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Constitución Artículo 29 Estado de Aguascalientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/07/2024

Constitución Aguascalientes
Artículo 29.

La Diputación Permanente, tendrá las siguientes facultades:

I.- Admitir las iniciativas de Ley o de Decreto que se le presenten para que el Congreso les dé curso en el período ordinario de sesiones correspondiente.

II.- Despachar los asuntos de mero trámite.

III.- Convocar al Congreso a sesiones extraordinarias, cuando lo juzgue necesario o el Poder Ejecutivo lo solicite.

IV.- Cambiar temporalmente la residencia de los Poderes del Estado, en casos de suma urgencia, mediante la aprobación del Ejecutivo. 

V.- Recibir durante el receso del Congreso del Estado las iniciativas de Ley o proposiciones y turnarlas para dictamen a las comisiones del Congreso que por razón de su competencia les corresponda, a fin de que se despachen en el inmediato periodo de sesiones.

VI.- Ejercer las mismas funciones que el Congreso en los casos de las Fracciones XIV, XVI, XVII, XVIII y XXX párrafo segundo, del Artículo 27 de esta Constitución; y

VII.- Las demás que le confiere esta Constitución. 



Estado de Aguascalientes Artículo 29 Constitución
Artículo 1 ...27‑C 28 29 30 31 ...95

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hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente


Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla


Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue


Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?


buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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