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Constitución Artículo 143 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/07/2024

Constitución Coahuila
Artículo 143.

El Consejo de la Judicatura es un órgano del Poder Judicial del Estado, que tendrá como funciones la administración, vigilancia y disciplina de los órganos jurisdiccionales. La administración de las dependencias del Pleno, la Presidencia y las Salas, estará a cargo del Presidente del Tribunal Superior de Justicia.

El Consejo de la Judicatura estará integrado por seis Consejeros, uno de los cuales será el Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, quien lo presidirá con voz y voto de calidad; uno designado por el Ejecutivo del Estado; uno designado por el Congreso del Estado; un Magistrado del Tribunal Superior de Justicia, un Magistrado de Tribunal Distrital y un Juez de Primera Instancia, que serán los de mayor antigüedad en el ejercicio de los respectivos cargos. El Presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, formará parte siempre del Consejo con voz, pero sólo tendrá voto cuando se trate de asuntos relativos al Tribunal que preside.

Los consejeros deberán reunir los requisitos para ser magistrados y durarán tres años en su cargo, salvo su Presidente. Por cada uno de los consejeros, habrá un suplente.

Las ausencias temporales del Presidente, serán suplidas por el Consejero Magistrado del Tribunal Superior.

Los consejeros ejercerán su función con independencia e imparcialidad y durante su encargo, sólo podrán ser removidos en los términos del Título Séptimo de esta Constitución.

El Consejo designará a cinco abogados de reconocido prestigio en el Estado para que integren un Comité Consultivo que funcionará según lo disponga la ley.

El Consejo funcionará en Pleno o en comisiones. El Pleno resolverá sobre la designación, adscripción, readscripción y remoción de magistrados de Tribunales Unitarios y jueces, así como de los demás asuntos que la ley determine y estará facultado para expedir los reglamentos y acuerdos generales con el fin de regular el adecuado funcionamiento del Poder Judicial, de conformidad con lo que establezca la ley. Las comisiones tendrán la duración, objeto y funciones que acuerde el Pleno del Consejo.

Las decisiones del Consejo se tomarán por mayoría de votos y serán definitivas e inatacables. 



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hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente


Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla


Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue


Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?


buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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