Constitución Artículo 35 Estado de Oaxaca
Constitución Oaxaca
Artículo 35.
El Gobernador del Estado no puede ser electo diputado durante el periodo de su ejercicio. Las Magistradas y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, la Secretaria o Secretario General de Gobierno, las y los Secretarios de la Administración Pública Estatal, Subsecretaría o Subsecretarios de Gobierno, El o La Fiscal General, las Presidentas o los Presidentes Municipales, Militares en servicio activo y cualquier otra y otro servidor público de la Federación, del Estado o de los Municipios con facultades ejecutivas, sólo pueden ser electas o electos para ocupar algún cargo de elección popular, si se separan de sus cargos con noventa días de anticipación a la fecha de su elección.
Para los efectos de esta última disposición se consideran también como militares en servicio activo, los jefes y oficiales de las fuerzas de seguridad pública del Estado, cualesquiera que sea su denominación.
Las Magistradas y Magistrados y la Secretaria o Secretario General del Tribunal Estatal Electoral; la Auditora o Auditor y las Sub Auditoras y Sub Auditores de la Auditoría Superior del Estado; los titulares del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de Oaxaca; la Presidenta o Presidente, las Consejeras y los Consejeros, la Visitadora o el Visitador General y la Secretaria Ejecutiva o Secretario Ejecutivo de la Comisión para la Defensa de los Derechos Humanos del Estado de Oaxaca, así como las Magistradas y Magistrados del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y de Cuentas, la Fiscal o el Fiscal General del Estado de Oaxaca así como los Fiscales Especiales, no podrán ser electas o electos para ningún cargo de elección popular, sino hasta después de transcurridos dos años de haberse separado de su cargo.
Estado de Oaxaca Artículo 35 Constitución
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Muy importante e interesante
AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
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