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Constitución Artículo 75 Estado de Zacatecas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/07/2024

Constitución Zacatecas
Artículo 75.

Para ser Gobernador del Estado se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos;

II. Ser nativo del Estado o tener ciudadanía zacatecana por declaración expresa de la Legislatura;

III. Tener residencia efectiva en el Estado por lo menos de cinco años inmediatamente anteriores al día de la elección.

IV. La residencia no se interrumpirá en el caso del desempeño de un cargo de elección popular o de naturaleza federal;

V. Tener treinta años cumplidos el día de la elección;

VI. No ser servidor público cuando menos noventa días antes de la elección;

VII. No estar en servicio activo en el Ejército Nacional, a menos que se separe del mismo seis meses antes de la elección;

VIII. No haber sido condenado en juicio por delito infamante; y

IX. No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto religioso, a menos que se separe formal, material y definitivamente de su ministerio en la forma y con la anticipación que establece la Ley Reglamentaria del Artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.



Estado de Zacatecas Artículo 75 Constitución
Artículo 1 ...73 74 75 76 77 ...167

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hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente


Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla


Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue


Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?


buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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