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Código Familiar Artículo 66 Estado de Zacatecas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Familiar Zacatecas
Artículo 66.

Al escrito a que se refiere el artículo anterior se acompañarán:

I.El acta de nacimiento de los pretendientes;

II.…

III.La declaración de dos testigos mayores de edad, que conozcan a los pretendientes. Si no hubiere dos testigos que conozcan a ambos pretendientes, deberán presentarse dos por cada uno de ellos;

IV.Un certificado médico expedido por institución oficial, en el que haga constar que los pretendientes no padecen alguna enfermedad contagiosa, crónica o incurable;

V.El convenio que los pretendientes deberán celebrar con relación a los bienes presentes y a los que adquieran durante el matrimonio. Los términos en que se determinen los derechos y obligaciones objeto del convenio, podrán establecerse como resultado de un procedimiento de mediación familiar. En el convenio se expresará con toda claridad si el matrimonio se contrae bajo el régimen de sociedad conyugal, el de separación de bienes o el régimen mixto. Si los

pretendientes son menores de edad, deberán aprobar el convenio las personas cuyo consentimiento previo es necesario para la celebración del matrimonio. No puede dejar de presentarse este convenio aún so pretexto de que los pretendientes carecen de bienes, pues en tal caso versará sobre los que adquieran durante el matrimonio;

VI.Copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido, si alguno de los cónyuges es viudo; o de la parte resolutiva de la sentencia de divorcio o de nulidad de matrimonio, en el caso de que alguno de los pretendientes hubiere sido casado anteriormente; y

VII.Copia certificada de la dispensa de impedimentos si los hubo.

VIII.Constancia expedida por el Oficial del Registro Civil en la que acrediten haber participado en el curso prematrimonial, de acuerdo a lo establecido en el artículo 106 del presente Código.



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