Imprimir

Código Civil Artículo 712 Estado de Zacatecas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código Civil Zacatecas
Artículo 712.

El testador expresará de un modo claro y terminante su voluntad al Notario y a los testigos. El Notario redactará por

escrito las cláusulas del testamento, sujetándose estrictamente a la voluntad del testador, y las leerá en voz alta para que éste manifieste si está conforme. Si lo estuviere, firmarán todos el documento, asentándose el lugar, año, mes, día y hora en que hubiere sido otorgado.

La lectura por el Notario y firma del testamento por todos los intervinientes, deberán hacerse sin interrupción alguna, es decir, en un solo acto, en caso contrario el testamento será inexistente.



Estado de Zacatecas Artículo 712 Código Civil
Artículo 1 ...710 711 712 713 714 ...2537

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse