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Código de Procedimientos Civiles Artículo 1.300 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código de Procedimientos Civiles México
Artículo 1.300. Forma de realizar el cotejo de documentos

Cuando se pida el cotejo de un documento del que se niegue o se ponga en duda su autenticidad total o parcial, se designará el documento indubitado, con que deba hacerse, o

pedirá al Tribunal que cite al interesado para que, en su presencia, ponga la firma, letra o huella digital y demás signos que servirán para el cotejo.



Estado de México Artículo 1.300 Código de Procedimientos Civiles
Artículo 1.1 1.2 1.300 1.4 1.5 ...5.80

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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


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  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

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