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Constitución Artículo 92 Estado de Nayarit


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/03/2023

Constitución Nayarit
Artículo 92.

El Ministerio Público es el representante legítimo de los intereses sociales y es una institución autónoma, dotado de personalidad jurídica y de patrimonio propio, que se rige en el ejercicio de sus funciones por los principios de buena fe, certeza, legalidad, objetividad, imparcialidad, eficacia, honradez, profesionalismo y respeto a los derechos humanos.



Estado de Nayarit Artículo 92 Constitución
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hola, a 4 meses de terminar el contrato de renta de casa habitación, deseo finiquitarlo antes de su plazo, por motivos de seguridad, (entraron a asaltar ), la penalizacion en el contrato por terminacion anticipada es de dos mensualidades, existe algun argumento para negociar a que sea menos?


Buenastardes. tengo 67 años ya estoy pensionado (2 años), tengo la oportunidad de trabajar bajo el régìmen de asimilados a salarios, hay riesgo de perder mi pensión?


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