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Constitución Artículo 112 Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/07/2024

Constitución Chihuahua
Artículo 112.

Serán atribuciones de las y los Consejeros, cuando menos las siguientes:

I. Integrar el Pleno y al menos una de las comisiones permanentes del Consejo, así como las comisiones transitorias y los comités, conforme lo determine el Pleno.

II. Velar por el orden y la disciplina dentro y fuera de sus comisiones.

III. Despachar la correspondencia de sus oficinas.

IV. Cumplir con aquellas comisiones que le encomiende el Pleno.

 

V. Dar cuenta al Pleno de los asuntos trascendentes.

VI. Convocar a sesión extraordinaria del Pleno cuando la trascendencia del caso lo amerite y lo soliciten cuando menos tres Consejeras o Consejeros.

VII. Presidir cualquiera de las comisiones permanentes del Consejo, y participar, en términos de las disposiciones aplicables, en la designación de la o el Presidente de cada una de las comisiones y comités que integren.

VIII. Nombrar y remover al personal adscrito a su comisión, con excepción de los nombramientos realizados expresamente por el Pleno.

IX. Las demás que establezcan la ley, el Pleno mediante acuerdos generales y otras disposiciones administrativas



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hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente


Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla


Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue


Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?


buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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