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Constitución Artículo 162 Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/09/2023

Constitución Chihuahua
Artículo 162.

El Congreso expedirá las disposiciones hacendarías que establezcan las contribuciones necesarias para los gastos públicos, y podrá variarlas o modificarlas en vista del presupuesto de egresos



Estado de Chihuahua Artículo 162 Constitución
Artículo 1 ...160 161 162 163 164 ...203

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