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CNPP Artículo 93 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código Nacional de Procedimientos Penales Federal
Artículo 93.

Comunicación de actuaciones del Ministerio Público
Cuando en el curso de una investigación el Ministerio Público deba comunicar alguna actuación a una persona, podrá hacerlo por cualquier medio que garantice la recepción del mensaje. Serán aplicables, en lo que corresponda, las disposiciones de este Código.

CAPÍTULO VI
PLAZOS

Federal de México Artículo 93 Código Nacional de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...91 92 93 94 95 ...490

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Los comentarios de los usuarios

Tengo una duda me estan citando pero no se el porq solo dice q por el art 21de la constitucion y en base a los art 90 91 y 93 del cnpp q de no presentarme me quitaran 21 dias de salario minimo ¿me podrían decir que significa ? Trabajo y no puedo presentarme .

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