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Código Urbano Artículo 83 Estado de Querétaro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Urbano Querétaro
Artículo 83.

Los instrumentos de financiamiento y fiscales abarcan principalmente:

I. Impuesto predial y de transmisión de la propiedad de acuerdo a lo establecido en la legislación en la materia;

II. Impuestos o contribuciones sobre el aumento de valor de los inmuebles;

III. Derechos, contribuciones u otras figuras tributarias relacionadas con la ejecución de obras por cooperación;

IV. Fideicomisos para la administración de aprovechamientos inmobiliarios en centros de población, áreas conurbadas y zonas metropolitanas para llenar vacíos urbanos o ampliar las áreas urbanizadas, integrando las aportaciones de propietarios, gobiernos, inversionistas y ofreciendo alternativas de desarrollos de largo plazo;

V. Pago de servicios ambientales consistentes en la contraprestación económica por la conservación, creación o mantenimiento de servicios ambientales de beneficio público; y

VI. Mecanismos financieros regulados por la legislación en la materia. 



Estado de Querétaro Artículo 83 Código Urbano
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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