Imprimir

Código Procesal Civil Artículo 650 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Procesal Civil Morelos
Artículo 650. Traslado de la demanda y pruebas en el interdicto

En su caso, cumplido lo dispuesto en el Artículo anterior, se correrá traslado de la demanda por el plazo de cinco días.

Acto continuo, el juzgador citará a las partes para que comparezcan en una audiencia, que se celebrará antes de cinco días y en la que oirá a los litigantes, recibirá sus pruebas y dictará en la misma audiencia su resolución.

Si de autos aparecen probados los hechos de la posesión por una parte y de la perturbación o despojo por la otra, el Juez declarará procedente el interdicto y mandará amparar o restituir la posesión, si es que el demandante, por alguna razón, no la recibió antes.



Estado de Morelos Artículo 650 Código Procesal Civil
Artículo 1 ...648 649 650 651 652 ...1053

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse