CPF Artículo 286 Federal de México
Código Penal Federal Federal
Artículo 286.
Al que en despoblado o en paraje solitario haga uso de violencia sobre una persona con el propósito de causar un mal, obtener un lucro o de exigir su asentimiento para cualquier fin y cualesquiera que sean los medios y el grado de violencia que se emplee, e independientemente de cualquier hecho delictuoso que resulte cometido, se le castigará con prisión de uno a cinco años.
La pena será de diez a treinta años de prisión para el que en vías generales de comunicación tales como caminos, carreteras, puentes o vías férreas, haga uso de la violencia en contra de los ocupantes de un vehículo de transporte público o privado.
Federal de México Artículo 286 CP
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Cuando paso mas de 3 años para cobrar honorarios en un contrato verval y no fi notificado solo me dieron de baja como puedo reclamar y en que artigulo en guanajuato.
Se puede ubicar un semefo enfrente de viviendas ?
Buenas tardes, mi pregunta esta basada en el articulo 52 de la ley, si realizo un convenio modificatorio por el 20% del importe total, y establezco una vigencia de 59 dias, (enero-febrero), es posible considera el pago por el mes de marzo durante la vigencia establecida en el convenio?:
la ley federal de trabajo de 1993 sobre el articulo 423 articulo x, dice lo mismo que en el actual, alquien me podria apoyar?
Cuando a un procedimiento administrativo recae en inactividad procesal y que significa
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