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Código Civil Artículo 2177 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código Civil Tamaulipas
Artículo 2177.

Para que los beneficios de orden y excusión aprovechen al fiador, son indispensables los requisitos siguientes:

I.- Que el fiador los alegue luego que se le requiera de pago;

II.- Que designe bienes del deudor que basten para cubrir el crédito y que se hallen dentro del distrito judicial en que deba hacerse el pago; y

III.- Que anticipe o asegure competentemente los gastos de excusión



Estado de Tamaulipas Artículo 2177 Código Civil
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