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Constitución Artículo 109 Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30/09/2024

Constitución Chihuahua
Artículo 109.

El Consejo funcionará en Pleno o en comisiones, sin embargo las determinaciones de las comisiones deberán ser aprobadas por el Pleno para ser vinculatorias. El Pleno resolverá sobre los demás asuntos que determine la ley.

El Consejo ejercerá sus atribuciones a través de las comisiones, órganos y unidades administrativas creados en la Ley, los reglamentos y las diversas disposiciones aplicables, así como en los acuerdos generales expedidos por el Pleno, los que tendrán las atribuciones que en esos ordenamientos se les señalen, contando cuando menos con las siguientes comisiones:

I. De Administración.

II. De Vigilancia.

III. De Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos.

IV. De Disciplina.

V.Las demás que determine la ley, los acuerdos del Pleno y las disposiciones administrativas.

Con excepción de la o el Presidente, cada uno de las y los Consejeros presidirá una comisión permanente.



Estado de Chihuahua Artículo 109 Constitución
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alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42


Tienes que requerir a la empresa por medio del juzgado, primero pide que expidan los recibos de nómina dentro del expediente para que así puedan requerir a la empresa para que te depositen en tiempo, saludos


Tengo pension compesacion pero el abogado de la empresa donde trabaja el ex,pareja.. los cheques de lo antes mencionados me los entregraban depues de la quincena practicamente una semana despues .. que puedo hacer


Que articulo del Código Penal se refiere a la Supresión, Alteración o Suposición del Estado Civil


hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente


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