Código Penal Artículo 424 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Penal Coahuila
Artículo 424. SANCIONES Y FIGURA TÍPICA DE FRAUDE
Comete fraude, el que engañando a alguien o aprovechándose del error en que éste se haya, se haga ilícitamente de alguna cosa o alcance un lucro indebido. Este delito se castigará con las penas siguientes:
I. FRAUDE DE CUANTÍA MENOR. Con prisión de uno a cinco años y multa, cuando el valor de lo defraudado no excede de quinientas veces el salario mínimo.
II. FRAUDE DE CUANTÍA MAYOR. Con prisión de dos a ocho años y multa, cuando el valor de lo defraudado es mayor de quinientas veces el salario mínimo.
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 424 Código Penal
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