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Código Civil Artículo 400 Estado de Quintana Roo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Civil Quintana Roo
Artículo 400.

La acción de nulidad sólo prescribe en los casos y por los plazos que específica y expresamente señale la ley al respecto



Estado de Quintana Roo Artículo 400 Código Civil
Artículo 1 ...398 399 400 401 402 ...3207

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quiero revocar un poder notarial irrevocable

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