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Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 138 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Morelos
Artículo 138.

El Tribunal Electoral se integra con tres magistrados, que actuarán en forma colegiada y permanecerán en su encargo durante siete años.

Para ser Magistrado del Tribunal Electoral deberá reunir los requisitos establecidos en la normativa correspondiente.

El pleno del Tribunal Electoral designará al Magistrado Presidente. La presidencia será rotativa en términos de lo que se disponga en su reglamentación interna.



Estado de Morelos Artículo 138 Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
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