CPF Artículo 168 bis Federal de México
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/09/2023
Código Penal Federal Federal
Artículo 168 bis.
Se impondrán de seis meses a dos años de prisión y de trescientos a tres mil días multa, a quien sin derecho:I.Descifre o decodifique señales de telecomunicaciones distintas a las de satélite portadoras de programas;
II.Transmita la propiedad, uso o goce de aparatos, instrumentos o información que permitan descifrar o decodificar señales de telecomunicaciones distintas a las de satélite portadoras de programas, o
III.Reciba o distribuya una señal de satélite cifrada portadora de programas originalmente codificada, sin la autorización del distribuidor legal de la señal.
Federal de México Artículo 168 bis CP
Mejores juristas

Ciudad de Mexico
Сomentarios: 5
Duración total

Ciudad de México
Duración total

San francisco de Campeche, Campeche
Duración total

Duración total

CIUDAD DE MEXICO
Duración total
Los nuevos comentarios en el sitio web
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios