registrador devuelva un documento sin registrar, tiene la...
- Artículo 2914. Toda inscripción que se haga en el Registro Público, expresará las...
- Artículo 2915. El registrador que haga una inscripción sin cumplir con lo dispuesto en los...
- Artículo 2916. El registro producirá sus efectos desde el día y la hora en que el documento...
- Artículo 2917. Cuando vaya a otorgarse una escritura en la que se declare, reconozca,...
- Artículo 2918. Los encargados del Registro Público son responsables, además de las penas en...
- Artículo 2919. En los casos de las fracciones I y II del artículo que precede, los...
- Artículo 2920. Hecho el registro, serán devueltos los documentos al que los presentó, con...
- Artículo 2921. El reglamento especial establecerá los derechos y obligaciones de los...
- Artículo 2922. El que haya poseído bienes inmuebles por el tiempo y con las condiciones...
- Artículo 2923. El que tenga una posesión, apta para prescribir, de bienes inmuebles no...
- Artículo 2924. Las inscripciones de posesión expresarán las circunstancias exigidas para...
- Artículo 2925. Cualquiera que se crea con derecho a los bienes cuya inscripción se solicite...
- Artículo 2926. Transcurridos cinco años, sin que en el Registro Público aparezca algún...
- Artículo 2927. No podrán inscribirse mediante información posesoria, las servidumbres...
- Artículo 2928. Las inscripciones no se extinguen en cuanto a tercero, sino por su...
- Artículo 2929. Las inscripciones pueden cancelarse por consentimiento de las partes o por...
- Artículo 2930. La cancelación de las inscripciones podrá ser total o parcial.
- Artículo 2931. Podrá pedirse y deberá ordenarse, en su caso, la cancelación total:...
- Artículo 2932. Podrá pedirse y deberá decretarse, en su caso, la cancelación parcial:...
- Artículo 2933. Para que el registro pueda ser cancelado por consentimiento de las partes,...
- Artículo 2934. Si para cancelar el registro se pusiere alguna condición, se requiere,...
- Artículo 2935. Cuando se registre la propiedad o cualquier otro derecho real sobre...
- Artículo 2936. Cuando se registre una sentencia que declare haber cesado los efectos de...
- Artículo 2937. Los padres, como administradores de los bienes de sus hijos, los tutores de...
- Artículo 2938. La cancelación de las inscripciones de hipotecas constituidas en garantía de...
- Artículo 2939. Las inscripciones de hipotecas constituidas con el objeto de garantizar...
- Artículo 2940. Procederá también la cancelación total si se presentaren, por lo menos, las...
- Artículo 2941. Podrán cancelarse parcialmente las inscripciones hipotecarias de que trata,...
- Artículo 2942. Las cancelaciones se harán en la forma que fije el reglamento, pero deberán...
- Artículo 2943. Las inscripciones preventivas, cualquiera que sea su origen, caducarán a los...
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?
alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42
Tienes que requerir a la empresa por medio del juzgado, primero pide que expidan los recibos de nómina dentro del expediente para que así puedan requerir a la empresa para que te depositen en tiempo, saludos
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