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Constitución Artículo 31 Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 29/10/2024

Constitución Hidalgo
Artículo 31.

Para ser Diputado se requiere:

I. Ser hidalguense;

II. Tener 21 años de edad como mínimo;

III. Tener una residencia efectiva no menor de tres años en el estado; y

IV. (DEROGADA, P.O. 14 DE NOVIEMBRE DE 1995)



Estado de Hidalgo Artículo 31 Constitución
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pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42


Tienes que requerir a la empresa por medio del juzgado, primero pide que expidan los recibos de nómina dentro del expediente para que así puedan requerir a la empresa para que te depositen en tiempo, saludos


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