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CNPP Artículo 133 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/07/2024

Código Nacional de Procedimientos Penales Federal
Artículo 133.

Competencia jurisdiccional
Para los efectos de este Código, la competencia jurisdiccional comprende a los siguientes órganos:

I.Juez de control, con competencia para ejercer las atribuciones que este Código le reconoce desde el inicio de la etapa de investigación hasta el dictado del auto de apertura a juicio;

II.Tribunal de enjuiciamiento, que preside la audiencia de juicio y dictará la sentencia, y

III.Tribunal de alzada, que conocerá de los medios de impugnación y demás asuntos que prevé este Código.

Federal de México Artículo 133 Código Nacional de Procedimientos Penales
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hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente


Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla


Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue


Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?


buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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