Imprimir

Constitución Artículo 135 Estado de San Luis Potosí


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 29/10/2024

Constitución San Luis Potosí
Artículo 135.

Los recursos económicos de que dispongan los poderes del Estado, sus entidades descentralizadas, los organismos constitucionales autónomos, y los ayuntamientos, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

La Auditoría Superior del Estado, y las contralorías de los poderes, Legislativo, Ejecutivo, y Judicial, así como de los ayuntamientos, y de los organismos constitucionales autónomos, en el ámbito de sus competencias, vigilarán el estricto cumplimiento de esta disposición, y evaluarán el ejercicio de los recursos económicos, con el fin de propiciar que éstos se incluyan en los respectivos presupuestos.

Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de toda clase de bienes; la prestación de servicios de cualquier naturaleza; y la contratación de obra, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria abierta para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado, organismos constitucionales autónomos, y ayuntamientos, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

Cuando las licitaciones a que hace referencia el párrafo anterior no sean idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases, procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado, organismos constitucionales autónomos, y ayuntamientos.

Los servidores públicos serán responsables del cumplimiento de estas bases en los términos del Título Décimo Segundo de esta Constitución.

Los servidores públicos del Estado, organismos constitucionales autónomos, y sus ayuntamientos, tienen, en todo tiempo, la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.

La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los organismos constitucionales autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública, y cualquier otro ente de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso dicha propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.

Las leyes, en sus respectivos ámbitos de aplicación, garantizarán el estricto cumplimiento de lo previsto en los dos párrafos anteriores, incluyendo el régimen de sanciones a que haya lugar.



Estado de San Luis Potosí Artículo 135 Constitución
Artículo 1 ...133 134 135 136 137 ...139

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


Risolvere debiti e prestiti tra privati

*Pagamento fatture

* Consolidamento debiti

*Acquisto di immobili e mutui

* Acquisti di auto

* Prestito a breve e lungo termine

* Prestito del corso

* Prestito studentesco

Sei soddisfatto al 100% senza preoccupazioni

Con un tasso del 3% avrai un prestito che va da 5.000€ a 7.000.000€ e anche un investimento privato

Qual è l'importo del prestito?

Se sei veramente interessato, ti aiuteremo

Contattaci tramite email: [email protected]


asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse