Código Financiero Artículo 9 bis Estado de Veracruz
Código Financiero Veracruz
Artículo 9 bis.
Para la celebración de contratos o convenios con proveedores o contratistas, registrados en el padrón correspondiente, éstos deberán presentar constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales por contribuciones estatales y opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales, la primera expedida por la Dirección General de Recaudación de la Secretaría de Finanzas y Planeación, y la segunda emitida por el Página Servicio de Administración Tributaria respecto de impuestos federales; las que deberán tener como máximo 30 días de haber sido expedidas, sin las cuales no será posible la celebración del contrato o convenio.
Los Poderes, las Dependencias y las Entidades de la administración pública y los Organismos Autónomos, deberán incluir en todo contrato o convenio que celebren con proveedores o contratistas, como condición indispensable para cualquier pago, la obligación a cargo de dichos proveedores o contratistas de presentar los documentos mencionados en el párrafo anterior, ante el
Poder, la Dependencia, la Entidad o el Organismo Autónomo, con quien se esté contratando, en los términos ahí señalados.
Para el caso de las devoluciones tramitadas en términos de los artículos 45 y 46 del presente Código, será requisito indispensable presentar la documentación a que se refiere el primer párrafo de este artículo, conjuntamente con la solicitud de devolución, en los mismos términos de dicho párrafo.
Quedan exceptuados de lo establecido en los párrafos segundo y tercero de este artículo, los pagos menores a 65 salarios mínimos del área geográfica "A".
Estado de Veracruz Artículo 9 bis Código Financiero
Mejores juristas





Tengo un problema Q es un ultimátum extrajudicial
PREGUNTA:
Este Artíulo es APLICABLE cuando NO se le admite la REPUDIACIÓN a la Albacea de uno de los coherederos, y se le deja a salvo sus derechos para que lo haga valer en la vía que corresponda??
Buongiorno
E-mail: [email protected]
Offerte individuali in denaro da 2.000 € a 5.200.000 €, con un tasso
il tasso di interesse è rimborsabile del 3% in un periodo compreso tra
2 e 30 anni Condizioni ragionevoli se la mia offerta ti interessa contattami di più
rapidamente per discutere le modalità e
documenti E-mail : [email protected]
Buenas asesoria para tramites de articulos de la ley agraria para reconocimiento de avencidados
Asesorías y tramites de jucios de:
Intestados, testamentarios, divorcios, celebración de contratos, nulidad de contratos
Derecho corporativo, constitución de empresas, asambleas, poderes
Registro de marcas, derechos de autor
Juicios de amparo
Entre otros...
Email: [email protected]
WhatsApp: 3323893759
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios