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Constitución Artículo 31 bis Estado de San Luis Potosí


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/09/2023

Constitución San Luis Potosí
Artículo 31 bis.

El órgano interno de control del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, contará con autonomía técnica y de gestión, para decidir sobre su funcionamiento; tiene encomendada la fiscalización de los ingresos y egresos del Consejo; así como las funciones de control y vigilancia de los servidores públicos del mismo, excepción hecha de los consejeros ciudadanos.

El titular del órgano interno de control será electo, previa convocatoria pública, por el Congreso del Estado, con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, y sólo podrá ser removido por las causas y en la forma que establezca la Ley Electoral del Estado.



Estado de San Luis Potosí Artículo 31 bis Constitución
Artículo 1 ...30 31 31 bis 32 33 ...139

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hola buenos dias una pregunta me gustaria saber si todavia puedo reclamar derechos de concubinato ya paso el año y pues los licenciados que me asesoraron jamas me dijiron que tenia un plazo para la reclamacion de concubinato jamas me isieron el documento y pues acabo de ver el articulo 291 quintus donde dice que se podria reclamr la sucesion de derechos en ese año se podria aser o ya no tiene validez jamas me dejo trabajar por ultimo me tuve que poner a vender dulces porque el nunca me dejo trabajar y pues lo tuve que aser porque ya no me daba dinero y es que me dejo porque tuve que ver como llevar dinero


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