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CPF Artículo 109 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/09/2023

Código Penal Federal Federal
Artículo 109.

Cuando para ejercitar o continuar la acción penal sea necesaria una resolución previa de autoridad jurisdiccional, la prescripción comenzará a correr desde que se dicte la sentencia irrevocable.

Federal de México Artículo 109 CP
Artículo 1o ...107 Bis 108 109 110 111 ...429

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