Imprimir

Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos Artículo 32 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos Federal
Artículo 32.

La Agencia contará con un Consejo Técnico, el cual apoyará el desarrollo de sus actividades y servirá como instancia de coordinación entre las dependencias, órganos y entidades de la Administración Pública Federal con atribuciones relacionadas con las materias de esta Ley.

El Consejo Técnico estará integrado por los titulares de las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, quien lo presidirá; de Gobernación; de Marina; de Hacienda y Crédito Público; de Energía; de Comunicaciones y Transportes; del Trabajo y Previsión Social; de Salud; de la Comisión Nacional de Hidrocarburos; de la Comisión Reguladora de Energía; de la Comisión Nacional del Agua; de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas y a el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático. Los miembros titulares podrán nombrar un suplente con nivel mínimo de Director General o su equivalente.

El Consejo Técnico podrá invitar a sus sesiones a representantes de las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los cuales podrán intervenir con voz, pero sin voto.

El Director Ejecutivo de la Agencia fungirá como Secretario Técnico del Consejo Técnico. Las actas de las sesiones deberán ser aprobadas y firmadas por quienes asistieron a las mismas.

La periodicidad de las sesiones del Consejo Técnico y las formalidades para su convocatoria y desarrollo, se regirán por lo dispuesto en el Reglamento Interior de la Agencia.

Federal de México Artículo 32 Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos
Artículo 1o ...30 31 32 33 34 35

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse