Código Civil Artículo 1912 Estado de Sonora
Código Civil Sonora
Artículo 1912.
Enunciativamente, se reconocen como fuentes de obligaciones, los siguientes hechos voluntarios ilícitos: los delitos y cuasidelitos, los hechos dolosos y culposos, el abuso de los derechos, los actos simulados y los que se ejecuten en fraude de acreedores, el incumplimiento de las deudas, la culpa en la conservación o custodia de las cosas, la recepción dolosa de lo indebido, la posesión de mala fe, y la incorporación, especificación, mezcla, confusión, edificación, plantación y siembra ejecutadas de mala fe
Estado de Sonora Artículo 1912 Código Civil
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
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