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CPEUM Artículo 31 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Federal
Artículo 31.

Son obligaciones de los mexicanos:

I.Ser responsables de que sus hijas, hijos o pupilos menores de dieciocho años concurran a las escuelas, para recibir la educación obligatoria y, en su caso, reciban la militar, en los términos que establezca la ley, así como participar en su proceso educativo, al revisar su progreso y desempeño, velando siempre por su bienestar y desarrollo;

II. Asistir en los días y horas designados por el Ayuntamiento del lugar en que residan, para recibir instrucción cívica y militar que los mantenga aptos en el ejercicio de los derechos de ciudadano, diestros en el manejo de las armas, y conocedores de la disciplina militar.

III. Alistarse y servir en los cuerpos de reserva, conforme a la ley, para asegurar y defender la independencia, el territorio, el honor, los derechos e intereses de la Patria, y

IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudadde México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

Federal de México Artículo 31 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
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