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Código Procesal Civil Artículo 275 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Procesal Civil Morelos
Artículo 275. Casos de resistencia del que se va a demandar a medios preparatorios

El que sin justa causa se oponga a la celebración de una diligencia preparatoria con independencia de ser apremiado por los medios legales, satisfará todos los daños y perjuicios que se hayan seguido, quedando, además, sujeto a la responsabilidad criminal en que hubiere incurrido. Si alegare alguna causa para oponerse, se le oirá en una audiencia, que se celebrará dentro de los tres días siguientes y la resolución del tribunal no será recurrible



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